Vigente
Decreto No. 303-2018 | 26 de enero de 2022

Acuerdo Ministerial No. 303-2018 — Acuerdo relativo a la Secretaría de Finanzas

Articulos

Articulo 3

El Fideicomiso deberá contar con un Comi - té Técnico Administrativo conformado por las instituciones siguientes: Secretaría deFinan zas quien lo presidirá, Secre - t ari adeDes arr ol lo Económico y la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos y el Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda ( BANHPROVI )ensu con - dición de Secretario del Comité, convozperosinvoto. ARTÍCULO. Se autoriza ala Secretaría de Finanzas para que en su condición de fideicomitente establezca com o p r o- ducto de negociaciones con el fiduciario BANHPROVI, lacomisiónfiduci ari aa pagar por la administración del fidei - comiso. ARTÍ CUL O. Refonnare lA niculoIJ,), y,) del Decreto Ejecutivo Número PCivl - - , publicado en el Di ari o Oficial La Gaceta el de febrero de, elcualdebedeleerseasí: " A rt i cu l o l. - Aprobar lap olíti ca nacional de Vivienda que establece la atención ala población menos favorecida, atra - vésdelBono Para Una Vida Mejor, elcualseap lic ará bajo las si gui entes condiciones: i.. a) ARTÍCULO. Autorizar al Comité Técnico del Fideico - b)miso del Fondo de Solidaridad de Protección para laR e- e)ducción de la Pobreza Ex trem a destinar para los ejercicios fiscales de los años,,, aldeenerode, el monto de hasta de SEISCIENTOS MI LLON ES ANUALES ( L . ,000 , . ) los cuales provendrán del monto de MIL SEIS CIE NTOS MILLONES DE LEMPI RAS ( L. , , . 0) as i gn ad o s a l " Fideicomiso de Administra - cióndeFon dos para el Otorgamiento del Subsidio alosPro - gra mas de CONVIVIENDA Para Una VidaMejo r" , s u s cri to entre la Secretaría deFina nza sy el Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda ( BANHPROVI ). El monto de apertura del fideicomiso será de ClENTO, OCHENTA MILLONES DE LEMPI RAS ( L , , . ) in corp o r ánd olenuevosre cur sos en la medida de av ance del programa. A. La (} aceta DIARiO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS DE CANO DE LA PRENSA HONDUREÑA P ARA MEJ OR SEGURIDAD DE SUS PUBL ! C AC I O N ES ABOG. C ÉSA RAUGUSTOCACE RES CANO Gerente General JORGE AL BE RTO R ICO SAL ti AS Coo ; di r .aóof y Supervisor EMPRESA NACIONAL DE. l\ ATESGRAFICA. SE. NG. coo naMraf; oresTeié >:> F a ,c G er encia 2 2:JIJ -4.. . � i niStr a rióe : 2ZJ0- �26 Pl am a : 223Hl CHITAOCfVICOG UBE RN AM E � fT AL

REPÚBLIC A DE H ONDU RAS -TEG U CIG AL P A, M . D. C., 19 D E MA RZ O D EL201 8 No. 34,596 d) S e aut ori z a l a cr ea ci ón de un i nc entivo a l a s pe rsona s o fam ili a s con i ngresos supe riores a cua tr o ( 4) salar i os mínimos , el cual cons i s tirá en un com pl emento asi ste nci al di recto a la ta sa de i nte r és del crédit o que obte ndr án los benefici ari os, independiente ment e de l a fue nt e de financi a mi e nt o de di cho crédit o. el cual se aplica rá excl usivament e a la adquis i c i ón de vi vi e ndas nuevas. cons trucci ón de vi vi enda en l ot e pro pi o, li bera ción de l ote y cons trucción de vi vienda, adqui sici ón de l ot e y construcci ón de vivienda , cuyo va lor come rci a l no exceda al equi va l ente a DOSC IE NT OS VE I NTE ( 220) S AL AR I OS M I N IM OS ( S M ) . La opera t ividad de este incenti vo debe ser regl amenta da por la C omi si ón Na ciona l de Vi vie nda y A s ent ami entos H um an os ( C ONVI V l E l\ 'D A ), se le fa cul t a para el est able cim ie nto y co ndi c i ones de apli c abi lida d de los re quis i t os que debe n r eunir los aspiran te s. e) Para l a aplica ción de és tos bonos y val ores t ope s de vivienda, l a C om i s ión Nac i onal de Vivienda y A s ent am i entos H um anos ( C ON VNIE NDA) esta bl ecerá l os m ont os en L ernpiras, para l o cual dise ñar á una me todología que utilice como parámetr o r efe renci a l el m onto m á ximo de la esc a l a de salarios del año an terior es t abl e ci do por la enti dad est a t al com pe te nte y co m unic ar á l os m ont os que correspondan com o part e de l a Política Na ci ona l de Vi vienda. L os t echos de los valores t an t o de vivie nda soc i a l , com o vi vi enda media s e defi nen en el s i guie nte cua dro. Val or Tech o Vivi e n da S ocia l Val or Tech o Vi vi en da M e d ia 7 9. 0 0 SM 22 0 . 00 S M El m ont o de l os bonos y techos de vi vi e nda ot orgados en l a zona insul a r del pa í s y en el área de la Mos qui t a, aument ará en un 40% con rel a ci ón al mont o apl i c a bl e al m ont o del paí s . "AR TÍ C UL O 2.- Derogado." "AR TÍC UL O 3.- Pued en s er as pi rantes al B ono de Vivienda Para Una Vi da M ej or, l os ciudadan os hondureños m ayores de 21 años o le gal mente habili t ados, de cualqui er es tado civil, raza, sexo, ori gen soc i a l , idi om a, religi ón, i deología o afili ac i ón políti c a , con ingr eso s de cero ( O) a cuatr o ( 4) salari os mí nim o s, si em pre y cuando el aspira nte o su cónyuge no sean pro pi e tari os de una vivi e nda . N o podrán ser benefici ar ios los ciudada nos que ya hubi e ren recibido un bono para vivienda de cual qui er progr ama es tatal ." "Art ículo 4.- A utoriz ar al C om it é T éc nic o del Fidei c omi s o del Fo ndo de S oli dar idad de Pro tecci ón P ara la R educc ión de la Pobrez a Extr ema, pa ra que des t ine hasta el monto de MIL SEI S C I E NTO S M ILL ON ES DE L E MPIRAS EXA CTO S ( L 1 , 600, 000,000.00) para el Ej e rcic i o F is cal 2018, 201 9 , 2020 y hasta el 26 de enero de 2022: los cual es serán destinados para promover a tr avés del bono, los P ro gra m as para atender l a Vivie nda Social oSol uciones Ha bítaci onale s para una V i da M e j or. C on el mont o m e ncionado en el párr afo ant eri or se. podrán ate nder todos los subs idi os cont em pl a dos en el Decret o Legi s l ati vo No. 348-2002 em itido el 24 de octubre de 2002 y publi cado en el Di ari o Ofic ial "L a G acet a " el 1 9 de novi em bre de 2002; Decreto L egi sl at i vo No. 229-2011 aprobado el 7 de di ci e mbre de 2011 y publicado en el Di a ri o Ofic ia l "L a Gaceta" el 1 4 de enero de 2012 y el De creto L egi sla tivo No. 401- 2013 del 20 de enero de 2014, publi c a do en el Di ario Ofici a l "L a Gace ta " el 26 de m a rzo de 2014." C ONVI VIE NDA regl ament ar á la aplica bi lidad de l a prese nt e di s posi ción .. .

