Acuerdo No. 45 — Prohibición de descarga de aguas residuales crudas en cuerpos de agua
Municipalidad de Roatán
- Decreto: 45
- Publicación: 29 de diciembre de 2018
- Órgano emisor: Municipalidad de Roatán
- Gaceta: 34,832
Texto completo
Artículo No.45 Se prohíbe terminantemente, dentro del término municipal, la descarga de aguas residuales crudas, desechos tóxicos líquidos, sólidos o gaseosos sobre los cuerpos de agua que por escorrentía superficial o por infiltración contaminen los mantos acuíferos y afecten la salud humana, la vida acuática y perjudiquen el equilibrio ecológico en general. La contravención de esta norma municipal, para los dos artículos anteriores dará lugar a una Multa que va desde L. 1,000 a L. 1,000,000.00, según sea la gravedad del impacto causado. Además de la suspensión inmediata de las descargas. Esta multa no exime de responsabilidad al infractor para responder a cualquier acción penal por el delito correspondiente según la gravedad y magnitud del caso.