Reformada
Decreto No. 111-3/2020 | 20 de febrero de 2020
Resolución No. 111-3/2020 — Reducción de la Tasa de Política Monetaria en 75 puntos básicos
Cadena de Modificaciones
Considerandos
- 1.Que de confonnidad con lo dispuesto en la Constitución de la República, el Estado, por medio del Banco Central de Honduras (BCH) tendrá a su cargo la formulación y desarrollo de la política monetaria, crediticia y cambiaria del país, debidamente coordinada con la política económica planificada.
- 2.Que según lo establecido en la ley del Banco Central de Honduras la política monetaria, crediticia y cambiaria del Estado será deterninada y dirigida por el Directorio del Banco Central de Honduras.
- 3.Que el Directorio del Banco Central de Honduras utiliza la Tasa de Política Monetaria (TPM) como instrumento de señalización de su política monetaria.
- 4.Que el BCH, desde diciembre de 2019, ha implementado una política monetaria orientada a proveer mayor liquidez al sistema financiero, con el propósito de apoyar la actividad económica bajo una coyuntura de menores riesgos inflacionarios. De manera que, el Directorio del BCH redujo su Tasa de Política Monetaria (TPM) en 50 puntos básicos (pb), 25 pb en diciembre de 2019 y en febrero de 2020.
- 5.Que de conformidad con el actual contexto de emergencia nacional, la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA), en Sesión Extraordinaria No.172 del 18 de marzo de 2020, decidió recomendar a este Directorio disminuir el nivel de la TPM en setenta y cinco puntos básicos (75 pb), para continuar flexibilizando las condiciones financieras que permitan el acceso al crédito de los diferentes sectores económicos, ayudando a mitigar el impacto económico derivado del Covid-19.
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