VigenteCategoria: Ambiental
Decreto No. 007-2018 | 16 de julio de 2018 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 33,403

Acuerdo Ejecutivo No. 007-2018 — Reforma del Reglamento de la Ley de Fortalecimiento de la Camaricultuta

Considerandos

  1. 1.Que el Soberano Congreso Nacional de la República, en fecha diecinueve (17) de diciembre del dos mil once (2013) aprobó la Ley de Fortalecimiento de la Camaricultuta, contenida en el Decreto Legislativo número 313-2013, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" número 33,403 de fecha once (11) de abril del dos mil catorce (2014).
  2. 2.Que el Presidente de la República en aras de las facultades que la Constitución de la República se otorga, en fecha veintitrés (22) de agosto del dos mil catorce (2014) aprobó el Reglamento de la Ley de Fortalecimiento de la Camaricultuta contenida en el Gaceta" número 33,328 de fecha diez (10) de septiembre del dos mil catorce (2014).
  3. 3.Que todas las situaciones frente a los particulares deben caracterizarse por los principios de economía, celeridad, eficiencia y espíritu de servicio, procurando un clima propio y competitivo para la inversión.
  4. 4.Que para alcanzar plenamente los objetivos de la Ley de Fortalecimiento de la Camaricultuta, es necesario adecuar la Normativa Reglamentaria de los Artículos 55 numerales 4, 5, 9 y del Artículo 79 literal b), numeral 1) del Reglamento de la misma Ley, eliminando requisitos innecesarios que obstaculizan el proceso de Concesionamiento y Licenciamiento Ambiental.

Articulos

Articulo 1

Reformar el Acuerdo No. 768-14 contenitivo del Reglamento de la Ley de Fortalecimiento de la Camaricultuta, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" de fecha once (10) de septiembre del dos mil catorce (2014), Edición Número 33,328, eliminando los numerales 4), 5) y 9) del Artículo 55 y numeral 1) literal b) del Artículo 79, los que de ahora en adelante se deben de leer así: Sección A Acuerdos Leyes La Gaceta "ARTÍCULO 55. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA CONCESIÓN, REQUISITOS.- El Proponente presenta ante la Secretaría General Solicitad dirigida al señor Secretario de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, acompañando los siguientes documentos:

  • 1)

    Escritura de Constitución...;

  • 2)

    Escritura de Poder...;

  • 3)

    Poder Conferido...;

  • 4)

    Eliminado del Reglamento;

  • 5)

    Eliminado del Reglamento;

  • 6)

    Cuando la Concesión...;

    • a)

      Resumen Ejecutivo...;

    • b)

      Presupuesto de ingresos...;

    • c)

      Planos georeferenciados...;

    • d)

      Planos de diseño...;

  • 7)

    Las solicitudes...;

    • a)

      Resumen Ejecutivo...;

    • b)

      Estado de resultados...;

    • c)

      Planos georeferenciados...;

    • d)

      Descripción del proceso...;

  • 8)

    Constancia de viabilidad...;

  • 9)

    Eliminado del Reglamento

  • 10)

    Licenciamiento...

  • 11)

    En caso de..."; "ARTÍCULO. 79. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL TRÁMITE DE LICENCIA AMBIENTAL.- El trámite de la Licencia Ambiental es el siguiente: 1) El proponente...;

    • a)

      Escritura de Constitución...;

    • b)

      Eliminado del Reglamento

    • c)

      Escritura de Poder...;

    • d)

      Poder del profesional...;

    • e)

      Si el bien...;

    • f)

      Presentar el Estudio...;

    • g)

      Reporte de prensa...;

    • h)

      Constancia de viabilidad...;

    • i)

      Las fotocopias...";

Articulo 2

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los siete días del mes de junio del dos mil dieciocho. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO, POR LEY EN EL DESPACHO DE COORDINADOR GENERAL DE GOBIERNO CARLOS PINEDA PASQUELE SECRETARIO DE ESTADO, POR LEY EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE (Acuerdo de Delegación No. 1038-2018 de fecha 07 de mayo del 2018) MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA IMPRENTA Y ENCUADERNACIÓN PARA MEJOR SERVICIO A LOS USUARIOS AROG. CESAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Teléfono Central 2230-0119 Telefax Central 2230-0119 Administración 2230-0100 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL 2 A. Derechos Reservados ENAG

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