Acuerdo Ministerial No. SEN-57-2024 — Delegación de funciones de Dirección Nacional de Planeamiento Energético a Economista Lesvi Mariela Montoya Álvarez
Considerandos
- 1.Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones y deberes comunes señalados en la Constitución de la República y en Ley General de la Administración Pública para orientar, coordinar, supervisar y analizar las actividades de sus respectivos despachos, emitiendo para el efecto los acuerdos y resoluciones que correspondan al ámbito de su competencia.
- 2.Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones y deberes comunes señalados en la Constitución de la República y en Ley General de la Administración Pública para orientar, coordinar, supervisar y analizar las actividades de sus respectivos despachos, emitiendo para el efecto los acuerdos y resoluciones que correspondan al ámbito de su competencia.
- 3.Que el órgano superior podrá delegar el ejercicio de funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.
Articulos
Articulo 1
Delegar en la Economista I de la Dirección Nacional de Planeamiento Energético y Política Energética Sectorial de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía, LESVI MARIELA MONTOYA ÁLVAREZ, a partir e inclusive del veintimueve (29) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) al catorce (14) de junio de dos mil veinticuatro (2024), las funciones y competencias que corresponden al titular de la Dirección Nacional de Planeamiento Energético y Política Energética Sectorial, en la firma de documentos oficiales, dictámenes, correspondencia, comunicados, circulares, memorandos, oficios así como la emisión y firma de opiniones técnicas en asuntos relacionados con las responsabilidades oficiales, de dicha Dirección.
Articulo 2
La vigencia de la presente delegación se realiza sin perjuicio del efecto y alcance del ACUERDO No. SEN-23-2023 de fecha quince (15) de marzo de dos mil veintitrés (2023), contentivo de delegación a favor del Doctor JORGE ALFREDO CÁRCAMO ARDÓN, como titular de la Dirección de que se hace referencia y quien por viaje oficial estará ausente.
Articulo 3
La delegada es responsable de la delegación que se le otorga y presentará a su superior inmediato al finalizar el período de esta, un informe detallado de los actos ejecutados. COMUNÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los veintiún (21) días del mes de mayo de dos mil veinticuatro (2024). ING. TOMÁS ANTONIO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ SUBSECRETARIO DE ENERGÍA RENOVABLE Y ELECTRICIDAD Acuerdo de Delegación SEN-115-2022 ERICKA LORENA MOLINA AGUILAR SECRETARÍA GENERAL Sección A Secretaría de Estado en el Despacho de Energía ACUERDO No. SEN-72-2024 SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA EL SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA RENOVABLE Y ELECTRICIDAD, en el ejercicio de sus facultades otorgadas por el señor Secretario de Estado en el Despacho de Energía en Acuerdo de Delegación No. SEN-115-2022 del 12 de agosto del 2022 y en aplicación a los Artículos 246, 247, 248 de la Constitución de la República; 35, 36 No. 8 y 116, de la Ley General de la Administración Pública; 3, 4, 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones y deberes comunes señalados en la Constitución de la República y en Ley General de la Administración Pública para orientar, coordinar, supervisar y analizar las actividades de sus respectivos despachos, emitiendo para el efecto los acuerdos y resoluciones que correspondan al ámbito de su competencia. CONSIDERANDO: Que el órgano superior podrá delegar el ejercicio de funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior. POR TANTO: ACUERDA: