VigenteCategoria: Financiero y Tributario
18 de noviembre de 2024 | La Gaceta No. 36,717

Acuerdo Ejecutivo — Autorización de transferencia de fondos a la Empresa de Correos de Honduras (HONDUCOR)

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

El Estado transfiere L9,196,426.00 a la Empresa de Correos de Honduras (HONDUCOR) para que pueda funcionar y entregar servicios postales en todo el país. Esta inyección de fondos busca resolver los problemas financieros de la empresa estatal y cumplir con Honduras' compromiso internacional de brindar servicios postales de calidad a todos los ciudadanos.

Considerandos

  1. 1.Que el Estado de Honduras forma parte de la Unión Postal Universal (UPU), organismo de las Naciones Unidas que rige a todos los operadores postales en el mundo, el cual establece el compromiso de brindar el Servicio Postal Universal (SPU), como el conjunto de servicios postales básicos mínimos de calidad disponibles a todos los habitantes de un territorio nacional en todo momento, en cualquier lugar y a un valor accesible.
  2. 2.Que la Empresa de Correos de Honduras (HONDUCOR) actualmente atraviesa graves problemas por insuficiencia financiera y presupuestaria, para poder finalizar el presente ejercicio fiscal y cumplir con la obligación de brindar el servicio postal universal con cobertura en todo el territorio nacional con la mejor calidad posible, por lo que resulta urgente proveer a la institución de los recursos necesarios para garantizar su funcionamiento.
  3. 3.Que la Presidenta de la República, Iris Xiomara Castro, en cumplimiento del Plan de Gobierno para refundar Honduras, ha emprendido acciones contundentes encaminadas al rescate de las Empresas Públicas, entre las cuales se encuentran la Empresa de Correos de Honduras (HONDUCOR).
  4. 4.Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), mediante Oficio 064-DGP- USDEE-AD, dictaminó que existe la disponibilidad de los recursos presupuestarios para la incorporación de fondos adicionales a la Empresa de Correos de Honduras (HONDUCOR) en el presente Ejercicio Fiscal 2024, por un monto de NUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTISÉIS LEMPIRAS EXACTOS (L9, 196,426.00).
  5. 5.Que la Ley Orgánica del Presupuesto establece que corresponde a la Presidenta de la República, entre asignaciones presupuestarias aprobadas para cada ejercicio fiscal, autorizar las transferencias de fondos presupuestarios entre Secretarías de Estado, Instituciones Descentralizadas y entre ambas (artículo 37 numeral 2).
  6. 6.Que el Decreto Legislativo Número 62-2023, que contiene el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y sus Disposiciones Generales para el Ejercicio Fiscal 2024, en su Artículo 237 prescribe que, con el propósito de operativizar los traslados presupuestarios entre instituciones, autorizados por la Presidenta de la República mediante Acuerdo Ejecutivo y con base en lo establecido en el Artículo 37 numeral 2 de la Ley Orgánica del Presupuesto y Artículo 23 de las Normas Técnicas del Subsistema de Presupuesto, se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), para que ejecute las operaciones presupuestarias y financieras requeridas.

Articulos

Articulo 1

Autorizar e instruir a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), a realizar las operaciones financieras y presupuestarias necesarias para identificar dentro de las asignaciones presupuestarias del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República del Ejercicio Fiscal 2024 o recursos financieros que puedan ser incorporados y asignados al Presupuesto de la Empresa de Correos de Honduras (HONDUCOR), hasta por NUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTISÉIS LEMPIRAS (L 9,196,426.00), los cuales deberán ser transferidos a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte como fondos adicionales a HONDUCOR, para atender gastos operativos.

