VigenteCategoria: Mercantil
13 de julio de 2026

Contrato — Sección 39 - Variaciones

Texto completo

39.1 Todas las Variaciones deberán incluirse en los Programas actualizados que presente el Contratista y deberán ser autorizadas por escrito por el Contratante.

40. Pagos de Variaciones

39.2 Cuando las variaciones acumuladas superen el 10% del Precio Inicial del Contrato se formalizarán mediante modificación del Contrato. (ver apéndice A) las

Leyes relacionadas