Artículo No. 160 — Contrato por consultoría y beneficios de empleados
- Decreto: 160
- Publicación: 19 de diciembre de 2023
- Categoria: Administrativo
Resumen
Los contratos de consultoría no incluyen vacaciones, aguinaldo, compensación social ni otros beneficios de empleados regulares. Los directores institucionales que otorguen estos beneficios a consultores serán responsables civil, administrativa y penalmente. Esta norma protege el presupuesto público al mantener clara la diferencia entre consultoría y empleo.
Articulos
El Contrato por consultoría, grupo de gasto 24000, por su naturaleza no incluye vacaciones, décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social y demás derechos propios de los empleados que se financian a través del Grupo 10000 Servicios Personales. El titular de cada institución que suscriba este tipo de contratos y otorgue cualquiera de los beneficios antes mencionados, será responsable civil, administrativa y penalmente. Seguros y Fianzas