Vigente
Decreto No. 185-5-2018 | 14 de mayo de 2018

Resolución No. 185-5-2018 — Autorización de monedas, límites y calificaciones para inversiones de instituciones de seguros

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Instituciones de Seguros y Reaseguros, corresponde al Banco Central de Honduras resolver sobre los instrumentos, porcentajes y mercados que resulten admisibles para que las instituciones de seguros efectúen sus inversiones.
  2. 2.Que por medio de Resolución No.353- 8/2012 del 30 de agosto de 2012 se aprobó la normativa complementaria del Reglamento de Inversiones de las Instituciones de Seguros, orientada a establecer las monedas, criterios, límites y calidad crediticia en que las instituciones de seguros deben constituir sus inversiones con fondos provenientes de sus reservas técnicas y matemáticas y del patrimonio técnico de solvencia, tanto en el país como en el exterior.
  3. 3.Que mediante el Acuerdo No.04/2018 de esta misma fecha, este Directorio aprobó un nuevo Reglamento de Inversiones de las Instituciones de Seguros.
  4. 4.Que las dependencias técnicas de la Institución han realizado una revisión de la resolución complementaria en referencia, recomendando actualizar la misma, acorde con los nuevos parámetros establecidos en el Reglamento de Inversiones de las Instituciones de Seguros.

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