Acuerdo Ejecutivo No. 002-2004 — Normas generales para el control del desarrollo de las Islas de la Bahía
Texto completo
Acuerdo Ejecutivo número 002- 2004 que aprobó las normas generales para el control del desarrollo de las Islas de la Bahía en lo que sea aplicable y obligatorio. * Queda a criterio de los Departamentos de UMA y Urbanismo previa autorización del Alcalde Municipal, la aplicación de los retiros anteriores en relación a la situación fisiográfica de cada sector, pudiendo adecuar la marcación de los retiros. Tabla Ilustrativa 0 1. Queda a criterio de los Departamentos de UMA y Urbanismo previa autorización del Alcalde Municipal, la aplicación de los retiros anteriores en relación a la situación fisiográfica de cada sector, pudiendo adecuar la marcación de los retiros.
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832 Tabla Ilustrativa 0 2.
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832 Tabla ilustrativa 3 retiros contiguo a la calle de Brick Bay a Marbella. Retiros mínimos aplicadas a las diferentes tipo de infraestructura como ser la ubición de servicios públicos en postes, cercos y edificaciones a lo largo de la calle que conecta desde Brick Bay a Marbella.
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832 Sección Cuatro: Requisito y Normas para Construcción y Diseño. Artículo No.14 Los requisitos para proyectos Residenciales / habitacionales deberán: Incluir en el plano del proyecto la elaboración de una Fosa Séptica y un sistema de drenaje de acuerdo al número de habitantes con que cuenta la vivienda. Tabla Ilustrativa 0 3. De no cumplir con los Requisitos solicitados, no se extenderán permisos de construcción a los solicitantes. El permiso de construcción de la fosa séptica es gratuito solamente las dos primeras es de decir de una a cinco y de seis a diez habitantes los demás se cobrará de acuerdo al presupuesto del mismo de 0.5%. Además, las fosas sépticas deben estar situadas en un lugar accesible al camión de succión de aguas servidas. El solicitante puede construir un sistema de fosa séptica, su equivalente o mejor. Prohibición. Es prohibida la construcción o el uso de fosas sépticas, lavanderos, fosas, letrinas o tubos de descarga sobre solares abiertos o que conduzcan o derramen los efluentes directamente sobre la vía pública, quebradas, ríos o el mar o que pudiesen afectar el pavimento, cercos, paredes o un acuífero subterráneo aprovechable. Sanciones. Se procederá a la remoción a costa del infractor y con la aplicación de una multa que podrá ser de Lps. 500.00 como mínimo hasta Lps. 10,000.00 como máximo según la gravedad del caso, a juicio de la autoridad municipal. Lo anterior sin perjuicio de apercibir al infractor de la obligación de construir un sistema séptico adecuado a sus necesidades dentro del plazo que señale la autoridad municipal, para lo cual se brindará un informe de los infractores a la Corporación Municipal cada mes. Artículo No.15 Las Normas específicas para el diseño de disposición de Estacionamientos privados observarán lo siguiente: a) El acceso de los vehículos a los diferentes pisos se efectuará por medio de montacargas o por una rampa con pendiente máxima de 16%. La altura libre para cada piso no será inferior a 2.20 m. b) Toda edificación nueva, así como toda edificación existente que sufra modificaciones o ampliaciones y/o a la cual se le pretenda cambiar el uso, deberá contar con un número mínimo de plazas de aparcamiento o espacios de estacionamiento para los vehículos de los habitantes, ocupantes, usuarios o visitantes del inmueble de acuerdo a lo establecido en las presentes normas. c) Todas las viviendas individuales, edificaciones residenciales o complejos habitacionales, así como todos los inmuebles destinados total o parcialmente a usos no residenciales, deberán contar con un número mínimo de plazas de aparcamiento o estacionamiento de acuerdo a su superficie útil. Para la correcta interpretación de la tabla los números mínimos de cajones de estacionamiento están expresados en función de los metros cuadrados de área útil de las edificaciones, salvo cuando expresamente indique otra referencia:
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832 Tabla Ilustrativa 0 4
