VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 25/11/2021 | 30 de noviembre de 2021

Acuerdo No. 25/11/2021 — Aprobación de la Política de Igualdad y Equidad de Género e Incorporación de Unidad de Igualdad y Equidad de Género del INHGEOMIN

Considerandos

  1. 1.Que mediante Decreto No. 286-2009, el Gobierno de la República de Hondura, estableció y priorizó sus intervenciones a través del Plan de Nación y Visión de País, el logro de la reducción de pobreza y de la equidad y la igualdad de oportunidades para la ciudadanía.
  2. 2.Que mediante Decreto No. PCM-028- 2010, el Gobierno de la República de Honduras, instruyó a todas las dependencias de la Administración Pública a coordinar esfuerzos y asignar recursos técnicos y financieros para la concesión exitosa del II Plan de Igualdad y Equidad de Género de Honduras 2010- 2022.
  3. 3.Que mediante Decreto No. 238-2012 de fecha veintitrés de enero del año dos mil trece y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el dos de abril del año dos mil trece, se creó la Ley General de Minería, la cual entrará en vigencia veinte días después de su publicación, es decir a partir del veintitrés de abril del año dos mil trece y mediante Acuerdo Ejecutivo No. 042-2013 de fecha dos de agosto del año dos mil trece, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, el cuatro de septiembre del año dos mil trece, se aprueba el Reglamento de la Ley General de Minería.
  4. 4.Que el artículo 106 de la Ley General de Minería establece que el personal técnico y administrativo del INHGEOMIN es regulado en igualdad de trato y oportunidades mediante el Reglamento del Régimen de la Carrera Minera.
  5. 5.Que el artículo 6 del Reglamento de la Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer (Acuerdo Ejecutivo 058-2008), instruye que todas las instituciones del estado incluyendo los entes desconcentrados; deben incorporar programas, productos y actividades/obra con asignaciones presupuestarias, bajo la lógica de la cadena de valor público que fomenten la igualdad de oportunidades, asimismo en su artículo 8 se establece que cada institución debe crear dentro de su estructura organizativa un área que velará por el cumplimiento de la normativa en materia de igualdad de oportunidades.
  6. 6.Que en el año 2021 el INHGEOMIN incorporó en su cadena de valor el Programa Institucional No. 13 “Desarrollo Económico Local de Aprovechamiento Sostenible del Recurso Minero con Participación de Mujeres y Jóvenes”, orientado a potenciar el liderazgo de mujeres que realizan actividades mineras artesanales, para el mejoramiento de sus condiciones de vida a nivel individual y colectivo.
  7. 7.Que el INHGEOMIN reconoce que es esencial procurar una armonización entre el enfoque de género y los derechos de mujeres y hombres, superando cualquier situación de discriminación orientado a la creación de condiciones administrativas para incorporar de manera transversal el enfoque de género, tanto al interior de la Institución, como también con los demás actores vinculados al quehacer institucional y del sector minero.
  8. 8.Que mediante ACUERDO No. 208- 2018, el Secretario Privado y Jefe del Gabinete Presidencial con Rango de Secretario de Estado, nombró al ciudadano AGAPITO ALEXANDER RODRIGUEZ ESCOBAR en el cargo de Director Ejecutivo del Instituto Hondureño de Geología y Minas, efectivo a partir del trece de septiembre del año dos mil dieciocho.
  9. 9.Que se emitirán por Acuerdo las decisiones de carácter particular que se tomaren fuera de los procedimientos en que los participantes intervengan como parte interesada y los actos de carácter general que se dictaren en el ejercicio de la potestad reglamentaria. La motivación en estos actos estará precedida por la designación de la autoridad que los emite y seguida por la fórmula “ACUERDA”,
  10. 10.Que los Acuerdos, Resoluciones y Providencias serán firmadas por el titular del órgano que los emite y autorizadas por el funcionario que indiquen las disposiciones legales.

Articulos

Articulo 1

Aprobar la Política de Igualdad y Equidad de Género del Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, cuya versión vigente estará disponible en la página web del instituto.

Articulo 2

Crear la Unidad de Igualdad y Equidad de Género del Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”.

Articulo 3

La Unidad de Igualdad y Equidad de Género, es una dependencia técnica estratégica que estará dentro de la línea jerárquica de la Subdirección de Investigación e Información Minera, en el nivel de desarrollo organizacional, con el objetivo de definir líneas estratégicas que permitan cumplir las políticas y normativas en materia de Igualdad y Equidad de Género, así mismo, tendrá participación activa en la cadena de valor institucional, en la coordinación de proyectos con participación igualitaria y equitativa de actividades mineras a nivel nacional. La Unidad estará a cargo de un jefe de Género y Multiculturalidad quien deberá ser un profesional universitario, con experiencia en la materia de género y las dimensiones de desarrollo humano y participación ciudadana. Las funciones específicas y su estructura, serán definidas en el manual de puestos y salarios.

