Vigente
Decreto No. 212-2018 | 29 de enero de 2019

Acuerdo Ejecutivo No. 212-2018 — Nombramiento de Subdirectora Interina del Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones

Texto completo

Secciún .\ \rnados � t.eyes REPÚBLICA DE HONDURAS -TEGUCIGALPA M. D. C. 1 O DE MAYO DEL 2019 No. 34 940

Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los (08) días del mes de octubre del año dos mil dieciocho (2018).

e

ACUERDO No. 212-2018

)

EL SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL, CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO

RICARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL, CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO

En uso de sus facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo 092018 de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los Artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública y 125 de la Ley del Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo.

RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA Presidencia de la República

ACUERDA:

( DECRETO EJECUTIVO NÚMERO 005-2019 )

PRIMERO: Nombrar a la ciudadana, DILCIA LIZETH AGUIRIANO CALIX, en el cargo de SUBDIRECTORA INTERINA del Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo. SEGUNDO: La nombrada tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley, el juramento que establece el Articulo 33, párrafo segundo del Código de Conduca Ética del Servidor Público y presente su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en "La Gaceta", Diario Oficial de la República.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA, CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Secretarios de Estado. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el articulo 245 de la Constitución de la República, cprresponde al Presidente de la República administrar la Hacienda Pública. CONSIDERANDO: Que para asegurar· una adecuada administración y eficiencia en el uso de los recursos de los Fideicomisos, es necesario contar con un mecanismo único y consolidado de asignación, control financiero y gobernanta que permita mantener una adecuada toma de decisiones en los recursos. CONSIDERANDO: Que el crecimiento económico sostenible a través de la inversión pública, la asistencia social y la A.

Sección \ Acuerdo« y I t'� es REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA M. D. C. 10 DE MAYO DEL 2019

No. 34 940

generación de empleo y oportunidades, es prioritario para reducir la pobreza. CONSIDERANDO: Que corresponde a la Secretaría de Coordinación General de Gobierno auxiliar al Presidente de la República en la coordinación de la Administración Pública, así como la asignación de los recursos para el logro de los objetivos y metas definidos por el Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo No. PCM-033-201 8 de fecha 18 de mayo del 2018 publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 30 de mayo del 2018, se instruyó a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, a crear la Unidad Técnica de Fideicomisos para coordinar, supervisar y monitorear, la ejecución de los fondos y el cumplimiento de los objetivos del Fidecomiso del Fondo de Solidaridad para la Reducción de la Pobreza Extrema, entre otros. CONSIDERANDO: Que el referido Decreto Ejecutivo establece que para efectos de garantizar una sana efectividad en el uso de los recursos y que los mismos sean destinados para los fines establecidos en los objetivos de los fideicomisos, la Secretaria de Coordinación General de Gobierno establecerá, de acuerdo a las instrucciones del Presidente de la República giradas mediante el correspondiente Decreto Ejecutivo, la cartera de proyectos de los :fideicomisos. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-024-2014, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, de fecha 30 de mayo de 2014, se creó la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA), a efecto de crear y articular el Programa Nacional de Vivienda, con el objeto de resolver en un contexto general los principales problemas sociales que enfrenta la población en el tema de vivienda social, el cual representa un tema de urgente necesidad a solventar mediante la utilización de recursos humanos y financieros del país. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 180-2018 del 17 de diciembre de 2018 y pu�licado en el Diario Oficial La Gaceta el 20 de diciembre de 2018, contentivo del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de

