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Decreto No. 428-13 | 28 de diciembre de 2011 | Poder Ejecutivo

Acuerdo Ministerial No. 428-13 — Aprobación de incorporación de manuales técnicos de procesos de inscripción y renovación de registros de productos plaguicidas, fertilizantes y veterinarios en SENASA

Considerandos

  1. 1.Que corresponde al Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería la planificación, normalización y coordinación de todas las actividades a nivel nacional, regional, departamental y local relativas a la sanidad vegetal, salud animal, sus mecanismos de información e inocuidad de alimentos, para tal efecto creó el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria (SENASA).
  2. 2.Que la Secretaría General, es el órgano de comunicación y entre sus atribuciones, está la de asistir al Secretario de Estado y a sus Subsecretarios, recibir las solicitudes y peticiones que se presenten ante la Secretaría, resolver lo que le delegue el Secretario de Estado a efecto de descongestionar los asuntos trabajo.
  3. 3.Que mediante Acuerdo Ministerial Nº 2233-1 de fecha 28 de diciembre del 2011, se aprobó, con el fin de descongestionar los volúmenes de trabajo de SENASA, y en particular mejorar la eficiencia de los procesos de registro de plaguicidas, fertilizantes y casas comerciales, delegar las facultades de emitir providencias en los subdirectores técnicos, en las solicitudes previamente admitidas por la Secretaría General, y requerir al peticionario para que complete la documentación necesaria para la emisión de los informes o dictamen correspondiente, en los referidos procesos de registro, asimismo en el referido acuerdo se estableció la secuencia interna de los procedimientos de registro
  4. 4.Que las medidas referidas en el considerando anterior fueron adoptadas como parte de los procesos de mejora y simplificación administrativa, iniciados por SENASA con el objetivo de lograr una gestión eficiente en los procesos de registro de plaguicidas.
  5. 5.Que complementariamente en el marco de acuerdo de cooperación suscrito entre SENASA y la Cooperación Financiera Internacional, SENASA ha venido controlando y coordinando continuamente esta entidad una serie de acciones destinadas a eliminar las barreras administrativas y optimizar el proceso de registro de insumos agropecuarios, como parte de dichas acciones, se han elaborado manuales técnicos en los que se establecen las actividades y tareas necesarias para llevar a cabo los procedimientos de inscripción de registro de productos plaguicidas, fertilizantes y veterinarios.
  6. 6.Que resulta necesario incorporar formalmente los manuales técnicos referidos en el considerando anterior, dentro de la estructura interna de SENASA, con el propósito de garantizar que los mismos sirvan de guía y tengan un carácter vinculante para una eficiente gestión de los procesos de registro en el futuro.

Articulos

Articulo 1

Aprobar la incorporación de los manuales técnicos "procesos de inscripción o renovación de registro relativos a productos plaguicidas, procesos de inscripción o renovación de registros relativos a productos de fertilizantes y "procesos de inscripción o renovación de registros relativos a productos veterinarios, como parte de los procedimientos internos de SENASA, a partir de la fecha, los que serán vinculantes para la tramitación de los procedimientos técnicos.

Articulo 2

La implementación de los referidos manuales en los procesos de inscripción de los registros mencionados se realizarán en un plazo máximo de 30 días contados desde la fecha de su emisión del presente acuerdo.

Articulo 3

El presente acuerdo es de aplicación inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta.

Articulo 5

Hacer las transcripciones de Ley. COMUNÍQUESE: JACOBO JOSÉ REGALADO WEIZÉMBLUT SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SALVADOR POLANCO ROSA SUBSECRETARIO

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