Acuerdo — Fraccionamiento de Terrenos para Urbanizar
Corporación Municipal de Roatán
- Publicación: 29 de diciembre de 2018
- Órgano emisor: Corporación Municipal de Roatán
- Gaceta: 34,832
Texto completo
Artículo No.24 Fraccionamiento de Terrenos para Urbanizar. Para que el propietario de un terreno pueda efectuar el fraccionamiento, parcelamiento o división del mismo con fines de urbanización, deberá:
- a)
Tener título de propiedad del inmueble o adquirir el dominio pleno de dicho inmueble, para lo que será
A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832 necesario solicitar la venta del mismo a la Honorable Corporación Municipal, quien determinará el valor de la venta, de acuerdo a un porcentaje del valor indicado por el Departamento de Catastro Municipal.
- b)
Tener Incluido los proyectos de Energía Eléctrica, Agua Potable y Aguas Negras dentro de la urbanización.
- c)
Obtener la aprobación del fraccionamiento por parte de la Urbanismo, toda vez que se haya cumplido con todos los requisitos establecidos para dicho Procedimiento.
- d)
Efectuar un pago único de Cinco mil Lempiras (L.5, 000.00), al momento que el urbanizador realice la solicitud por concepto de emisión de Directrices de Diseño y categorización para el proyecto de urbanización. Por los servicios de supervisión, el urbanizador pagará la cantidad estipulada en la siguiente tabla: Por la intervención oficiosa de parcelamientos informales o clandestinos que no cumplan con los requisitos básicos establecido en este Plan, se pagará un importe fijo de DOS MIL DOSCIENTOS LEMPIRAS (L.2, 200.00) para su categorización, sin perjuicio de cobro adicional de las tasas por los servicios técnicos que sean necesarios para su regularización.