Acuerdo No. 47 — Obligación de limpieza de solares baldíos, abrevaderos y lagunas
Municipalidad de Roatán
- Decreto: 47
- Publicación: 29 de diciembre de 2018
- Órgano emisor: Municipalidad de Roatán
- Gaceta: 34,832
Texto completo
Artículo No.47 Todos propietarios de Solares Baldíos, Abrevaderos y lagunas naturales/artificiales, estarán obligados a su limpieza mensualmente, para evitar la proliferación de vectores. La Municipalidad por medio del Departamento Municipal de Justicia, en coordinación con la UMA, Salubridad y Catastro, podrá mandar a limpiar los solares baldíos ubicados dentro del perímetro urbano y de los abrevaderos de ganado, lagunas naturales o Artificiales, que los propietarios de los mismos no los hayan limpiado estando obligados a pagar dicho servicio al momento de pagar los Impuestos Sobre los Bienes Inmuebles. Notificándole al departamento de Control Tributario el detalle de solares baldíos limpiados y la tarifa del cobro por cada uno. Procesos de Evaluación Ambiental en la Ejecución de Proyectos.