S l ' t fi u n .\ \l l H ' I ( f o , . ' lt., t, REPÚBLICA DE H OND U RAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., DEMARZODELNo. 3 , ARTÍCULO. - El presente Decreto Ejecutivo entrará en vigencia apartir de su publicación en el Diario Oficial " La Gaceta " . Dado en el Salón Constitucional de Casa Presidencial en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los ocho ( ) días del mes de marzo del año dos mil dieci och o ( ) . COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUANORLANDOHE RNÁN DE Z ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCE: RROSECRETARlü COORDINADOR GENERAL UE GOBIERNO EBALJAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARLO DE ESTADO DE LA PRESlD EN ClA HECTOR LEONELAYALAALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE JUSTICIA, GOBER, 1\f ACIÓNY DESCENTRALIZACION MARÍA DOLORES AGÜERO LARA SECRETA RIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES YCOOPERA CIO N INTERNACIONAL A. REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SE CRE TARJO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E LNCLUSIÓN SOCIAL AR.t � AL D O C A S TIL LO FIGUEROA SECRETARIO PE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECO NÓM ICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRJGUEZ SECRETARlO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAE STR UCTURAY SERVICIOS PUBLICO S. POR LEY JULIAN PACHECO TINOCO SECRETAR JO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL FREDY DIAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESAPACHO DE DEFENSA NACIONAL OCTAVIO SANCHEZ MID ENC E SECRETA RIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD MARUALSO L! SPAZ SECRETA RIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDU CAC IÓ N

R EPÚBLlCA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., DEMARZODELNo. 3 ,5 CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL SANTIAGO RUIZCABUS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRI CUL TURAYGANADERIAe Secretaría de Finanzas ACUERDO No. 3 3- 2 Tegucigalpa, M. DC, de marzo de LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS )JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES, AMBIENTE YMINASRUCIOJZABELTABO RAMO RAL ES SECRETAR ! A DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS KARLA EUGENIA CUEVAAGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE D ERE CHOS HUMANOS ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFUVICH SECRETARIO DE ES lADO EN EL DESPACHO DE EN ERGÍ CONSIDERANDO: QueelArt ícu lo, numeral de la Ley General de la Admini str ación Pública, establece que son Atribuciones de la sS ecr e t arí as de Estado Emitir los Acuerdos, Resoluciones, en asuntos de su competencia, aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución. CONSIDERANDO: Que los Secretarios de Estado son co la - b or ado res del Presidente de la República en la orientación, coordinación. dirección y supervisión de los órganos y entidades de la ad min is tración pública nac ional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. l - ldefocha de enero del 2 , publicado en el Di ari o Oficial " La Gaceta "N o . ,5 de fecha de enero del. se aprobó el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República par a el Ejercicio fiscal, incluyendo las Disposiciones Generales que regulan el ejercicio del mismo. CONSIDERANDO: Que corresponde al Poder Ejecutivo la fiscalización preventiva de la ejecución del Presupuesto General de Ingresos yEg res os de la República: y deberá especialmente aprobar tod o egreso de fondos públicos, de acuerdo con el Presupuesto. CONSIDER 4. NDO: Quees atribución de la Secret ari a de Estado en el Despacho de Finanzas, como órgano rector del sistema de a dmi nistración financiera del sector público, supervisar, controlary evaluar la ejecución del Pres upu esto General de Ingresos y de Egresos de la República y de las Instituciones Descentralizadas. A .

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