VigenteCategoria: Administrativo
22 de octubre de 2010

Resolución — Modificaciones al Reglamento Administrativo de Viáticos del Tribunal Superior de Cuentas

Texto completo

La infrasuscrita, Secretaría General del Tribunal Superior de Cuentas, CERTIFICA: Las modificaciones efectuadas al Reglamento Administrativo de Viáticos de Este Ente Contralor, mismas que a continuación se detallan:

  • 1)

    Mediante Sesión de Pleno Administrativo No. 13/2010 celebrado en fecha 22 de octubre de 2010, se modifica la Tabla No. 2: VIATICOS POR DÍA PARA MISIONES FUERA DEL PAÍS (Valor en dólares) la que deberá leerse así:

    CATEGORIA FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS ZONA I ZONA II ZONA III I MAGISTRADOS 1,000.00 700.00 600.00

    Asimismo se modifica el Numeral 5. Zonas Geográficas dentro del País, de la siguiente manera:

    ZONA I: ...

    ZONA II: Comprende las ciudades de: Tegucigalpa, Comayagua, Siguatepeque, Santa Bárbara, San Pedro Sula, Puerto Cortés, La Lima, Juticalpa, Catacamas, El Progreso, Olanchito, Tela, La Ceiba, Trujillo, Tocoa, Santa Rosa de Copán, Choluteca, San Lorenzo, Danlí y las demás cabeceras departamentales.

    ZONA III: ...

    De igual manera se determinó: Incluir en la Categoría II de Funcionarios de esta Institución, al personal que se desempeña como Consultores Internacionales y en la Categoría III a quienes desempeñen los cargos de Consultor Nacional.

  • 2)

    Mediante Sesión de Pleno Administrativo No. 01/2014 celebrado en fecha 16 de enero de 2014, se modifican las Escalas en la TABLA DE CATEGORÍAS Y ESCALAS JERÁRQUICAS, la que deberá leerse así:

    Categorías Escalas I Magistrados II De la 13 a la 19 y Asistentes de Magistrados III De la 9 a la 12 IV De la 6 a la 8 V De la 3 a la 5 VI De la 1 a la 2

    Y a efecto de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, firmo y sello la presente certificación, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los trece días del mes de Noviembre del año dos mil quince.

    ABOG. ALVA BENICIA RIVERA RODRIGUEZ

    SECRETARIA GENERAL

    26 A. 2016.

    B. 6

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