Acuerdo Ministerial No. 023-2023 — Delegación temporal de la Dirección General de Sectores Productivos
Poder Ejecutivo
- Decreto: 023-2023
- Publicación: 13 de marzo de 2023
- Órgano emisor: Poder Ejecutivo
- Gaceta: 36,178
- Categoria: Administrativo
Considerandos
Que el Artículo 321 de la Constitución de la República manda: “Los Servidores de Estado no tienen más facultades que las que expresamente les confiere la Ley. Todo acto que ejecuten fuera de la Ley es nulo e implica responsabilidad”.
Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley; asimismo les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del mismo. CONSIDERANDO: El superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forma parte el superior y el inferior.
Que con el objeto de agilizar la Administración Pública, los Secretarios de Estado podrán delegar en sus Subsecretarios de Estado el ejercicio de la potestad de decidir en determinadas materias o en casos concretos mediante la firma de ciertos actos administrativos. CONSIDERANDO: El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado podrá contener instrucciones obligatorias para éste en materia procedimental.
Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 329-1992 de fecha 01 de septiembre de 1992, se nombró a la ciudadana MARÍA EMELINDA LARA, quien se desempeña en el puesto de Directora de la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado.