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Decreto No. 0073-ARSA-2025 | 21 de mayo de 2025 | La Gaceta No. 36,843

Acuerdo-0073-ARSA-2025

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Resumen

ARSA crea una nueva unidad de inteligencia y estadística sanitaria para recopilar y analizar datos sobre salud y regulación sanitaria en Honduras. Esta unidad usará inteligencia artificial para identificar riesgos sanitarios, mejorar decisiones de la agencia y formular políticas públicas que protejan la salud de la población.

Considerandos

  1. 1.Que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, teniendo todos la obligación de respetarla y protegerla, reconociendo el derecho a la protección de la salud por medio de sus dependencias a través de la regulación, supervisión y control de los establecimientos y productos alimenticios, químicos, farmacéuticos y biológicos.
  2. 2.Que mediante Decreto Legislativo 7-2021, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” número 35,626 de fecha el 12 de junio de 2021, se ratificó la creación de la AGENCIA DE REGULACIÓN SANITARIA (ARSA), creada mediante Decreto Ejecutivo número PCM-032-2017, publicado en Diario Oficial “La Gaceta” número 34,342 de fecha 19 de mayo del año 2017, reformado mediante Decreto Ejecutivo número PCM-013-2020, publicado en Diario Oficial “La Gaceta” 35,361 de fecha 3 de septiembre del año 2020, como una Entidad Desconcentrada de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), con independencia funcional, técnica, financiera y administrativa y de seguridad nacional, con personalidad jurídica propia, la cual es la entidad responsable de la supervisión, revisión, verificación, control, vigilancia y fiscalización del cumplimiento de la normativa legal, técnica y administrativa de los establecimientos, proveedores, productos y servicios de interés sanitario y de los que realicen actividades o practiquen conductas que EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL repercutan o puedan repercutir en la salud de la población; y de la regulación, otorgamiento, renovación, modificación, suspensión o cancelación de los registros, permisos, licencias, certificaciones y otras autorizaciones sanitarias. Con competencia a nivel nacional.
  3. 3.Que la Ley de la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) en su Artículo 5, establece que El Comisionado Presidente ostenta todas las facultades que correspondan a los Administradores y Órganos de Decisión Superior, específicamente en lo que respecta a su funcionamiento, desarrollo y operación, ejerciendo por lo tanto todas las potestades de administración y dirección relacionadas con las competencias de la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) así como el ejercicio de las demás facultades que confieren las Leyes y Convenios Internacionales aplicables.
  4. 4.Que la Ley General de la Administración Pública establece que la desconcentración funcional se verificará mediante la creación de entidades u órganos que, no obstante, dependerán jerárquicamente de un órgano central, se les atribuye competencia propia, la cual ejercitan con autonomía técnica, administrativa y financiera.
  5. 5.Que los actos de carácter general se dictarán en el ejercicio de la potestad reglamentaria y la motivación en estos actos estará precedida por la designación de la autoridad que las emite y seguida por la fórmula “ACUERDA”.

Articulos

Articulo 1

Crear la UNIDAD DE INTELIGENCIA Y ESTADÍSTICA SANITARIA (UIES) adscrita al Despacho Presidencial de la Agencia de Regulación Sanitaria, responsable del desarrollo y gestión de sistemas avanzados de análisis de datos e inteligencia sanitaria, asimismo de proporcionar información precisa y oportuna que apoye la toma de decisiones estratégicas, la formulación de políticas públicas y la mejora continua de los procesos regulatorios y de vigilancia sanitaria en Honduras.

Articulo 2

La UNIDAD DE INTELIGENCIA Y ESTADÍSTICA SANITARIA (UIES) de la Agencia de Regulación Sanitaria, tendrá los siguientes objetivos específicos: 1. Establecer un sistema estadístico sanitario desde la perspectiva regulatoria que permita la recolección, procesamiento y suministro de datos e informaciones que sean necesarias para la toma de decisiones en armonía con el plan estratégico de la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) 2. Emitir informes estadísticos con análisis de patrones sanitarios nacionales con el propósito de gestionar los procesos y conducir a la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) hacia una mejora de desempeño, contribuyendo en la eficacia y efectividad para el logro de sus objetivos. 3. Generar información de las diferentes dependencias que conforman la ARSA con el propósito de ofrecer una base informativa para la planeación y evaluación de políticas públicas y toma de decisiones, así como para la investigación y la presentación de la información a la sociedad en general. 4. Determinar los mecanismos para la implementación de las acciones necesarias para alcanzar los resultados planificados y la mejora continua en los procesos sanitarios. 5. Determinar las actividades de seguimiento propias de cada proceso, medición de resultados mediante el uso de indicadores y análisis de la información. 6. Capacitar los puntos focales designados por la máxima autoridad en análisis estadístico y uso de Inteligencia Artificial. 7. Garantizar el cumplimiento de la implementación del Sistema de Inteligencia y Estadística Sanitaria, mediante la planificación, seguimiento, medición, recolección de datos, elaboración de informes estadísticos y otras actividades que le sean delegadas.

Articulo 3

Además de las funciones establecidas en la las Leyes relativas a Inteligencia y Estadística Sanitaria y demás normativa interna de la Agencia de Regulación Sanitaria, la Unidad de Inteligencia y Estadística Sanitaria (UIES) tendrá las funciones siguientes: 1. Creación y puesta en funcionamiento del Sistema Estadístico Sanitario que permita la recolección, procesamiento y suministro de datos e información referente a la regulación sanitaria del país. 2. Diseñar y supervisar la implementación de sistemas de recopilación, procesamiento y análisis de datos relacionados con la salud pública y la regulación sanitaria. 3. Coordinar estudios estadísticos y epidemiológicos que identifiquen tendencias y patrones en el ámbito sanitario nacional. 4. Desarrollar modelos predictivos utilizando herramientas de inteligencia artificial y análisis estadístico para anticipar riesgos sanitarios y optimizar la respuesta de la ARSA. 5. Gestionar bases de datos y asegurar la integridad, confidencialidad y disponibilidad de la información sanitaria. 6. Elaborar informes técnicos y reportes estadísticos que sirvan de base para la toma de decisiones de la alta dirección y la formulación de políticas públicas. 7. Implementar sistemas de monitoreo y evaluación de las intervenciones y programas de la ARSA, midiendo su impacto y eficiencia. 8. Capacitar y supervisar al personal de la unidad en el uso de herramientas estadísticas y de inteligencia artificial. 9. Asegurar el cumplimiento de normativas nacionales e internacionales en materia de gestión de datos y privacidad de la información. 10. Proponer iniciativas de mejora continua basadas en el análisis de datos y evidencias científicas. 11. Gestionar proyectos especiales asignados por la Comisionada Presidenta relacionados con análisis de datos y estudios estratégicos.

Articulo 4

La Unidad de Inteligencia y Estadística Sanitaria estará organizada de la siguiente manera.

Articulo 5

Incorporar al Plan Operativo Anual correspondiente al año 2025 los requerimientos de recurso humano, técnico y financiero para la consolidación de la Unidad de Inteligencia y Estadística (UIES). COMUNÍQUESE PhD. DORIAN ELIZABETH SALINAS JIMÉNEZ Comisionada Presidenta Abg. SAMUEL ELÍAS AGUILAR SAUCEDA Secretario General ACUERDO NUMERO 0073-ARSA-2025 Página 4 10. Proponer iniciativas de mejora continua basadas en el análisis de datos y evidenc científicas. 11. Gestionar proyectos especiales asignados por la Comisionada Preside relacionados con análisis de datos y estudios estratégicos.

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