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Decreto No. 020-2024 | 5 de enero de 2025 | Presidencia de la República - Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional

Acuerdo Ejecutivo No. 020-2024 — Ascenso al Grado de Teniente de 170 Oficiales con grado de Subteniente de las Fuerzas Armadas

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LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, DECRETA: Como medida extraordinaria en materia económica por razones de interés público y social, para hacer frente a la tendencia al alza del precio del gas licuado del petróleo (GLP) en el mercado internacional y mitigar su impacto negativo en la economía de los hogares hondureños, SE ORDENA subsidiar el precio para la venta del Gas Licuado de Petróleo (GLP) durante el año dos mil veinticinco (2025), para los cilindros de uso doméstico en las presentaciones con capacidad de diez (10), veinte (20) y veinticinco (25) libras; mediante el precio base que se tome a través del Sistema de Precios de Paridad de Importación, para todas las ciudades del territorio nacional. 02/01/2025

Se adjunta DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 02-2025, LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, DECRETA: Como medida extraordinaria en materia económica por razones de interés público y social, para proteger la economía de las familias de los sectores económicamente más vulnerables del país, se otorgará un subsidio al pago de la energía eléctrica para los abonados que registren consumos iguales o inferiores a 150 kWh al mes, para lo cual se autoriza e instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), para que realice las operaciones presupuestarias, financieras y contables necesarias durante el ejercicio fiscal 2025, que permitan disponer del subsidio del pago del sesenta por ciento 60% para la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), a favor de alrededor de UN MILLÓN (1,000,000.00) de clientes con consumos iguales o inferiores a 150 kWh, los cuales pueden variar mes a mes, según su tasa de consumo. Los montos mensuales deberán ser trasladados a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) en un período no mayor a cuarenta y cinco (45) días, una vez recibida la notificación por parte de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), con la información revisada, depurada y certificada de la base de clientes subsidiados. 02/01/2025

Se adjunta

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