Vigente
17 de diciembre de 2021 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 35,800

Decreto Legislativo — Artículo 246 - Publicación de liquidaciones de transferencias en páginas WEB institucionales

Articulos

Articulo 246

Las instituciones del Estado deberán publicar en su página WEB, a través de las Gerencias Administrativas, las liquidaciones que presenten las instituciones beneficiadas de todas las transferencias consignadas en los presupuestos previo a realizar un nuevo desembolso.

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