Articulo 4

El presente Acuerdo es de aplicación inmediata y debe ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. AGAPITO ALEXANDER RODRÍGUEZ ESCOBAR DIRECTOR EJECUTIVO FRANCISCO DANILO LEÓN ENAMORADO SECRETARIO GENERAL La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 17 DE NO VIE MBRE D E L 2021 N o . 35,774 UNIVERSIDAD NACIONAL DE CIENCIAS FORESTALES UNACIFOR AVISO DE LICITACIONES El Rector de la Universidad Nacional de Ciencias Forestales, Dr. Emilio Esbeih, por este medio invita a las diferentes Empresas legalmente constituidas en el país a presentar ofertas para la contratación de los siguientes servicios: 1. Licitación Pública Nacional No. UNACIFOR-LPN- GCUE05-UE09-2021-01, Servicios de Alimentación a Estudiantes Internos en la Universidad Nacional de Ciencias Forestales y Servicio de Alimentación para Eventos del Centro Integrado de Capacitación CICAFOR, Período 2022. 2. Licitación Pública No. UNACIFOR-LPN- GCUE02-2021-02, Servicios de limpieza en las instalaciones de la Universidad Nacional de Ciencias Forestales, periodo 2022. 3. Licitación Privada No. UNACIFOR-LPN-GCUE02- UE05-2021-03, Seguro Colectivo de Vida y Contra Accidentes para Estudiantes Internos y Seguro para Vehículos de la Universidad Nacional de Ciencias Forestales, Período 2022. 4. Licitación Pública No. UNACIFOR-LPN- GCUE02-2021-04, Suministro de combustibles para Vehículos de la Universidad Nacional de Ciencias Forestales UNACIFOR, período 2022. FUENTE DE FINANCIAMIENTO FONDOS NACIONALES DEL ESTADO DE HONDURAS ADQUISICION DE LAS BASES DE LICITACIÓN Las Bases de las Licitaciones estarán disponibles a partir del 17 de noviembre de 2021, en un horario de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. mediante solicitud escrita a la MAE. Mercedez Martínez, Vicerrectora Administrativa, al correo m.donaira@unacifor.edu.hn con copia a la Asistente Administrativa Lic. Keiry Gómez Arana, al correo k.gomez@unacifor.edu.hn. Los Documentos de la Licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HONDUCOMPRAS”, www.honducompras.gob.hn. Las Licitaciones se efectuarán conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado, su Reglamento y Decreto No. 182-2020. Las ofertas de la Licitación se recibirán el 28 de diciembre de 2021 en los siguientes horarios:

  • 09:00 a.m. la Licitación Pública No. UNACIFOR- LPN-GCUE05-UE09-2021-01

  • 11:00 a.m. la Licitación Pública No. UNACIFOR- LPN-GCUE02-2021-02

  • 1:30 p.m. la Licitación Privada No. UNACIFOR-LP- GCUE02-UE05-2021-03

  • 3:00 p.m. la Licitación Pública No. UNACIFOR- LPN-GCUE02-2021-04 Lugar: Sala de Juntas del Edificio Académico-Administrativo José Flores Rodas de la Universidad Nacional de Ciencias Forestales UNACIFOR. Las ofertas que se reciban fuera del plazo antes indicado serán rechazadas. Siguatepeque, 12 de noviembre de 2021 Dr. Emilio Gabriel Esbeih Castellanos Rector UNACIFOR 17 N. 2021. Sección “B” La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 17 DE NO VIE MBRE D E L 2021 N o . 35,774 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 27 de mayo del 2021, compareció ante este Juzgado el abogado Pablo Emilio Reyes Theodore, en su condición de representante legal del señor Cristrian Chadid Perdomo Castillo, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA DE PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el ACUERDO JEMC- S.G. No. 078-2021 de fecha seis de mayo del 2021, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, reconocimiento de la situación jurídica individualizada a su favor de su representado para que sea reintegrado al cargo del cual fue cancelado o a otro de igual o mejor categoría y salario, a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir, pago de los derechos adquiridos durante la secuela del juicio como ser: décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones, aumentos en ausencia y otros derechos que le pudieran corresponder como ser Ascensos, aumentos por ascensos y antigüedad en el grado, desde la fecha en que fue dado de baja por separación deshonrara del servicio, hasta que se ejecute la Sentencia Definitiva, así como las costas del juicio; contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República; quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2021-00289.- Asimismo se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. KENIA MARITZA CASTRO MARTINEZ SECRETARIA ADJUNTA 17 N. 2021. ______ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 18 de febrero del 2021, compareció ante este Juzgado el abogado Jorge Alberto Romero García, en su condición de representante procesal de la sociedad mercantil denominada Confianza Sociedad Administradora de Fondos de Garantía Recíproca Sociedad Anónima de Capital Variable (CONFIANZA S.

