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17 de diciembre de 2021 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 35,800

Decreto Legislativo — Artículo 231 - Restricción en traslado de transferencias con beneficiario específico

Articulos

Articulo 231

Los recursos de transferencias con beneficiario especifico no pueden ser trasladados ni disminuidos a un fin distinto al que fueron asignados o ejecutados a favor de un beneficiario diferente al de la transferencia. Para el primer pago se requerirá la presentación del plan de desembolso anual e informe de liquidación de los fondos ejecutados en el Ejercicio Fiscal anterior.

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