VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 002-2021 | 7 de enero de 2021 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,481

Acuerdo Ministerial No. 002-2021 — Derogación del Acuerdo 229-2020 y reestablecimiento del horario del Puesto Fronterizo Integrado Agua Caliente

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

Este acuerdo cancela el horario de 24 horas que se había establecido temporalmente en el Puesto Fronterizo de Agua Caliente y restaura su horario normal: aduanas de 6am a 6pm, turismo de 6am a 9pm, y tránsito aduanero 24 horas. Beneficia a comerciantes y viajeros al normalizar los servicios fronterizos tras la reapertura de otros puestos.

Considerandos

  1. 1.Que el Artículo 247 de la Constitución de la República establece que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
  2. 2.Que a la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, conforme a lo establecido en el Artículo 29 Numeral 7 de la Ley General de la Administración Pública, le compete entre sus atribuciones, las políticas relacionadas con el comercio nacional e internacional de bienes y servicios.
  3. 3.Que mediante Acuerdo Ministerial 2 2 9 - 2 0 2 0 se estableció temporalmente que el horario de atención del Puesto Fronterizo Integrado de Agua Caliente, fuera las 24 horas del día mientras se restablezca el funcionamiento normal de los puestos fronterizos integrado de Corinto y el Florido.
  4. 4.Que actualmente los Puestos Fronterizos Integrados de Corinto y el Florido han restablecido su funcionamiento normal. CONSIDERANDO: Que el Artículo 5 4 d e l Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo establece que a la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Eco n ó mico le co mp ete la formulación, ejecución y evaluación de políticas de comercio bilateral, regional o interregional.

Articulos

Articulo 1

Dejar sin valor y efecto el Acuerdo 229- 2020 de fecha 28 de noviembre de 2020.

Articulo 2

El horario de atención del Puesto Fronterizo Integrado Agua Caliente será conforme a lo establecido en el Acuerdo Instancia Ministerial- UA No. 4-2017 de fecha 16 de junio del año 2017 es decir; de lunes a domingo:

  • De 6:00 am a 6:00 pm para el despacho Aduanero de Mercancías y Mercancías con libre circulación.

  • De 6:00 am a 9:00 pm para turismo.

  • 24 horas tránsito aduanero, excepto para aquellas mercancías sujetas a medidas sanitarias y fitosa- nitarias.

Articulo 3

Transcribir el presente Acuerdo al Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, Servicio de Administración de Rentas, Administración Aduanera de Honduras, Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria, Instituto Nacional de Migración para que, en el marco de sus competencias, velen por el cumplimiento de la disposición establecida en el Ordinal anterior.

Articulo 5

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, MDC, a los cinco (05) días del mes de enero del año 2021. MARÍA ANTONIA RIVERA ENCARGADA DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO SECRETARIA GENERAL Secretaría de Desarrollo Económico

Leyes relacionadas