Acuerdo Ministerial No. SEN-037-2024 — Delegación a Gabriela Joselina Sosa Gonzales como Directora General de Cooperación Externa
Considerandos
- 1.Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones y deberes comunes señaladas en la Constitución de la República y en Ley General de la Administración Pública para orientar, coordinar, supervisar y autorizar las actividades de sus respectivos despachos, emitiendo para tal efecto los acuerdos y resoluciones que correspondan al ámbito de su competencia.
- 2.Que el órgano superior podrá delegar el ejercicio de funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior; debiendo el acto de delegación, indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado; expresándose esta circunstancia en los actos dictados por delegación.
- 3.Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones y deberes comunes señaladas en la Constitución de la República y en Ley General de la Administración Pública para orientar, coordinar, supervisar y autorizar las actividades de sus respectivos despachos, emitiendo para tal efecto los acuerdos y resoluciones que correspondan al ámbito de su competencia.
- 4.Que el órgano superior podrá delegar el ejercicio de funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior, debiendo el acto de delegación, indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado; expresándose esta circunstancia en los actos dictados por delegación.
- 5.Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones y deberes comunes señaladas en la Constitución de la República y en Ley General de la Administración Pública para orientar, coordinar, supervisar y autorizar las actividades de sus respectivos despachos, emitiendo para tal efecto los acuerdos y resoluciones que correspondan al ámbito de su competencia.
- 6.Que el órgano superior podrá delegar el ejercicio de funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior; debiendo el acto de delegación, indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado; expresándose esta circunstancia en los actos dictados por delegación.
Articulos
Articulo 1
Delegar a la Ingeniera XIOMARA PINTO AVILA, ANALISTA DE ENERGÍA RENOVABLE de la DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA RENOVABLE Y EFICIENCIA ENERGÉTICA (DGEREE), en el período comprendido del veintidós (22) al veintiséis (26) de enero de dos mil veinticuatro (2024), la facultad de autorizar con su firma la emisión de dictámenes técnicos de la Dirección General de Energía Renovable y Eficiencia Energética (DGEREE); período en el cual la titular de dicha dirección estará ausente por motivo de delegación oficial.
Articulo 2
La Ingeniera XIOMARA PINTO AVILA es responsable de la función delegada y en los actos ejecutados por delegación, expresará esta circunstancia y presentará un informe detallado de los actos ejecutados al finalizar el período de esta delegación.
Articulo 3
Comunicar el presente Acuerdo a la Subgerencia de Recursos Humanos para los efectos correspondientes.
Articulo 4
El presente Acuerdo es efectivo del veintidós (22) al veintiséis (26) de enero de dos mil veinticuatro (2024). COMUNÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., el ocho (8) de enero de dos mil veinticuatro (2024). ING. TOMÁS ANTONIO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ SUBSECRETARIO DE ENERGÍA RENOVABLE Y ELECTRICIDAD Acuerdo de Delegación SEN-115-2022 ERICKA LORENA MOLINA AGUILAR SECRETARÍA GENERAL --- REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 25 DE JUNIO DEL 2024 Secretaría de Estado en el Despacho de Energía ACUERDO No. SEN-17-2024 SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA.- EL SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA RENOVABLE Y ELECTRICIDAD, en el ejercicio de sus facultades de que fue investido por el señor Secretario de Estado en el Despacho de Energía mediante Acuerdo de Delegación No. SEN-115-2022 del 12 de agosto de 2022 y en aplicación a los Artículos 246, 247, 248 de la Constitución de la República; 35, 36 No. 8 y 116, de la Ley General de la Administración Pública; 3, 4, 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones y deberes comunes señaladas en la Constitución de la República y en Ley General de la Administración Pública para orientar, coordinar, supervisar y autorizar las actividades de sus respectivos despachos, emitiendo para tal efecto los acuerdos y resoluciones que correspondan al ámbito de su competencia. CONSIDERANDO: Que el órgano superior podrá delegar el ejercicio de funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior, debiendo el acto de delegación, indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado; expresándose esta circunstancia en los actos dictados por delegación. POR TANTO: ACUERDA: