VigenteCategoria: Penal
Decreto No. FGAR-004-DSB-2019 | 29 de enero de 2019 | La Gaceta No. 34,764
Acuerdo Ministerial No. FGAR-004-DSB-2019 — Reforma al Reglamento Especial de Organización y Funcionamiento de la Dirección de Medicina Forense - Creación de plaza de Asistente
Considerandos
- 1.Que conforme a los artículos 232 y 233 de la Constitución de la República se establece que el Ministerio Público es un organismo profesional especializado responsable de la representación, defensa y protección de los intereses generales de la sociedad y como tal, le corresponde el ejercicio oficioso de la acción penal pública, teniendo la coordinación técnica y jurídica de la investigación criminal y forense. Asimismo, goza de autonomía administrativa y su titularidad le corresponde exclusivamente al Fiscal General de la República, bajo cuya dirección, orientación, administración y supervisión está sometido; quien ejerce sus atribuciones directamente o por medio de los funcionarios o empleados que designe, quienes actuar conforme a los principios de unidad de actuaciones y dependencia jerárquica.
- 2.Que el Ministerio Público en su Plan Estratégico 2015-2020 estableció los mecanismos para impulsar el proceso de modernización institucional, mediante sus objetivos estratégicos, adoptando una filosofía institucional que le permita organizarse y trabajar de acuerdo a los requerimientos de un sistema de justicia criminal moderno, volviendo de esta ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL manera más eficaz y profesional su gestión para garantizar el debido proceso y una pronta justicia.
- 3.Que en fecha 25 de julio del 2017, se emitió el acuerdo FGR-011-2017, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 29 de julio del 2017, el cual contiene el Reglamento Especial de Organización y Funcionamiento de la Dirección de Medicina Forense; mismo que tiene como objeto organizar, estructurar y regular el funcionamiento y régimen jurídico al que habrá de ajustar su actuación la Dirección de Medicina Forense, determinando su función como ente coadyuvante de las acciones y procesos investigativos desarrollados por el Ministerio Público, sujeto a la jerarquía determinada por el Fiscal General de la República para el efectivo cumplimiento de las funciones determinadas por los artículos 4, 16 No. 4, 24 No. 7, 44 No. 3 y 52 de la Ley del Ministerio Público.
- 4.Que la Dirección de Medicina Forense, está bajo la responsabilidad y administración del Director de Medicina Forense, nombrado y de libre remoción por el Fiscal General de la República, de conformidad a lo dispuesto por la Ley, Estatuto de la Carrera del Ministerio Público y su Reglamento General; funcionario que actúa en todo momento bajo la estricta subordinación y dependencia de la Fiscalía General de la República, siendo responsable legalmente por administrar, supervisar y coordinar las actuaciones de los peritos forenses del Ministerio Público, técnico y demás servidores bajo a su cargo, debiendo emitir las directrices correspondientes al servicio, que garanticen la efectiva gestión forense y el éxito de la labor desarrollada por la dirección.
- 5.Que esta Fiscalía General Adjunta de la República, delegada según Acuerdo FGR-016-2018, como responsable de la dirección, orientación y supervisión de la Dirección de Medicina Forense (DMF) y el cumplimiento de las atribuciones determinadas por el artículo 24 de la Ley del Ministerio Público, en cuanto fuere aplicable a esta Dirección, en relación con el artículo 53 de la Ley del Ministerio Público y demás aplicables. Estima necesario, para un adecuado desarrollo de las actividades delegadas en la Dirección de Medicina Forense, que el Director cuente con asistentes, que le permita descargar la actividad de la Dirección, dando cobertura a las exigencias técnicas y administrativas que genera la Dirección de Medicina Forense, mediante una coordinación efectiva de las tareas encomendadas; e igualmente, que coadyuven a la supervisión de las tareas desarrolladas por los diferentes departamentos y laboratorios adscritos a Medicina Forense, para potencializar la comunicación y transparencia en las actividades de administración del sistema de carrera del Ministerio Público.
- 6.Que bajo las facultades expresadas en la Constitución y desarrolladas por la Ley del Ministerio Público, corresponde al Fiscal General de la República la emisión de reglamentos, órdenes, instrucciones, circulares, entre otros, para dar fiel y eficiente cumplimiento a los objetivos y fines por los cuales fue constituido como Representante, Defensor y Protector de los Intereses Generales la Sociedad; por lo tanto, habiéndose delegado expresamente esta facultad en la Fiscalía General Adjunta, está en estricta aplicación del principio de Especialidad, atinente a las fuentes y jerarquía del derecho administrativo, en ejercicio de su potestad reglamentaria delegada para los efectos de dar cumplimiento a los objetivos de adaptar la estructura orgánica del Ministerio Público a los Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 235-2018
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