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22 de septiembre de 2015Vigente Descargar PDF original

Resolución No. 1821-2014 — Conceder Personalidad Jurídica y aprobar Estatutos de la Fundación Escuela de Líderes

Poder Ejecutivo

  • Decreto: 1821-2014
  • Publicación: 22 de septiembre de 2015
  • Órgano emisor: Poder Ejecutivo
  • Categoria: Administrativo

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Esta resolución concede personalidad jurídica a la Fundación Escuela de Líderes, una organización civil sin fines de lucro dedicada al desarrollo humanitario. La fundación, constituida en Tegucigalpa en octubre de 2014, ahora puede actuar legalmente como entidad independiente para ejecutar sus proyectos y actividades, siempre respetando las leyes hondureñas vigentes.

Considerandos

Que la ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO, DE PRIMER GRADO denominada FUNDACIÓN ESCUELA DE LÍDERES, se constituyó mediante instrumento público número cincuenta y cinco (55), en la ciudad de Tegucigalpa, en fecha veintidós de octubre (22) del dos mil catorce (2014), ante los oficios del Notario Público RAMÓN INEZ CERRITOS OLIVERA, acreditándose ante éste el patrimonio inicial, asimismo, en el citado instrumento se incorporan los estatutos, el nombramiento de la Junta Directiva y la delegación al Presidente de la Fundación, para solicitar la Personalidad Jurídica ante esta Secretaría de Estado, de conformidad a Ley.

Que la ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO, DE PRIMER GRADO, denominada FUNDACIÓN ESCUELA DE LÍDERES, se crea como asociación civil, independiente de los gobiernos locales, de carácter privado y de interés público, apolítica, sin fines de lucro cuyos objetivos contribuyen, desarrollo humanitario e integral de la población; asimismo sus disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado.

Que los objetivos de la organización No Gubernamental de Desarrollo (ONGD), se encuentran regulados por las competencias de los diferentes entes Estatales, por lo que sus proyectos y demás, actividades estarán sujetas a las normas legales que éstas determinen.

Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No.002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos CERTIFICACIÓN 11, 16, 119 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 003- A-2014, de fecha veinticuatro de enero del dos mil catorce, el Presidente de la República, nombró al abogado y notario RIGOBERTO CHANG CASTILLO, como Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización.