Resolución — Sanción por alteración del orden parlamentario y ratificación de medidas de control de asistencia
Articulos
Articulo 2
SANCIÓN POR ALTERACIÓN DEL ORDEN PARLAMENTARIO. El Diputado que por si realice, provoque o induzca a otros a cometer actos de violencia, daños, disturbios, interrupciones indebidas, agresiones o cualquier otra conducta que altere gravemente el orden parlamentario e interfiera con el normal desarrollo de las sesiones del Pleno del Congreso Nacional, será sancionado con la deducción equivalente a quince (15) días de salario por cada día en que se produzcan tales disturbios o alteraciones del orden. Para efectos de la aplicación de la presente disposición, se considerarán disturbios o alteraciones del orden aquellas conductas que impidan obstaculicen o interrumpan el desarrollo normal de la sesión del Pleno o el ejercicio de la deliberación parlamentaria conforme a las reglas de orden y debate establecidas
Articulo 3
EJECUCIÓN ADMINISTRATIVA. La Secretaría del Congreso Nacional notificará a la Unidad de Pagaduría Especial las deducciones salariales que correspondan para su aplicación conforme a la presente resolución.
Articulo 4
DESTINO DE LOS RECURSOS. Los recursos provenientes de las deducciones salariales establecidas en la presente resolución serán destinados a programas y obras sociales impulsados por el Congreso Nacional. La Pagaduría Especial del Congreso Nacional debe llevar el registro correspondiente de dichos recursos, informando periódicamente a la Junta Directiva sobre su aplicación.
Articulo 5
PRECEDENTE PARLAMENTARIO. La presente Resolución constituye precedente parlamentario conforme al Artículo 82 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, debiendo la Secretaría consignarla en el Libro Especial correspondiente para su debida constancia y aplicación en casos análogos.
Articulo 6
VIGENCIA. La presente Resolución entrará en vigencia en la fecha de su aprobación y debe ser publicado en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veinticinco días del mes de marzo de dos mil veintiséis. JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA PRESIDENTE CARLOS ROBERTO LEDEZMA CASCO SECRETARIO FRANCIS OMAR CABRERA MIRANDA SECRETARIO Por Tanto: Publíquese La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 27 D E MARZO D E L 2026 N o . 37,105 Sección “B” Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad “ADQUISICIÓN Y RENOVACIÓN DE DIFERENTES LICENCIAS INFORMÁTICAS PARA LA POLICÍA NACIONAL”. No. SEDS-LPN-GA-2026-013 La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la