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29 de diciembre de 2018Vigente Descargar PDF original

Acuerdo — Multas y Sanciones por Trabajos con Maquinaria

Corporación Municipal de Roatán

  • Publicación: 29 de diciembre de 2018
  • Órgano emisor: Corporación Municipal de Roatán
  • Gaceta: 34,832

Texto completo

Sección Tres: Multas y Sanciones por Trabajos con Maquinaria. Artículo No.29 Queda terminantemente prohibido en este término municipal las siguientes actividades:

  • 1)

    Es prohibido el movimiento de tierra sin tomar las medidas de ingeniería necesarias para evitar ulterior erosión, deslizamiento o derrumbe; Se aplicará una multa que oscilará entre Lps. 2,000.00 como mínimo a Lps. 1,000,000.00 como máximo según la magnitud del trabajo, tanto al dueño de la obra como al que efectúa la obra en forma solidaria, sin perjuicio de la obligación de reparar el daño causado con la obra. En caso de rebeldía

    A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832 o desobediencia se agregará la correspondiente denuncia ante el Ministerio Público.

  • 2)

    Es prohibido realizar obras o trabajos que impliquen la movilización del suelo entre los meses de noviembre a enero considerando como temporada de VEDA; exceptuando los casos que determine el Alcalde Municipal siempre y cuando observe lo siguiente:

    • a)

      Cuando se trate de proyectos de construcción de obras declaradas de interés público por el Congreso Nacional, el Poder Ejecutivo directamente o por medio de alguna Secretaría de Estado y/o la Corporación Municipal.  Cumplir con todas las medidas de mitigación extendidas por la Secretaría del Ambiente, las que serán reforzadas y monitoreadas por la Unidad Municipal Ambiental.  Presentar un cronograma de actividades para que la Unidad Municipal Ambiental pueda darles control y seguimiento; y,  Cada empresa deberá contar con un Regente Ambiental debidamente colegiado para establecer un enlace entre la Municipalidad y el Proyecto.

    • b)

      Cuando se trate de microproyectos (menos de 200 m2 de utilización de suelo), que no impliquen la salida del material del sitio de la obra; además deberán cumplir con todas las medidas de mitigación ambiental exigidas por la UMA, la construcción obligatoria de un muro perimetral para evitar la erosión del material y deberá tener supervisión y vigilancia durante la ejecución de la obra.

    • c)

      En este caso, sin perjuicio de las excepciones, la contravención causará que el contratista y el propietario del terreno paguen, independientemente una multa entre L.10,000.00 a L.1,000,000.00 según la magnitud del corte y movimiento de tierra. Sin perjuicio de las acciones que tome la jefatura de control Urbano, por ser en temporada de Veda, así como también el decomiso del equipo.