Acuerdo Ministerial No. A-902-15 — Aprobación de importaciones de maíz blanco y amarillo para empresas de la industria de harinas
Considerandos
- 1.Que es prioridad del Gobierno de la República, fomentar la eficiencia de la producción en el campo y propiciar la justa distribución de la riqueza, así como promover el desarrollo económico, social y la competitividad sostenible de todos los sectores productivos del país.
- 2.Que en fecha 3 de septiembre del 2014, se suscribió el Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra y Venta de Granos Básicos entre la Industria de Harinas de Maíz Blanco y Alimentos para Consumo Humano (DEMAHSA, IMSA, INDECASA, CORPORACIÓN DINANT), Federación Nacional de Agricultores y Ganaderos de Honduras (FENAGH), Asociación Nacional de Productores de Granos Básicos de Honduras (PROGRANO), Consejo Nacional Campesino (CNC), el Consejo Coordinador de Organizaciones Campesinas de Honduras (COCOCH), Asociación Hondureña de Agricultores (ASOHAGRI), Unión de Organizaciones de Productores Agropecuarios Oriente Limitada (UNOPROL), por el Gobierno de la República las Secretarías de Agricultura y Ganadería (SAG) y Desarrollo Económico (SDE), Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola (IHMA) y Banco Nacional de Desarrollo Agricola (BANADESA), elevado Acuerdo Ejecutivo No. A-793-14.
- 3.Que la empresa MATURAVE, amplio sus actividades al procesamiento de harinas y presentó solicitud para suscribir el Convenio de Compraventa de Maíz Blanco ante la Comisión de Supervisión del alusivo Convenio, siendo aprobada la solicitud en fecha 03 de marzo de 2015, tal como consta en el Acta No. 002-2015; por consiguiente esta empresa debe cumplir a partir de esta fecha con las obligaciones y gozar de los beneficios establecidos en el Convenio.
- 4.Que en reunión sostenida el día 19 de junio del 2015, con la Comisión de Supervisión del Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra y Venta de Maíz Blanco, se aprobó el Informe de Compras de Maíz Blanco y Amarillo, cosecha nacional, correspondiente al Segundo Período de Compras que comprende desde el 01 de enero al 30 de junio de 2015, presentado por la Empresa AGROBOLSA (Ente Contralor), cuyas compras fueron realizadas por las empresas de la Industria de Harinas de Maíz Blanco y Alimentos para Consumo Humano. PORTANTO: En aplicación de los artículos 255 de la Constitución de la República; 36 Numeral 8), 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, 80 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo; Decreto No. 129 del 05 de febrero de 1971; Decreto 222-92 del 09 de enero de 1992, Protocolo de Adhesión de Honduras al Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano y sus reformas y Acuerdo Ejecutivo No. A-793-14. ACUERDA: PRIMERO: En el marco del Convenio de Compra, Venta de Maíz Blanco, Acuerdo No. A-793-14 y en base al Informe de Compras de Maíz, Cosecha Nacional 2014-2015, realizadas durante el Segundo Período Compras comprendido desde el 01 de enero al 30 de junio de 2015, por las empresas de la Industria de Harinas de Maíz y Alimento para Consumo Humano, presentado por la Empresa AGROBOLSA (Ente Contralor) y aprobado Importaciones del Seguro Corte/Compras del 01 enero al 30 de junio de 2015/Cosecha Nacional 2014-2015 No. Empresa Producto Comprado Cosecha Nacional QQ Derecho a Importación QQ Relación 1 x 1 Importaciones Autorizadas Según Corte / TM 1 IMSA 25,937.60 25,937.60 1,176.51 2 INDECASA 70,147.37 70,147.37 3,181.83 3 DINANT 42,979.77 42,979.77 1,949.53 4 MATURAVE 20,277.20 20,277.20 919.76 TOTAL 159,341.94 159,341.94 7,227.63 por la Comisión de Supervisión del referido Convenio se solicita a la Secretaría de Desarrollo Económico por medio de la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial, proceda a la emisión de los Certificados para la importación de Maíz Blanco o Amarillo, clasificados en las partidas arancelarias SAC 1005.90.30 y SAC 1005.90.20, con un DAI del cero por ciento (0%), con vencimiento hasta el 01 de septiembre de 2015, tal como lo establece el Numeral 11, Literal e) del alusivo Convenio, a las siguientes empresas: SEGUNDO: Las Empresas Corporación DINANT e IMSA que fabrican diversos productos (Snack y Alimento para la Merienda Escolar), podrán adquirir maíz blanco (1005.90.30) o maíz amarillo (1005.90.20) para consumo humano, de conformidad a lo establecido en el Segundo Párrafo del Numeral 10 del Convenio de Compra-Venta de Maíz Blanco (Acuerdo No. A-793-14). CUARTO: La empresa nominada en el Ordinal Primero, podrá realizar la importación del volumen asignado de maíz blanco o amarillo de manera total o parcial, para lo cual deberá presentar la Solicitud de Certificado de Importación correspondiente ante la Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico. QUINTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial "LA GACETA". COMUNÍQUESE: JACOBO PAZ BODDEN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA PAOLA G. SIERRA COELLO SECRETARIA GENERAL
Articulos
Articulo 1
En el marco del Convenio de Compra, Venta de Maíz Blanco, Acuerdo No. A-793-14 y en base al Informe de Compras de Maíz, Cosecha Nacional 2014-2015, realizadas durante el Segundo Período Compras comprendido desde el 01 de enero al 30 de junio de 2015, por las empresas de la Industria de Harinas de Maíz y Alimento para Consumo Humano, presentado por la Empresa AGROBOLSA (Ente Contralor) y aprobado Importaciones del Seguro Corte/Compras del 01 enero al 30 de junio de 2015/Cosecha Nacional 2014-2015 No. Empresa Producto Comprado Cosecha Nacional QQ Derecho a Importación QQ Relación 1 x 1 Importaciones Autorizadas Según Corte / TM 1 IMSA 25,937.60 25,937.60 1,176.51 2 INDECASA 70,147.37 70,147.37 3,181.83 3 DINANT 42,979.77 42,979.77 1,949.53 4 MATURAVE 20,277.20 20,277.20 919.76 TOTAL 159,341.94 159,341.94 7,227.63 por la Comisión de Supervisión del referido Convenio se solicita a la Secretaría de Desarrollo Económico por medio de la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial, proceda a la emisión de los Certificados para la importación de Maíz Blanco o Amarillo, clasificados en las partidas arancelarias SAC 1005.90.30 y SAC 1005.90.20, con un DAI del cero por ciento (0%), con vencimiento hasta el 01 de septiembre de 2015, tal como lo establece el Numeral 11, Literal e) del alusivo Convenio, a las siguientes empresas:
Articulo 2
Las Empresas Corporación DINANT e IMSA que fabrican diversos productos (Snack y Alimento para la Merienda Escolar), podrán adquirir maíz blanco (1005.90.30) o maíz amarillo (1005.90.20) para consumo humano, de conformidad a lo establecido en el Segundo Párrafo del Numeral 10 del Convenio de Compra-Venta de Maíz Blanco (Acuerdo No. A-793-14).
Articulo 4
La empresa nominada en el Ordinal Primero, podrá realizar la importación del volumen asignado de maíz blanco o amarillo de manera total o parcial, para lo cual deberá presentar la Solicitud de Certificado de Importación correspondiente ante la Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico.
Articulo 5
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial "LA GACETA". COMUNÍQUESE: JACOBO PAZ BODDEN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA PAOLA G. SIERRA COELLO SECRETARIA GENERAL