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832 Sección Cinco: Permisos de Construcción. Artículo No.16 El Permiso de Construcción, es la autorización municipal para la realización de una obra, entendiendo como tal cualquier demolición, derribo, movimiento de tierras (excavaciones, cortes o rellenos, dragados), pavimentación, trazo de construcción, zanjeo, cimentación, construcción, edificación, reconstrucción, fundición, ampliación, modificación, reforma, remodelación, construcción de cisterna, así como cualesquier actividad derivada, conexa o complementaria a las anteriores, incluyendo cualquier otro tipo de intervención física en un inmueble que altere las características funcionales, ambientales, estructurales o de seguridad del mismo o de su entorno, abarcando también las obras de urbanización con sus respectivos servicios y la instalación o ubicación de estructuras destinadas a usos del suelo primario, cercos, servicios de publicidad o promoción, pero excluyendo aquellas transformaciones que puedan considerarse como modificaciones ligeras. La construcción de obras de edificación de cualquier naturaleza, sean urbanas o suburbanas, requerirán Permiso de Construcción emitido por el Departamento de Urbanismo de la Municipalidad de Roatán. Previo a la realización de una obra en un inmueble es obligatorio obtener el Permiso de Construcción. Donde se requiera Licencia Ambiental es necesario copia del expediente completo de MiAmbiente, donde este contenida las medidas de mitigación. Queda prohibido efectuar obras con Permisos vencidos, suspendidos o cancelados. Se exceptúan del trámite las modificaciones ligeras. Se entiende por modificaciones ligeras a los trabajos de carácter liviano, incluyendo repellos y cernidos, arreglos al cielo raso, pintura, instalación de molduras o elementos decorativos. Así mismo todo aquello que no modifique de hecho ninguno de los parámetros y otros aspectos normados por el Reglamento de Permiso de Construcción y otras normativas municipales, ni alteren las características funcionales, ambientales, estructurales o de seguridad de un inmueble o de su entorno. Si la obra conlleva al fraccionamiento de un predio o predios, debe solicitarse la autorización de fraccionamiento previo al proceso de Permiso de Construcción. El propietario y el ejecutor quedan expresamente obligados a devolver el Permiso de Construcción de la Obra en un plazo no mayor de quince (15) días después de concluidos los trabajos y con el Permiso de Construcción vigente. Una vez devuelto el Permiso de Construcción, el Departamento de Urbanismo realizará una inspección final. En la misma se verificará que la obra haya sido realizada conforme a los planos autorizados cumpliendo con las condiciones especiales estipuladas en el Permiso de Construcción. Toda solicitud de Permiso de Construcción debe adjuntar una copia de recibo de pago por inspección y Dictamen de la UMA siempre que se requiera del Departamento en mención. • Los tipos de Permiso de Construcción reglamentados son: 1. Permiso de Construcción Obra Nueva. 2. Permiso de Remodelación, Reparación y Obra Menor. 3. Permiso de Ampliación. 4. Permiso de Demolición. 5. Permiso de Movimiento de tierras y excavaciones. 6. Permiso de Construcción de Estructuras.
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832 Tabla Ilustrativa 0 5.
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832 Renovación del Permiso de Construcción. Una vez vencido el permiso de construcción sin que haya concluido la construcción, el solicitante deberá tramitar la renovación del permiso de construcción por el mismo tiempo de validez antes del vencimiento del mismo debiendo pagar la cantidad de un quince (15%) del valor que se pagó por el permiso. Si el permiso de construcción está vencido, el interesado deberá tramitar su renovación en los primeros 30 días a partir de la fecha de vencimiento. Una vez vencido el permiso de construcción sin que haya iniciado la construcción deberán pagar el 25% del valor del permiso de construcción para la renovación del mismo. Se podrá efectuar hasta un máximo de 2 renovaciones por Permiso de Construcción emitido. El permiso podrá ser solicitado en etapas. Requisitos para Solicitar Permisos de construcción. El Departamento de Urbanismo aceptará las solicitudes de permisos de Construcción que cumplan con los requisitos siguientes: Permiso de Construcción Obra Nueva:
- 1)
Presentar un documento que demuestre la propiedad o posesión del bien inmueble, ya sea Copia de la Escritura Pública o constancia del Propietario del Bien Inmueble debidamente autenticado por un abogado. (si el solicitante no es propietario del terreno deberá acreditar autorización del propietario debidamente autenticado por el notario.), etc.
- 2)
Copia del Recibo pagado de Bienes Inmueble de la propiedad del año en curso, además copia de Constancia de estar solvente de cualquier impuesto o tasa municipal extendida por el Departamento de Control Tributario.
- 3)
Documentos personales del Propietario de la obra como ser.
- a)
Copia de la Tarjeta de Identidad o del representante Legal si es Jurídica.
- b)
Copia del pasaporte (extranjeros no residentes).
- c)
Copia de la solvencia municipal.
- d)
Cuando será a nombre de una empresa deberán de presentar copia de la constitución de la sociedad de la empresa, copia de RTN, copia de identidad del propietario o represente legal con su respectiva carta de poder cuando sea el caso y la solvencia municipal.
- a)
- 4)
Documentos personales del Constructor e Ingeniero Civil como ser.
- a)
Copia de la tarjeta de identidad.
- b)
Copia carné vigente del constructor o Ingeniero Civil.
- c)
Copia de la solvencia municipal. i. Si el profesional o empresa responsable de la construcción no es domiciliada en Roatán, deberá pagar los impuestos establecidos en el plan de arbitrios, Mostrar planilla de los Constructores o trabajadores con copia de identidad y solvencia municipal que deben de ser ochenta por ciento de esta Jurisdicción municipal.
- a)
- 5)
Llenar la Solicitud de Construcción. (se adquiere en la oficina del Departamento de Urbanismo) y además una declaración Jurada donde el dueño se compromete a mantener este porcentaje de principio a fin.
- 6)
Presentar Licencia Ambiental de MiAmbiente si lo requiere y el contrato de cumplimiento de medidas de mitigación, más copia de pago por informe e Inspección de la UMA
- 7)
Para Compañías y Empresas Constructoras presentar copia del permiso de operación vigente.
- 8)
Indicar si cuenta con el servicio de agua potable y si tiene cobertura de aguas negras, si no cuentan con los servicios especificar cómo van a adquirir agua potable e indicar el tipo de tratamiento de aguas negras que se va utilizar. Nota: Ningún permiso será otorgado sin previo pago del mismo a la tesorería.
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832 Para proyectos con Presupuesto Menor de Lps. 500,000.00 presentar, además: 1. Planos o croquis firmado por un constructor autorizado e inscrito en la municipalidad de Roatán. 2. Plano de localización y conjunto acotado mostrando retiros de la calle, retiros lateral y posterior del terreno. Incluyendo retiros de quebradas, zonas vulnerables, Iron Shore y de la playa, cuando se aplica al proyecto. 3. Plano o Esquema de planta general con sus dimensiones. 4. Plano o Esquema de Instalaciones Hidro-sanitarias. 5. Descripción de la obra y que materiales se va utilizar en la obra. Para proyectos mayores a 100m2 con Presupuesto Mayores de Lps. 500,000.00 presentar, además:
- 1)
Juego de planos completos: (firmado, sellado y timbrado Por un Ingeniero Civil los cuales deberán estar registrados en la municipalidad- además versión digital en Auto Cad o PDF).
- 2)
Plano de localización y conjunto acotado mostrando retiros de la calle, retiros lateral y posterior del terreno. Incluyendo retiros de quebradas, zonas vulnerables, Iron Shore y de la playa, cuando se aplica al proyecto.
- 3)
Planos de planta constructiva, arquitectónica y fachadas.
- 4)
Plano de Instalaciones Hidro- sanitarias.
- 5)
Plano Eléctrico.
- 6)
Plano de Cimentaciones.
- 7)
Plano de (2) Cortes.
