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29 de diciembre de 2018Vigente Descargar PDF original

Acuerdo — Requisitos para la aprobación de un Proyecto de Lotificación

Corporación Municipal de Roatán

  • Publicación: 29 de diciembre de 2018
  • Órgano emisor: Corporación Municipal de Roatán
  • Gaceta: 34,832

Texto completo

Sección Diez: Lotificaciones. Artículo No.23 Requisitos para la aprobación de un Proyecto de Lotificación. Una vez categorizada la Intención de Lotificación del Proyecto el interesado deberá obtener su aprobación presentando lo siguiente:

  • 1)

    Fotocopia de Escritura

  • 2)

    Juego de planos debidamente firmados y sellados y de carácter obligatorio en formato digital DWG a la oficina de Urbanismo y Catastro:

    • a)

      Plano de ubicación del proyecto

    • b)

      Plano de la poligonal con lectura

    • c)

      Plano de distribución de lotes

    • d)

      Plano con curvas de nivel del terreno

    • e)

      Plano de perfiles y ejes de calles y avenidas

    • f)

      Plano de alcantarillado sanitario o sistema de tratamiento de aguas servidas Previamente autorizado por la municipalidad.

    • g)

      Plano del sistema de agua potable

    • h)

      Plano de alcantarillado pluvial y otros necesarios.

    • i)

      Plano con la especificación clara del área que obligatoriamente debe reservarse como zona oxigenante conocido como ÁREA VERDE que representa un mínimo del 10% del área a desarrollar. Previo a la autorización de la lotificación se debe efectuar el traspaso o dominio legal a la Municipalidad del área oxigenante áreas verdes. El traspaso deberá de registrarse en el Depto. de Catastro, con copia de planos y título de traspasos en el Depto. de Urbanismo y la UMA. Objetivo del registro en catastro del área verde será registrada bajo un clave identificado como área verde, una vez catastrados no se podrá edificar esta zona de reserva y de oxigenación por excepto la perforación de pozo para abastecer la lotificación, el mismo será registrado exclusivamente bajo un clave más las aceras, calles y avenidas.

  • 3)

    Memoria técnica del proyecto

  • 4)

    Licencia Ambiental de la MiAmbiente si aplica o permiso de la UMA en su defecto.

  • 5)

    Constancia de RECO o de la fuente que va prestar los servicios de electrificación, para la cobertura del servicio en el área a lotificar.

  • 6)

    CISTERNAS, ubicación y capacidad de las cisternas.

  • 7)

    Señalamiento de la fuente de agua a utilizar.

  • 8)

    Señalamiento de la calle de acceso. a. Es de carácter Obligatorio que toda urbanización, complejos turísticos o lotificaciones, que maneja entrada con trancas de seguridad, firmar un acta de compromiso con el Depto. de Catastro antes de registrar la lotificación en el sistema catastral, que permita la entrada a los funcionarios de la alcaldía debidamente identificada que requiere realizar inspecciones, monitoreo o control y seguimiento de campo y la atención de una denuncia, el libre paso para que ejerce sus funciones de trabajo. b. Es de carácter obligatorio que toda nueva apertura de calle deberá ser pavimentada.