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Decreto No. 026-2015 | 3 de julio de 2015 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 33,772

Acuerdo Ejecutivo No. 026-2015 — Autorización para suscribir Escritura Pública de Compraventa de terreno en Gracias, Lempira

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Resumen

El Presidente autoriza al Procurador General para comprar un terreno de 124.48 manzanas en Gracias, Lempira a favor del Estado (para el Ejército), por L. 4,381,696.00. El vendedor pagará los gastos de escritura. Esta compra ya fue evaluada y aprobada por las autoridades competentes.

Considerandos

  1. 1.Que según el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública; el Presidente de la República, tiene a su cargó la suprema dirección y coordinación de la administración pública centralizada y descentralizada. El Presidente de la República en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por si o en Consejo de Ministros.
  2. 2.Que el Decreto Legislativo Número 274-2010, de fecha 13 de enero de 2011, que contiene la Creación de la Dirección General de Bienes Nacionales, en su Artículo 4 establece: “Son funciones de la Dirección General de Bienes Nacionales, respecto a la administración de los bienes nacionales: 1)...; 2) Autorizar y registrar las altas, bajas, transferencias, donaciones, permutas y la venta en pública subasta de bienes fiscales;”.
  3. 3.Que el mismo Decreto Legislativo en su Artículo 7 establece: “En todo acto que signifique compra, venta, donación, permuta, transferencia, indemnización y concesión de bienes inmuebles del Estado, intervendrá la Dirección General de Bienes Nacionales...”.
  4. 4.Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional (SEDENA), mediante Acuerdo S.D.N. No. 0775, de fecha 8 de septiembre de 2014, creó a partir del 31 de enero de 2014, el Décimo Séptimo (XVII) Batallón de Infantería (Celaque) como parte de la organización del Ejército, con sede en el municipio de Gracias, departamento de Lempira y a su vez, instruye la dotación de todos los recursos materiales y financieros necesarios para su funcionamiento, entre ellos, un inmueble apto para su instalación y operación eficiente y efectiva.
  5. 5.Que la Comisión de Avalúo integrada por la Dirección General de Bienes Nacionales, conformada atendiendo lo dispuesto en el Artículo 10 del Decreto Legislativo Número 274-2010, emitió Informe de Inspección y Avalúo No. BI-001-DGBN-2015 de fecha doce (12) de febrero de dos mil quince (2015), sobre el inmueble de la Compraventa por parte de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional (SEDENA), objeto de las presentes diligencias.
  6. 6.Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas; a través de la Dirección General de Bienes Nacionales, emitió Dictamen No. BI-001-DGBN-2015 de fecha doce (12) de marzo de dos mil quince (2015), asimismo, la Unidad de Servicios Legales emitió Dictamen A.L. 249-2015 de fecha dieciséis (16) de abril de dos mil quince (2015), ambos Dictámenes Favorables, sobre la adquisición del inmueble a favor del Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional (SEDENA).
  7. 7.Que la Constitución de la República en su Artículo 228 establece que la Procuraduría General de la República tiene la representación legal del Estado, su organización y funcionamiento serán determinados por la Ley.
  8. 8.Que la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República en su Artículo 19, No. 3) establece: “La sección de la Procuraduría tendrá a su cargo la Personería del Estado y será ejercida por el Procurador General, en el cumplimiento de las siguientes atribuciones: 1)..., 2)...., 3) Comparecer en representación del Estado a las instrucciones del Poder Ejecutivo, y al otorgamiento de los actos o contratos en que estuviere interesada la Nación”.

Articulos

Articulo 1

Autorizar al Abogado ABRAHAM ALVARENGA URBINA, Procurador General de la República, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Honduras, proceda a comparecer ante Notario Público para suscribir Escritura Pública de Compraventa a favor del Estado, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, de un terreno propiedad del señor José Mario Salvador Cálix Escobar, ubicado en el sitio denominado Catulaca, municipio de Gracias, departamento de Lempira; con una extensión superficial de CIENTO VEINTICUATRO PUNTO CUARENTA Y OCHO MANZANAS (124.48 Mzs.), e inscrito bajo el No. 25 Tomo 503 del Registro de la Propiedad, Hipotecas y Anotaciones Preventivas del Departamento de Lempira; por un valor de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS LEMPIRAS CON 00/100 (L. 4,381,696.00).

Articulo 2

Los gastos de escrituración correspondiente correrán por cuenta del señor José Mario Salvador Cálix Escobar.

Articulo 3

El presente Acuerdo Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en “La Gaceta”, Diario Oficial de la República. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, a los doce (12) días del mes de mayo del año dos mil quince (2015). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SAMUEL ARMANDO REYES RENDÓN SECRETARIO DE ESTADO SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL

Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. CERTIFICA. El Acuerdo Número 349- 2015, que literalmente dice:

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