- 8)
Presentar Presupuesto desglosado incluyendo maquinaria y mano de obra firmados y sellados por el profesional de la ingeniería. Permiso de Ampliación:
- 1)
Presentar Documento de Identidad del Propietario o del Representante Legal si es persona jurídica.
- 2)
Presentar copia de escritura del terreno junto al recibo de pago que están al día de bienes inmueble.
- 3)
Juego de Planos (firmado, sellado y timbrado por un Ingeniero Civil).
- 4)
Plano de la situación actual del inmueble, señalando distribución de los ambientes y plazas de parqueo existentes. Son condiciones obligatorias para el ingreso de trámite de Permiso de Ampliación, además:
- 5)
Que el solicitante, el ejecutor y el inmueble estén SOLVENTES.
- 6)
Que el uso de la construcción sea PERMITIDO en concordancia con la zonificación y Uso de Suelo.
- 7)
Que la construcción no se encuentre en zona de preservación natural o de alto riesgo.
- 8)
Que las directrices de diseño del proyecto se sujeten a las establecidas en la zonificación. Permiso de Movimiento de tierras y excavaciones:
- 1)
Presentar Documento de Identidad del Propietario o del Representante Legal si es persona jurídica.
- 2)
Presentar copia de escritura del terreno junto recibo de pago de bienes inmueble que estén al día.
- 3)
Juego de Planos (firmado, sellado y timbrado).
- 4)
Plano de localización acotado y secciones típicas.
- 5)
Plano de curvas de nivel (cuando lo amerite).
- 6)
Plano de drenaje pluvial.
- 7)
Indicar la cantidad de material en metros cúbicos que se va mover.
- 8)
Cota o altitud del sitio. Son condiciones obligatorias para el ingreso de trámite de Permiso de Movimiento de Tierras y Excavación, además:
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832 o Que el solicitante, el ejecutor y el inmueble estén SOLVENTES. o Observar las medidas de mitigación y restauración indicadas en la Licencia Ambiental o indicadas por la UMA y si esta tierra se va a vender pagar tasa por extracción de esta tierra. Permiso de Construcción de Estructuras:
- 1)
Presentar Documento de Identidad del Propietario o del Representante Legal si es persona jurídica.
- 2)
Presentar copia de escritura del terreno.
- 3)
Juego de Planos (firmado, sellado y timbrado)
- 4)
Plano de estructuras Ejemplo: cercos, muros de contención, torres, cisternas, muelles etc.
- 5)
Son condiciones obligatorias para el ingreso de trámite de Permiso de Estructuras:
- a)
Que el solicitante, el ejecutor y el inmueble estén SOLVENTES y en los demás impuestos o tasas.
- b)
Que el uso de la construcción sea PERMITIDO en concordancia con la zonificación y Uso de Suelo. Remodelación, Reparación: 1. Llenar el formulario para solicitud de permiso de construcción. 2. Fotocopia de escritura. 3. Fotocopia de cédula de identidad, solvencia municipal y último recibo de bienes inmuebles de la propiedad. 4. Presupuesto de la Obra. 5. Juego de planos siguientes: Plano de Ubicación de la construcción dentro de la propiedad, Plano Arquitectónico, Plano Constructivo, Plano de Fachadas, de ser necesarios. Nota: Cuando la construcción sea igual o mayor a 100.0 metros cuadrados el presupuesto sea igual o mayor de L. 500,000.00, el juego de planos y presupuesto, deberán ser firmados, sellados y timbrados por un Ingeniero Civil. Demoliciones Para demoler una edificación o estructura dentro del perímetro urbano el interesado deberá solicitar autorización previamente, debiendo pagar L.5.00 por metro cuadrado del área a demoler. Material saliente de demoliciones o planteles deberá colocarse en sitios que no obstruyan la vía pública. El incumplimiento de este inciso, una vez entregado y recibido el aviso de retiro de materiales por el propietario del inmueble, debe recoger su propio desecho de material y contratar una volqueta o camión y notificar que automotor será y la hora para recoger será de 5 A.M. a 6 A.M. y de 5 P.M. a 7 P.M., en caso de no hacerlo La Municipalidad recogerá los materiales sin perjuicio a la aplicación de la multa y recargos por el acarreo respectivo. El departamento concederá un plazo máximo de tres días tomando en cuenta la magnitud de la obra. Nota: Previo aviso del Departamento de Planificación Urbana y pasando el tiempo de permiso de materiales en calle dará lugar a una multa de L 2,000.00 por M2 o dos salarios mínimos. Requisitos para solicitar Renovación del Permiso de Construcción. Para el trámite de Renovación de Permiso de Construcción se deben presentar los siguientes requisitos obligatorios de acuerdo a las categorías de construcción: 1. Presentar Permiso de Construcción 2. Si se ha cambiado de propietario el Bien Inmueble deberán actualizar los siguientes datos: Presentar Documento de Identidad del Propietario o del Representante Legal si es persona jurídica. 3. Presentar copia de escritura del terreno.
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832 4. Presentar los Planos actualizados del proyecto si hubo cambios junto con el nuevo cálculo de presupuesto en base al precio actual de la construcción del presente año. • Son condiciones obligatorias para la renovación de Permiso de Construcción: 1. Que el solicitante, el ejecutor y el inmueble estén SOLVENTES en el pago de sus obligaciones tributarias municipales. Obligación de Propietario, Constructor e Ingeniero Civil. Al ser autorizada toda Licencia Municipal, existe la obligación solidaria y mancomunada entre el constructor, Ingeniero Civil y propietario, de pagar a la Municipalidad de Roatán cualquier gasto que se origine por la reparación de desperfectos en los servicios o infraestructura de la población causados por los trabajos de la obra a que se refiere. Igualmente serán responsables por los daños o perjuicios que ocasionen a terceras personas o a sus bienes, esta obligación debe ser firmada y aceptada que estén de acuerdo por las partes involucradas. Sección Seis: Tasas Específicas. Artículo No.17 Tasa por Permiso de construcción. Se cobrarán las tasas siguientes, a fin de emitir los permisos de construcción correspondientes y cuyo pago se hará de manera anticipada. Los permisos se extenderán una vez que el Departamento de Urbanismo se haya pronunciado respecto a la revisión de planos constructivos: Por la primera inspección se pagará: • Construcciones domiciliarias L. 500.00 • Construcciones comerciales L. 1,000.00 El pago de esta tasa no garantiza la autorización del permiso de construcción. Por revisión y aprobación de planos constructivos o urbanísticos:
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832 Por revisión, análisis de cálculos estructurales, presupuesto, inspección física del sitio de construcción, comprobación del uso adecuado de la tierra, normas de construcción y de infraestructura, volumen de edificación, factor de ocupación, áreas verdes y altura de construcción: Pagará el 1% (uno por ciento) del presupuesto de la obra; y En proyectos de vivienda de interés social desarrollado por las instituciones competentes, el valor de la tasa no excederá del 0.5 % (medio por ciento) del presupuesto de la obra según lo determine la Corporación Municipal, mediando petición fundamentada; o cuando se trate de proyectos de construcción de obras declaradas de interés público por el Congreso Nacional, el Poder Ejecutivo directamente o por medio de alguna Secretaría de Estado o la Corporación Municipal. La Corporación Municipal podrá dispensar el cobro de esta tasa para proyectos de vivienda popular que se desarrollen sin fines de lucro. Se pagará el 5% (cinco por ciento) del presupuesto de la obra, cuando se trate de dragado movimiento de tierra, arena y construcción de calles o caminos de acceso. Se pagará una tasa que resulte del equivalente de Tres Dólares ($ 3.00) en moneda nacional por metro cúbico por extracción o venta de arena de mar; Se pagará una tasa que resulte del equivalente de Un Dólares ($ 1.00) en moneda nacional por metro cúbico de otros materiales extraídos de sitios específicos. o Todas estas extracciones de material requerirán previa inspección, prevención del impacto ambiental y autorización municipal. POZOS DE AGUA: Perforación. Se pagará una tasa de Lps. 10,000.00 o el equivalente al 2.5% del presupuesto de obra el que fuese mayor; Consumo. Por el consumo de agua extraída de pozo se pagará anticipadamente una tasa anual así: Uso doméstico habitacional Lps. 3,000.00 Uso en hoteles 6,000.00 Lavaderos de Carros (Car Wash) 6,000.00 Embotelladoras o uso industrial 20,000.00 Los permisos serán analizados y otorgados en cada caso dependiendo de la factibilidad, necesidad y justificación del proyecto clasificados al libre juicio de la Municipalidad en consulta con otras autoridades si fuere necesario. La Unidad Municipal del Ambiente (UMA) dictaminará y categorizará todos los proyectos y señalará los requisitos previos para su aprobación. Por Inspección y constancia de proyectos sometidos a la intervención de UMA: L. 2,000.00 La Alcaldía Municipal con la colaboración de la UMA determinará los proyectos que deberán presentar medidas compensatorias ambientales o infraestructura, estas medidas serán determinadas y aprobadas por la Corporación Municipal previo al otorgamiento del respectivo permiso de construcción. Sección Siete: Permisos Especiales. Artículo No.18 Los Permisos de Instalación para Torres de Telecomunicaciones, Postes y Alambre Aéreo o Subterráneo se sujetarán a las siguientes disposiciones: Sin perjuicio de la tasa especifica que deberán pagar Cada titular de equipo de recepción, transmisión, modulación, señal de comunicación telefónica, celular, enlaces de frecuencias del espectro radioeléctrico, instalado en torres u otra estructura. Toda empresa de telecomunicaciones que necesite instalar una torre tendrá que solicitar y pagar el Permiso de Construcción. Además, debe pagar anualmente por el Derecho de Uso del Espacio Municipal por ocupación de las torres, la cantidad de DOS MIL LEMPIRAS (L. 2,000.00) por cada unidad por derecho de permanencia, estos valores se incluirán en el primer mes a facturar del Impuesto de Industria, Comercio y Servicio. Los propietarios de estas estructuras, están en la obligación de instalar señales luminosas intermitentes de color rojo en la parta más alta de las mismas. Toda empresa que para prestar sus servicios requiera de la instalación de postes, sean estos de madera, cemento o metal y cableado o alambres conectados o suspendidos en
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832 los postes antes descritos, deben pagar por el uso del espacio aéreo o subterráneo del municipio. Toda empresa que tenga o instale cableado o redes subterráneas, debe entregar al Departamento de Urbanismo, un plano detallado, donde se señale la ubicación y conformación de las mismas, antes de la aprobación del Permiso de Instalación, por parte de la Corporación Municipal. Por la Instalación y Renovación de cada CAJA DE NODOS, que cualquier empresa de Servicios de Telecomunicaciones instale en el municipio, debe pagar el Permiso de Construcción Tasa Por Utilización de Espacio y Compensación Ambiental: Por cada poste instalado con líneas de conducción de servicio eléctrico, telefónico, televisión u otros, Lps. 500.00 anual si es poste de madera y Lps 1,000 si es poste de concreto. Y el cincuenta por ciento por uso del mismo poste concedido a terceros. Por cada poste no declarado a la municipalidad, se le cobrará adicionalmente una multa del doble del valor que le correspondía, sin perjuicio del cobro de la tasa respectiva. La municipalidad se reserva el derecho de hacer inventario y supervisiones periódicas para comprobar los datos proporcionados. Nota: Las tasas Anuales por derecho de uso por Espacio Aéreo de torres, equipos, cables, antenas de los servicios de radio, cable, televisión y telecomunicaciones, no se cobrarán por haber sido canceladas por los efectos del Decreto 55- 2012 del Soberano Congreso Nacional. La Municipalidad deberá remitir un informe a la CONATEL, relacionando el nombre de las empresas operadoras de telecomunicaciones que cuentan con permiso de operación o que se encuentran operando dentro del municipio, así como el número de torres u estructuras de servicios. Ya que por Ley le corresponde a CONATEL efectuar el cálculo del valor del impuesto que le corresponde a cada Municipalidad. Sin embargo, queda vigente el cobro de la tasa municipal para el servicio eléctrico y lo relacionado en la tasa municipal del permiso de construcción, de igual forma quedan vigentes las medidas de seguridad, iluminación, colores y medidas de mitigación pertinentes. Artículo No.19 Sin perjuicio de lo que dispone el artículo diecisiete