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1 de enero de 2013Vigente Descargar PDF original

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Poder Judicial

  • Publicación: 1 de enero de 2013
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Categoria: Laboral

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Un juzgado notifica que dos ciudadanas demandaron al Estado de Honduras para anular dos decisiones administrativas del Instituto de la Propiedad que consideran ilegales, y solicitan que se les paguen salarios no percibidos e indemnizaciones laborales por despidos injustificados.

Texto completo

El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha ocho (08) de abril de dos mil veinticuatro (2024), comparecieron a este Juzgado las señoras ELENA MARÍA GAVARRETE ZEPEDA Y HERLY MERCEDES RODRIGUEZ PAZ, quienes confirieron poder al Abogado JULIO CESAR PERDOMO ORELLANA, interponiendo demanda en materia ordinaria con orden de ingreso 0801- 204-00295, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD. Para que se declare la nulidad de unos actos administrativos de carácter particular de la administración pública, consistentes en las Resoluciones No. SE-IP-104-2023 y SE-IP-103-2023, ambas de fechas 25 de septiembre de 2023, declarar la ilegalidad de los actos y su nulidad, reconocimiento de unas situaciones jurídicas individualizadas y como medida para el pleno restablecimiento se condene al Estado de Honduras a través del Instituto de la Propiedad al pago de prestaciones e indemnizaciones laborales y derechos adquiridos de conformidad al artículo 45 del II memorial respetuoso suscrito entre el Instituto de la Propiedad y el sindicato de Empleados del Instituto de la Propiedad en virtud de incumplimiento por terminaciones de las relaciones laborales por mutuos acuerdos, pago de los salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios, se acompañan documentos, costas, se confiere poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 4 J. 2024

La G aceta

Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 4 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,551 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO