VigenteCategoria: Mercantil
Decreto No. 059-2015 | 29 de abril de 2015

Resolución No. 059-2015 — Cancelación por no uso del Nombre Comercial 'KRAL PHARMACEUTIKA INTERNACIONAL'

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Resumen

Esta resolución cancela el registro del nombre comercial 'KRAL PHARMACEUTIKA INTERNACIONAL' de una empresa guatemalteca porque no lo usó en Honduras durante tres años ni pagó las cuotas anuales requeridas. La decisión protege los derechos de la empresa hondureña 'FARMACÉUTICA INTERNACIONAL', que registró primero su nombre comercial similar hace casi 40 años.

Considerandos

  1. 1.Que a petición de toda persona interesada, esta Oficina de Registro podrá cancelar el registro de una marca si ésta no se hubiese usado en el país durante los tres años ininterrumpidos precedentes a la fecha en que se inició la acción de cancelación o cuando el titular del derecho protegido no haya pagado la tasa anual de rehabilitación. Y en el caso que nos ocupa el Nombre Comercial denominado “KRAL PHARMACEUTIKA INTERNACIONAL”, con registro N°. 42498, su titular la sociedad LABORATORIOS Y DROGUERÍA DONOVAN WERKE A.G.S.A. no ha demostrado el uso en el territorio nacional en los últimos tres años.
  2. 2.Que se realizó un estudio en la base de datos del sistema y libros que para tal efecto lleva esta Oficina de Registro del Nombre Comercial denominado “KRAL PHARMACEUTIKA INTERNACIONAL” con registro N°. 42498 a favor de la Sociedad LABORATORIOS Y DROGUERÍA DONOVAN WERKE A.G.S.A. desde el 13 de agosto de 2010 según tomo 5 y folio 539 y se constató que no ha pagado la tasa anual de rehabilitación por falta de uso; asimismo el titular del derecho protegido no contestó en tiempo y forma la acción de cancelación planteada y tampoco no acreditó haber usado la marca en el país durante los tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de cancelación.

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