la República, Ejercicio Fiscal 2019, se autoriza a la Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas a darle continuidad al Fondo de Solidaridad y Protección Social para la Reducción de la Pobreza en el presupuesto general de ingresos y egresos de la República. CONSIDERANDO: Que en fecha 28 de enero de 2019 se aprobó el Decreto Ejecutivo 003-2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 29 de enero de 2019, mediante el cual se aprueba la cartera de proyectos correspondiente al periodo fiscal 2019 a ser financiados por el Fidecomiso del Fondo de Solidaridad para la Reducción de la Pobreza Extrema. CONSIDERANDO: Que según Acuerdo Ejecutivo No. 0232018, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 16 de abril de 2018, el Presidente de la República delegó la facultad de firmar Decretos Ejecutivos en la ciudadana Martha Vicenta Doblado Anclara, como Secretaria Coordinadora General de Gobierno, por Ley. POR TANTO, En el ejercicio de las atribuciones que le otorga los artículos: 245 numeral 11 y 355 de la Constitución de la República; artículos 1, 2, 7, 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública y su reforma mediante Decreto Legislativo 266-2013; Decreto Legislativo No.278-2013; Decreto Ejecutivo No. PCM-033-2018 y Acuerdo Ejecutivo No. 023-2018. DECRETA: ARTÍCULO 1.- Reformar el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 003-2019, de fecha 28 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 29 de enero de 2019, el cual se leerá así: "ARTÍCULO

  • 1)

    Aprobar la cartera de proyectos del año 2019, que serán financiados con fondos provenientes del FIDEICOMISO FONDO DE SOLTDARTDAD y PROTECCIÓN SOCIAL PARA LA REDUCCIÓN DE LA POBREZA EXTREMA, contenida en la tabla que a continuación se detalla:"

    A.

    Secctún -\ vcuerrlus \ 1 l'� es REPÚBUCADE HONDURAS -TEGUCIGALPA, M. D. C. 10 DE MAYO DEL 2019 No. 34 940 SECRETARÍA DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO / SECRETARÍA DE FINANZAS CARTERADEPROYECTOS FIDEICOMISO "FONDO SOLIDARIDAD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA LA REDUCCIÓN DE LA POBREZA",AÑO 2019 (Valor Expresados en miles de millones de Lempiras)

    Programa 1 Institución

    Fideicomiso Reducción de la Pobreza

    Fondos PANTI

    SEDIS Vivienda Saludable Guías de Familia Ecofogones Programa Nacional de Merienda Escolar Mejores Familias Microempresas Capacitación de Guías de familia Prevención de Embarazos en Adolescentes Uniformes Bolsa Solidaria Adulto Mayor Especies Menores Escuelas Abiertas Honduras para Todos Bono Vida Mejor Programa Criando con Amor COPECO - ATENCIÓN EMERGENCIA POR SEQUIA PROGRAMA PRESIDENCIAL DE BECAS HONDURAS 20/20 DINAF INAMI PROGRAMA PRESIDENCIAL BANCA SOLIDARIA SECRETARfA DE DESARROLLO ECONÓMICO -CREDIMUJER BANHPROVI -FIRSA BANHPROVI -CONVIVIENDA Bono Vida Meior Bono ABC Bono ABA Vivienda diana v maestros Borea Proqrarna subsidio tasa de interés 1 % intermediación Unidad técnica de suoervisión SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Programa Presidencial Con Chamba Vivís Mejor Con Chamba Vivís Mejor Chamba Comunitaria Camba Joven Código Verde Más Programa Empleo y Oportunidades Total

    2,598.7 618.9 682.8 106.5 327.2 213.0 7.7 7.1 10.6 51.8 177.5 23.4 7.1 31.9 311.9 21.3 49.7 113.1 106.5 24.8 106.5 950.1 97.8 316.1 59.0 11.2 1.9 442.0 15.3 6.8 550.7 540.0 60.3 213.0 177.5 89.2 10.6 4,500.1

    180.7 80.0 132.0 392.7

    TOTAL 2,598.7 618.9 682.8 106.5 327.2 213.0 7.7 7.1 10.6 51.8 177.5 23.4 7.1 31.9 311.9 21.3 49.7 293.8 80.0 132.0 106.5 24.8 106.5 950.1 97.8 316.1 59.0 11.2 1.9 442.0 15.3 6.8 550.7 60.3 213.0 177.5 89.2 10.E 4,892.8

    Porcentaje del total 53. l ·10 12.6% 14.0% 2.2% 6.7% 4.4% 0.2% 0.1% 0.2% 1.1% 3.6% 0.5% 0.1% 0.7% 6.4% 0.4% 1.0% 6.0% 1.6% 2.7% 2.2% 0.5% 2.2% 19.4% 2.0% 6.5% 1.2% . 0.2% 0.0% 9.0% 0.3% 0.1% 11.3% 1.2% 4.4% 3.6% 1.8% 0.211/11 100.0%