    • A)

      FGR), por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en las RESOLUCIONONES GES No. 608 de fecha 30 de julio del 2019 y GES No. 435 de fecha 30 de septiembre del 2020, emitidas por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, reconocimiento de la situación jurídica individualizada como medida para su pleno restablecimiento se ordene la aprobación del proyecto de distribución de dividendos en la forma en que se determinó, según el proyecto de distribución de utilidades que se acompañó a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros en la solicitud de fecha tres de abril del 2019, presentó por el Abogado José Ramón Paz Morales actuando en su condición de apoderado legal de la Confianza Sociedad Administradora de Fondos de Garantía Recíproca Sociedad Anónima de Capital Variable (CONFIANZA S.A.-FGR); contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República; quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2021-00191.- Asimismo se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. KENIA MARITZA CASTRO MARTINEZ SECRETARIA ADJUNTA 17 N. 2021. _____ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 03 de marzo del 2021, compareció ante este Juzgado la Abogada Diana Melissa Pineda Salgado, en su condición de representante legal del señor Jorge Euclides Hernández Pineda, incoando demanda, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, para la declaración de nulidad e ilegalidad del acto administrativo presunto por silencio negativo constituido por no haber resuelto dentro de los plazos legales el reclamo administrativo con orden de ingreso 423-2018 presentado en fecha 26 de abril del 2018, ante la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, reconocimiento de la situación jurídica individualizada y como medida para su pleno restablecimiento, se reconozca el pago de los incrementos de salario correspondiente a los años 2013 y 2014 y por consiguiente el pago de reajuste de salario correspondiente a los años 2013 y 2014 y el pago del complemento de bonificación concedida según el artículo 47 del Estatuto del Médico Empleado.- Se aplique las disposiciones contenidas en el artículo 120 reformado del Código de Trabajo, en consonancia con lo que manda el artículo 8 numeral 5) de la Ley del Estatuto del Médico Empleado; contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República; quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2021-00215.- Asimismo se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABOG. KARINA ELIZABETH GALBEZ SECRETARIA GENERAL 17 N. 2021. La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 17 DE NO VIE MBRE D E L 2021 N o . 35,774 LICITACIÓN PÚBLICA No.47/2021 ADDENDUM No.1 El Banco Central de Honduras (BCH) comunica a las empresas que retiraron el Pliego de Condiciones de la Licitación Pública No.47/2021 para la contratación por lotes del suministro, instalación, comisionamiento y puesta en funcionamiento de once (11) aires acondicionados para el edificio del Banco Central de Honduras ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de República, según el detalle siguiente: Lote No.1: Ocho (8) aires acondicionados de precisión para ser instalados de forma redundante en cada una de las tres (3) subestaciones eléctricas; Lote No.2: Dos (2) aires acondicionados de precisión de diez punto cinco (10.5) kilowatts, [tres (3) toneladas de refrigeración], tipo Split; y Lote No.3: Un (1) aire acondicionado de precisión de 35 KW, para ser instalado en el área de UPS de 160 KVA.; por lo que, deben tomarse en consideración en el pliego de condiciones, los aspectos siguientes: IAO 20.1 La vigencia de validez mínima de las ofertas será del 14 de diciembre de 2021 al 7 de junio de 2022. IAO 21.1 La vigencia de la Garantía de Mantenimiento de oferta será del 14 de diciembre de 2021 al 7 de junio de 2022. Sección IX. Formatos. Numeral 4. Formato Aviso de Licitación Los sobres que contengan las ofertas se recibirán en el edificio del BCH, ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas, en la capital de la República, hasta el 14 de diciembre de 2021, a las 10:00 a.m. hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello, las medidas de bioseguridad establecidas por SINAGER, debiendo presentar el carné que lo acredite que ha completado el esquema de vacunación contra el Covid-19. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 15 de noviembre de 2021. JORGE OVIEDO IMBODEN GERENCIA 17 N. 2021. _____ AVISO DE CANCELACIÓN DE TÍTULOS VALORES El infrascrito, Abogado y Notario NORMAN ENRIQUE MEJIA OROZCO, al público en general y para efectos de los artículos 634 párrafo tercero y 640 del Código de Comercio: Hace saber: que en fecha 21 de diciembre del dos mil veinte comparecieron en esta notaría los señores MARIO EDGARDO MENDEZ FAJARDO, OSCAR RENE MENDEZ FAJARDO, MARTA LlZETTE MENDEZ FAJARDO, y JOSE OBDULlO RIVAS, presentando SOLICITUD CANCELACION y REPOSICION DE TITULOS VALORES, consistentes en tres títulos de 214 acciones, con un valor nominal de L. 500.00 cada una; y un título de 10 acciones con un valor nominal de L. 500.00 cada una, de quienes son propietarios, en la sociedad mercantil de este domicilio denominada BENEFICIO MENDEZ, S.A. DE C.V. San Pedro Sula, Cortés, 2 de noviembre de 2021. NORMAN ENRIQUE MEJIA OROZCO ABOGADO Y NOTARIO 17 N. 2021. La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 17 DE NO VIE MBRE D E L 2021 N o . 35,774 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. JUAN RAMON ORTEGA ESCOBAR, actuando en representación de la empresa FERTILIZANTES DEL NORTE, S.A. DE C.V. (FENORSA), tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: PELICANO ALGAS, compuesto por los elementos: 20% ASCOPHYLLUM NODOSUM, 1.93% MAGNESIO (MgO), 1.45% AZUFRE (S), 0.26% BORO (

