Reformada
Decreto No. 112-3/2020 | 20 de febrero de 2020
Resolución No. 112-3/2020 — Modificación de tasas de interés de Facilidades Permanentes de Inversión y Crédito
Cadena de Modificaciones
Modificado por:
- DerogaciónAcuerdo Ministerial No. 212-2020 — Establecimiento de precio máximo de venta de Alimento Balanceado para Consumo AnimalDecreto 212-2020 | 20 de febrero de 2020
- ReformaResolución No. 131-4/2020 — Establecimiento de tasas de interés para Facilidades Permanentes de Inversión y CréditoDecreto 131-4/2020 | 20 de febrero de 2020Artículos afectados: Tasa de Facilidad Permanente de Crédito (FPC), Tasa de Facilidad Permanente de Inversión (FPI)
Considerandos
- 1.Que corresponde al Banco Central de Honduras (BCH) formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país.
- 2.Que de conformidad con su ley de creación, el Banco Central de Honduras, con fines de estabilización monetaria, podrá ejecutar operaciones de mercado abierto y de negociación de valores, estableciendo las tasas de interés que aplicará en las distintas clases de operaciones que realice, en función de los plazos y montos de las mismas; asimismo, mantiene disponibles sus instrumentos de Facilidades Permanentes de Inversión y de Crédito.
- 3.Que la evolución actual de la liquidez del sistema financiero nacional, así como la coyuntura actual y las perspectivas macroeconómicas y financieras nacionales e internacionales, muestran condiciones que permiten revisar las tasas de interés aplicables a las Facilidades Permanentes de Inversión y Facilidades Permanentes de Crédito del Banco Central de Honduras, en congruencia con la evolución de la política monetaria, lo que conforme con la “Normativa de las Facilidades Permanentes de Inversión y Facilidades Permanentes de Crédito del Banco Central de Honduras para Regular la Liquidez de Corto Plazo de las Instituciones del Sistema Financiero Nacional” le corresponde al Directorio del Banco Central de Honduras.
- 4.Que el Directorio de esta Institu- ción, mediante la Resolución ______ A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DE MAYO DEL 2020 N o . 35,243 No.58-2/2020 del 5 de febrero de 2020, estableció que la tasa de interés aplicable para la Facilidad Permanente de Crédito (FPC) será equivalente a la Tasa de Política Monetaria más un punto porcentual (TPM + 1.0 pp) y la tasa de interés para la Facilidad Permanente de Inversión (FPI) será equivalente a la Tasa de Política Monetaria menos cinco punto quince puntos porcentuales (TPM - 5.15 pp).
- 5.Que de conformidad con la coyuntura económica nacional y externa, la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA), en su Sesión Extraordinaria No.172 del 18 de marzo de 2020, recomendó a este Directorio modificar el margen aplicado por el uso de las FPI.
Leyes relacionadas
Resolución No. 131-4/2020 — Establecimiento de tasas de interés para Facilidades Permanentes de Inversión y Crédito
Decreto 131-4/2020 | 2020
Resolución No. CREE-112-2023 — Aprobación del ajuste trimestral al costo base de generación y su consecuente ajuste al pliego tarifario que aplica la Empresa Nacional de Energía Eléctrica a sus usuarios finales
La CREE reduce las tarifas de electricidad de la ENEE en 2.88% a partir de octubre de 2023, bajando el precio de 5.40 a 5.24 lempiras por kWh. Esto ocurre porque los costos de generación bajaron, aunque la empresa diferirá USD 15 millones para recuperarlos en el próximo trimestre.
Decreto CREE-112-2023 | 2023
Resolución No. 148-4/2020 — Modificación de la Normativa Complementaria del Reglamento de Negociación de Valores Gubernamentales
Decreto 148-4/2020 | 2020
Resolución No. 293-10/2020 — Modificación de Normativa Complementaria para Transferencias de Valores Originadas por Reportos del Banco Central de Honduras
Decreto 293-10/2020 | 2020
Acuerdo Ejecutivo No. 112-2020 — Nombramiento de Adan Flaubert Rodriguez Sierra como Secretario General de la Secretaría de Estado de Desarrollo e Inclusión Social
Decreto 112-2020 | 2020