VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 289-7/2015 | 8 de julio de 2015
Resolución No. 289-7/2015 — Reducción de Tasa de Política Monetaria
IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA
Resumen
El Banco Central de Honduras reduce la tasa de interés oficial (TPM) de 6.50% a 6.25% anual, efectiva desde el 6 de julio de 2015. Esta decisión busca estimular la economía nacional aprovechando el buen desempeño económico. Afecta a todos los bancos e instituciones financieras que basan sus tasas en esta referencia.
Cadena de Modificaciones
Considerandos
- 1.Que corresponde al Banco Central de Honduras formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país.
- 2.Que el Directorio del Banco Central de Honduras en el desarrollo de su política monetaria utiliza la Tasa de Política Monetaria (TPM) como instrumento de señalización.
- 3.Que de conformidad con el desempeño favorable de las principales variables de la economía nacional e internacional, así como de las mejores expectativas económicas, la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA), en sesión del 29 de junio de 2015, recomendó a este Directorio reducir el nivel de la TPM en veinticinco puntos básicos (25 pb), para situarla en seis punto veinticinco por ciento (6.25%) anual a partir del 6 de julio de 2015.
Leyes relacionadas
Resolución No. 267-2015 — Aprobación de Personalidad Jurídica y Estatutos de Asociación Cinco Estrellas
Esta resolución aprueba la creación legal de la Asociación Cinco Estrellas, una organización sin fines de lucro basada en San Pedro Sula que promueve desarrollo humano integral, educación, salud y capacitación laboral. La asociación funciona como entidad civil independiente, democrática y transparente, con estructura de gobierno compuesta por asamblea general, junta directiva y órgano de fiscalización, y debe cumplir con reportes anuales ante el Estado.
Decreto 267-2015 | 2015
Resolución No. 822-2015 — Concesión de Personalidad Jurídica a FUNDACIÓN VIVE MEJOR
Esta resolución otorga personalidad jurídica a Fundación Vive Mejor, una organización sin fines de lucro con base en San Pedro Sula. La fundación construirá y mantendrá parques recreativos en comunidades rurales y urbanas como estrategia para prevenir criminalidad e integración comunitaria, debiendo reportar sus actividades y financiamiento anualmente al Estado.
Decreto 822-2015 | 2015
Resolución No. 289-93 — Reconocimiento de Personalidad Jurídica y Aprobación de Estatutos de la Junta Administradora del Acueducto Rural de la aldea Sartenejal
Esta resolución del Presidente reconoce legalmente a la Junta Administradora del Acueducto Rural de Sartenejal como organización válida y aprueba sus reglas de funcionamiento. La junta, integrada por presidente, secretario y tesorero, administra y mantiene el sistema de agua potable del pueblo, recaudando tarifas, contratando personal y reportando al SANAA sobre los ingresos y gastos del servicio.
Decreto 289-93 | 2016
Resolución No. 345-2015 — Concesión de personalidad jurídica y aprobación de estatutos del Ministerio Evangélico Dios Te Responde (El Eloha)
Esta resolución otorga reconocimiento legal al Ministerio Evangélico Dios Te Responde (El Eloha), una organización religiosa sin fines de lucro con sede en Copán Ruinas. El ministerio puede ahora operar legalmente en Honduras, predicar el evangelio, realizar campañas de evangelismo y ofrecer capacitación comunitaria, siempre que cumpla con las leyes del país y presente reportes financieros anuales a la Secretaría de Estado.
Decreto 345-2015 | 2015
Resolución No. 678-2014 — Concesión de Personalidad Jurídica a la Junta Administradora de Agua y Saneamiento de la Comunidad Coyolar Arriba y aprobación de Estatutos
Esta resolución otorga personalidad jurídica oficial a la Junta Administradora de Agua y Saneamiento de Coyolar Arriba, en Choluteca, permitiéndole funcionar como organización legal. La junta puede ahora administrar, operar y mantener el sistema de agua potable comunitario, cobrar tarifas, recibir donaciones y prestar servicios de saneamiento e higiene a los habitantes del área.
Decreto 678-2014 | 2015