    • B)

      0.12% COBRE (Cu), 0.50% HIERRO (Fe), 0.26% MANGANESO (Mn), 0.08% MOLIBDENO (Mo), 0.89% ZINC (Zn). Toxicidad: “5” Grupo al que pertenece: EXTRACTO DE ALGAS Estado Físico: LÍQUIDO Formulador y País de Origen: QUIMICOS Y LUBRICANTES S.A. Tipo de Uso: BIOESTIMULANTE Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 21 DE OCTUBRE DEL 2021 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS (DRIA) 17 N. 2021. ______ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 11 de enero del 2021, comparecieron ante este Juzgado la abogada Nancy del Carmen Mira Colindres, en su condición de representante legal de la señora Keybelin Elena Zelaya Ordóñez, incoando demanda, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, para la declaración de nulidad e ilegalidad del acto administrativo presunto por silencio negativo constituido por no haber resuelto dentro de los plazos legales el reclamo administrativo con orden de ingreso 872-2019, presentado en fecha 20 de noviembre del 2019, ante la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, reconocimiento de la situación jurídica individualizada y como medida para su pleno restablecimiento, se reconozca el pago de los incrementos de salario y reajuste del mismo conforme establece la Ley del Estatuto del Médico Empleado Decreto Legislativo 167-85 y sus reformas, en relación con la Ley del Estatuto del Médico Empleado, Decreto Legislativo 167-58 y sus reformas; en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, Decreto 220-2003, incremento de salario bienal del 3.5%, reajuste y pago de salarios, décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos retroactivos a partir del uno de enero del 2019, hasta la fecha que se ejecute la sentencia; contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República; quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2021-00028.- Asimismo se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso

    • C)

      del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. Abg. KENIA MARITZA CASTRO MARTÍNEZ Secretaria Adjunta 17 N. 2021 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. BERNABE SORTO RAMIREZ, actuando en representación de la empresa FERTILIZANTES DEL NORTE, S.A. DE C.V. (FENORSA), tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: SLATUN 68.75 SC, compuesto por los elementos: 62.50%PROPAMOCARB HYDROCHLORIDE, 6.25% FLUOPICOLIDE Toxicidad: “5” Grupo al que pertenece: CARBAMATO, BENZAMIDA Estado Físico: LÍQUIDO Tipo de Formulación: SUSPENSION CONCENTRADA (SC) Formulador y País de Origen: ZIBO ZHOUCUN SUIFENG PESTICIDE AND CHEMICAL LIMITED COPORATION/CHINA Tipo de Uso: FUNGICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 2 DE NOVIEMBRE DEL 2021 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS (DRIA) 17 N. 2021. ______ La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 17 DE NO VIE MBRE D E L 2021 N o . 35,774 EMPRESA NACIONAL PORTUARIA CERTIFICACIÓN El suscrito, Secretario del Consejo Directivo de la Empresa Nacional Portuaria, CERTIFICA: Que en Acta de fecha uno (01) de junio de 2021, se emitió la siguiente

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