Articulo 2

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los doce (12) días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE Mancomunidad Lenca Eramaní CERTIFICACIÓN, ACUERDO El suscrito, Secretario de La Mancomunidad Lenca Eramaní de los municipios de La Esperanza y de Intibucá, departamento de Intibucá, por medio de la presente CERTIFICA que: Reunidos en el salón de eventos del Hotel Molino Real del municipio de Intibucá, departamento de Intibucá, el día diez (10) de octubre del año 2024, hora de inicio 2:25 pm. se celebró sesión extraordinaria de Asamblea de socios fundadores: Corporación municipal de Intibucá y Corporación municipal de La Esperanza y socios adherentes: Corporación municipal de San Francisco de Opalaca, según acta número 146, se le dio: Lectura a la agenda a desarrollar la que después de discutida fue aprobada y en el punto 8.- Se le dio lectura, se sometió a discusión y aprobación el proyecto de reformas los Estatutos que rigen la organización de la Mancomunidad Lenca Eramaní, proyecto que una vez siendo revisado y discutido se aprobó unánimemente por la Asamblea. El punto de acta que a la letra dice: ACUERDO Cambios y agregados que se sometieron a consideración de la asamblea aprobados por unanimidad: 1 A. EMPRESA N ACIONAL DE A RTES GRÁFICAS Sección A AÑO CXLVI TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. SÁBADO 21 DE DICIEMBRE DEL 2024. NUM. 36,721 SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INSFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE Acuerdo Ministerial No. 0798-2024 A. 1 - 8 Sección B Avisos Legales B. 1 - 124 Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte ACUERDO MINISTERIAL No. 0798-2024 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT).

Leyes relacionadas

Acuerdo Ejecutivo — Autorización para explotación de banco de material aluvial en proyecto de desazolvamiento y corrección de cauce de Río Choluteca
Este acuerdo autoriza a la Alcaldía de San Antonio de Flores a extraer materiales aluviales de un banco ubicado en la comunidad del Rebalse para el proyecto de desazolvamiento y corrección del cauce del Río Choluteca. El Estado puede usar estos recursos sin pagar a los propietarios, pero debe cumplir normas técnicas ambientales y notificar al dueño del terreno.
Decreto | 2015
Acuerdo Ejecutivo — Autorización para explotación y aprovechamiento de Bancos de Préstamo de Materiales para proyecto de rehabilitación carretero en Olancho
Este acuerdo autoriza a empresas constructoras a extraer materiales (piedra, grava y arena) de tres bancos de préstamo en Olancho para rehabilitar carreteras. Las empresas deben cumplir requisitos ambientales, notificar a municipios, mantener drenajes naturales, reforestar al terminar y presentar reportes mensuales sobre lo extraído.
Decreto | 2023
Acuerdo Ejecutivo — Autorización de extracción de material metálico no minero - Banco de Materiales Proyecto
El gobierno autoriza a la empresa SERMACO extraer materiales (grava y arena) de dos zonas en Cortés para un proyecto de pavimentación. La empresa debe notificar a municipios, realizar estudios ambientales, mantener drenajes naturales, proteger bordes del terreno y presentar un plan de cierre al terminar. Incumplir es delito.
Decreto | 2025
Acuerdo Ejecutivo — Autorización para explotación y aprovechamiento de banco de préstamo de materiales aluvial El Pataste
Este acuerdo autoriza a la empresa ETERNA, S.A. de C.V. a extraer 80,000 metros cúbicos de material aluvial del banco "El Pataste" en Catacamas, Olancho, para construir una carretera. La empresa debe reportar mensualmente, mantener el drenaje natural, proteger márgenes del río, y presentar un plan de cierre ambiental al finalizar.
Decreto | 2025
Acuerdo Ejecutivo — Autorización de explotación y aprovechamiento de banco de préstamo de material aluvial Río Yeguare para proyecto de rehabilitación de carretera CA-6
El Estado autoriza a empresas constructoras a extraer materiales (arena, grava) de tres bancos específicos sin costo alguno para construir y rehabilitar carreteras en Honduras. Los propietarios de terrenos están obligados a permitir esta extracción, y quienes impidan el acceso o la explotación cometerán un delito. Las empresas deben realizar socialización comunitaria, proteger el ambiente y reforestar al finalizar.
Decreto | 2024