de este Plan los permisos de construcción de las actividades relacionas en la presente sección se regularán de conformidad a lo siguiente: Construcción de Muelles: Pagará previo dictamen favorable de la UMA. 1. Permisos de construcción de una estructura nueva de muelle se pagará el 3% del presupuesto de la obra. 2. Permiso para la reconstrucción de muelle existente se pagará el 2% del presupuesto de la obra. 3. Permiso para reparación de muelles existentes se pagará la tasa de 1% del presupuesto de la obra. Definición de Muelles: Estructura nueva: construcción de una estructura nueva que no existía antes. Reconstrucción: se construya en su totalidad la obra de nuevo con material nuevo, debido a daños a la estructura causados por fenómenos naturales o deterioro del mismo etc... Reparación: como ser mantenimiento de partes de la estructura deteriorado considerando como obra menor. Nota: En la comunidad de WEST END ya no es permitida la construcción de muelles o cualquier otra estructura llámese como se llame dentro del mar. Los permisos de embaulado: Se prohíbe la desviación del cauce natural de la quebrada, debiéndose mantener el ancho natural del cauce y las ares de protección. Toda Construcción que colinda con quebrada y no respete los márgenes de escorrentía, retiros y niveles de calles no será autorizada. Queda entendido que en los lugares donde se construyeron o construyan embaulados no se permitirá construir edificaciones permanentes, sólo se podrá utilizar para parqueos de uso liviano, tendederos y casetas móviles, debiendo el interesado firmar un acta de compromiso en el Departamento de Planificación Urbana. El cerramiento, desviación o embalse de cauces de quebradas o aguas lluvias, estanques y lagunas artificiales no podrán ser autorizados cuando afecten derechos de terceros. Se procederá a la remoción del cerramiento, desviación o encause a costa del inculpado sin perjuicio de la aplicación de una multa no
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832 menor de Lps. 500.00 y no mayor de Lps. 2,000.00 por cada vez. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la obligación de efectuar las obras de mitigación o compensación necesarias según dictamen del Departamento de Urbanismo Municipal. Los permisos de construcción de embaulado, previa autorización de la UMA, sólo tendrán vigencia por un año, si en ese tiempo no se dieron inicio los trabajos de construcción el permiso pierde validez, debiendo pagar el interesado la misma cantidad de dinero por renovación del permiso. Artículo No.20 La construcción de cisterna para la recolección de agua se regulará de la siguiente manera: En Viviendas se permitirá cisternas de hasta un máximo de 40 metros cúbicos. Construcciones con fines comerciales como ser: clínicas, bodegas, supermercados, hoteles, sólo se permitirá cisternas de hasta un máximo de 80 metros cúbicos. 1. Por la construcción de cisterna en la parte residencial el interesado deberá pagar L. 80.00 por cada metro cúbico. 2. Por la construcción de cisterna en el sector comercial el interesado deberá pagar L.220.00 por cada metro cúbico. Nota: En la construcción de complejos habitacionales, hoteles, vías, etc. deben construir tanques de abastecimientos de agua para que en caso de un incendio los bomberos puedan llenar sus unidades contraincendio, esto como medida de prevención. Todos los negocios y establecimientos deben cumplir con todas las medidas de seguridad recomendadas por el Cuerpo de Bomberos, como ser los extintores contraincendio de acuerdo a su grado de peligrosidad y todas las salidas de emergencia rotuladas. Estas medidas deben aplicarse a todos los negocios e instituciones donde se aglomeren muchas personas; en cuanto a los hoteles, villas y establecimientos de más de dos pisos debe haber salidas adicionales como escaleras exteriores para evacuación de personas.
- a)
- 1)
- 1)
- 1)
- 1)