Acuerdo Ministerial No. 435-A-2014 — Delegación de facultades de Secretario General en Oficial Jurídico
Poder Ejecutivo
- Decreto: 435-A-2014
- Publicación: 23 de septiembre de 2015
- Órgano emisor: Poder Ejecutivo
- Categoria: Administrativo
Resumen
Este acuerdo permite que el Oficial Jurídico Carlos Jesús Buck Ruiz firme documentos importantes en lugar del Secretario General, como trámites de extranjería, naturalizaciones y constancias. Busca acelerar la administración pública delegando funciones específicas para que los trámites sean más rápidos.
Considerandos
Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República.
Que de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo, la competencia puede ser delegada del órgano superior a un órgano inferior en determinadas materias.
Que con el objeto de agilizar la administración pública, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior, para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al Ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior.
Que las Secretarías Generales son los órganos de comunicación de las Secretarías de Estado, sus titulares tienen funciones de fedatarios correspondiéndoles entre otras las atribuciones de resolver en los asuntos que le delegue el Secretario de Estado.
Que la Ley General de la Administración Pública establece que los Secretarios Generales por un acto de delegación del señor Secretario de Estado del Ramo, podrán conocer y resolver sobre asuntos determinados o específicos.
Que mediante Acuerdo Presidencial Número 23-2014 de fecha 29 de enero del 2014, se nombró como Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización al ciudadano RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA.
Articulos
Delegar en el ciudadano, CARLOS JESÚS BUCK RUIZ, quien se desempeña como Oficial Jurídico de esta Secretaría de Estado, las siguientes facultades del Secretario General:
- a)
Firmar los Presentados y Recibidos que se emitan en los diferentes trámites de Extranjería, Naturalizaciones, Personalidad Jurídica y trámites Varios, e Indultos.
- b)
Firmar los cotejos que se presenten en esta Secretaría de Estado.
- c)
Firmar las Constancias de mero trámite que se presenten y soliciten en esta Secretaría de Estado.
El presente Acuerdo entrará en vigencia en esta misma fecha y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” para su respectiva validez. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los veinticuatro días del mes de febrero del año dos mil catorce. RIGOBERTO CHANG CASTILLO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS Y JUSTICIA RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL
Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización