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19 de diciembre de 2023Vigente Descargar PDF original

Artículo No. 160 — Contrato por consultoría y beneficios de empleados

  • Decreto: 160
  • Publicación: 19 de diciembre de 2023
  • Categoria: Administrativo

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Los contratos de consultoría no incluyen vacaciones, aguinaldo, compensación social ni otros beneficios de empleados regulares. Los directores institucionales que otorguen estos beneficios a consultores serán responsables civil, administrativa y penalmente. Esta norma protege el presupuesto público al mantener clara la diferencia entre consultoría y empleo.

Articulos

Articulo 160.-

El Contrato por consultoría, grupo de gasto 24000, por su naturaleza no incluye vacaciones, décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social y demás derechos propios de los empleados que se financian a través del Grupo 10000 Servicios Personales. El titular de cada institución que suscriba este tipo de contratos y otorgue cualquiera de los beneficios antes mencionados, será responsable civil, administrativa y penalmente. Seguros y Fianzas