    A.IDI

    Secctúu .\ xcuerdos �- 1 t') t•, REPÚBUCA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA M. D. C. 10 DE MAYO DEL 2019

    No. 34 940

    ARTÍCULO

  • 2)

    Si la recaudación realizada en el FIDEICOMISO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD PARA LA REDUCCIÓN DE LA POBREZA EXTREMA defiere a la estimada en el año fiscal correspondiente, la

    Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos (2) días del mes de mayo del año dos mil nueve (2019).

    cual es base para la asignación establecida en el Artículo 1 del mismo, la Secretaría de Coordinación General de

    COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE

    Gobierno (SCGG) podrá hacer los ajustes y reasignaciones que correspondan, siguiendo los criterios de priorización establecidos por el Presidente de la República. De igual manera, conforme a los reportes de ejecución que emita la Unidad Técnica de Fideicomisos de la Secretaria de Finanzas (SEFIN), la Secretaría de Coordinación General de Gobierno (SCGG), · atendiendo las instrucciones del Presidente de la República, reasignará los recursos de los programas y proyectos que presenten baja ejecución,

    MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO COORDINADORA GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY Según Acuerdo de Delegación No. 023-2018, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 16 de abril de 2018

    siempre y cuando la misma no se deba a causas de fuerza

    mayor o casos fortuitos debidamente justificados.

    ARTÍCULO

  • 3)

    El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta".

    ERAL JAIR DÍAZ LUPIÁN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA

    La EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS le ofrece los siguientes servicios:

    LIBROS

    TARJETAS DE PRESENTACIÓN

    FOLLETOS

    . CARÁ_TULAS DE ESCRITURAS '

    TRIFOLIOS

    CALENDARIOS

    FORMAS CONTINUAS AFICHES

    EMPASTES DE LIBROS REVISTAS.

    FACTURAS

    lid A.

Leyes relacionadas

Acuerdo Ejecutivo No. 144-2019 — Reglamento de las Normas de Ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República Año 2019
Decreto 144-2019 | 2019
Acuerdo Ejecutivo No. 556-A-2016 — Lineamientos Técnicos para la Medición de las Reglas Macrofiscales para el SPNF
Decreto 556-A-2016 | 2023
Acuerdo Ejecutivo No. 721-2014 — Reglamento para la Aplicación del Convenio de Recapitalización del Banco Central de Honduras
Este reglamento establece cómo el gobierno entregará bonos al Banco Central de Honduras para cubrir sus pérdidas acumuladas entre 2008 y 2011 (L. 3,068 millones), además de reorganizar deudas antiguas y comprometerse a financiar futuras pérdidas. Afecta a ciudadanos porque el dinero sale del presupuesto público, beneficiando la recapitalización del banco central.
Decreto 721-2014 | 2015
Acuerdo Ejecutivo No. SAR-125-2022 — Clasificación de obligados tributarios en categorías de Grandes, Medianos y Pequeños Contribuyentes
Esta ley organiza a los contribuyentes hondureños en tres categorías (Grandes, Medianos y Pequeños) según sus ingresos, importaciones e impuestos pagados. Los contribuyentes medianos y grandes deben presentar sus declaraciones de impuestos por internet. La administración tributaria puede cambiar la categoría de un contribuyente según su actividad económica o situación financiera.
Decreto SAR-125-2022 | 2022
Decreto Ejecutivo No. PCM-059-2018 — Aprobación del Convenio de Gestión para la Prestación de Servicios de Salud de Segundo Nivel entre la Secretaría de Salud y la Fundación Manos Transformando el Puerto
Este decreto aprueba un convenio entre la Secretaría de Salud y la Fundación Manos Transformando el Puerto (FUMATREP) para que esta organización gestione y administre el Hospital de Puerto Cortés. La fundación se compromete a brindar servicios de salud de calidad a la población, mientras la Secretaría proporciona financiamiento, infraestructura y supervisión técnica para mejorar la cobertura y eficiencia hospitalaria.
Decreto PCM-059-2018 | 2018