Vigente
17 de diciembre de 2021 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 35,800

Decreto Legislativo — Operación de instituciones en Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI)

Articulos

Articulo 236

A fin de garantizar el cumplimiento a lo establecido en los Artículos 4, 5 y 47 numeral 5 de la Ley Orgánica del Presupuesto (Decreto No. 83-2004), todas las instituciones del Gobierno Central (Secretarias de Estado, Entes Desconcentrados, Instituciones Descentralizadas, Poderes de Estado y Órganos Constitucionales) y Empresas Públicas, deben estar operando en el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI). Las instituciones descentralizadas que cuenten con un sistema administrativo, financiero y contable deben diseñar y desarrollar técnicamente una interfaz con el SIAFI, respondiendo a las necesidades de integración, consistencia y confiabilidad, debiendo registrar la ejecución del ingresos y gasto identificando en este último la persona natural o jurídica que provee servicios y/o bienes a las Instituciones. En caso de no cumplir con dichos criterios debe implementar el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI) para incorporarse al sistema de cuenta única. Con cada una de las Instituciones del Sector Público Descentralizado que no están operando en SIAFI, la Dirección General de Instituciones Descentralizadas coordinarán las acciones de implementación del sistema, dando seguimiento al cumplimiento de las actividades y fechas programadas, con la asistencia de los Órganos Rectores de cada Subsistema y el apoyo de las Unidades Técnicas correspondientes. El incumplimiento de la implementación del SIAFI conllevará la medida de no transferir la fuente nacional por parte de la Tesorería General de la República y/o la restricción de las modificaciones presupuestarias por parte de la Dirección General de Presupuesto, la implementación del SIAFI deberá ser realizada gradualmente, con el acompañamiento en la revisión de los procesos por parte de la Unidad de Modernización y el apoyo técnico de la Unidad de Innovación y Tecnología. Todos los municipios y mancomunidades del Sector Gobiernos Locales, deben estar operando en el Sistema de Administración Municipal Integrada (SAMI), aquellas que no estén operando en SAMI, la Secretaría de Finanzas a través de la Dirección General de Instituciones Descentralizadas con la asistencia de los Órganos Rectores en cada Subsistema y el apoyo de las Unidades Técnicas correspondientes establecerán un cronograma de actividades para la implementación del sistema.

Leyes relacionadas

Decreto Legislativo — Aprobación de Contrato de Operación de Planta Generadora de Energía Eléctrica con Fuente Solar
Honduras autoriza que la empresa MECER construya y opere una planta solar de 25 megavatios en Choluteca durante 50 años. La empresa genera electricidad limpia que vende al sistema nacional, recibe beneficios fiscales y el Estado puede comprar la planta al finalizar el contrato.
Decreto | 2015
Decreto Legislativo 185-2020 que aprueba el Contrato de Operación para la Generación de Potencia y Energía Eléctrica entre la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente y la Sociedad Mercantil Hidroeléctrica Zompopero, S.A. de C.V.
El Decreto 185-2020 aprueba un contrato entre la Secretaría de Recursos Naturales y la empresa Hidroeléctrica Zompopero para generar electricidad usando agua. Esta operación producirá 14,980 kilovatios de potencia, beneficiando el suministro energético nacional y requiriendo aprobación legislativa porque sus efectos se extienden más allá del período de gobierno actual.
Decreto 185-2020 | 2020
Decreto Legislativo — Aprobación del Manual de Operación para la Implementación Articulada de la Estrategia Plataforma de Gestión Vida Mejor
El Congreso Nacional aprobó un manual operativo para implementar la estrategia "Plataforma de Gestión Vida Mejor" en Honduras, alineándola con las normas nacionales. Este manual establece los procedimientos y requisitos que deben seguir las instituciones públicas para ejecutar correctamente esta estrategia de gestión gubernamental.
Decreto | 2015
Decreto Legislativo No. 91-2013 — Aprobación de Contrato de Operación para la Explotación de Hidrocarburos en Zona Marítima de la República de Honduras
Decreto 91-2013 | 2023
Decreto Legislativo No. 111-2014 — Aprobación del Contrato de Operación para la Generación, Transmisión y Comercialización de Energía Eléctrica entre la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales, Ambiente y Minas y la Compañía Solar Power, S.A. de C.V. (SOPOSA)
Este decreto aprueba un contrato entre Honduras y Solar Power para operar una planta solar de 50,000 kilovatios en Nacaome, Valle. La empresa generará y venderá electricidad al país durante 50 años, con obligaciones de construir la planta en 48 meses, mantener un fondo de reserva y cumplir normas ambientales y técnicas.
Decreto 111-2014 | 2015