Edicto No. 0801-2022-00291 — Demanda de nulidad de acto administrativo - Adalid Reniery Villanueva Gamez contra Instituto de la Propiedad
Resumen
Un empleado demanda al Instituto de la Propiedad para anular su despido, argumentando que fue ilegal e injusto. Solicita ser reintegrado a su puesto con todos los salarios y beneficios que dejó de recibir desde su cancelación hasta que se resuelva el caso.
Texto completo
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 23 de junio de 2022 AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de abril del año dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el abogado ARMANDO ALCESTER CALDERON GARCIA en su condición de Apoderado Legal del señor ADALID RENIERY VILLANUEVA GAMEZ, incoando demanda Contencioso Administrativo en materia de Personal, contra el Estado de Honduras a través del Instituto de la Propiedad, con orden de ingreso número 0801-2022-00291, para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley, así por contener vicios de anulabilidad como el exceso de poder y desviación de poder. Que se reconozca una situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo violentado, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro a su cargo o puesto de trabajo con todos los incrementos salariales que se produzca durante la secuela del juicio y todos los beneficios que otorgue la autoridad nominadora durante el proceso judicial. Y a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta la firmeza de la sentencia. Petición. Poder. En relación al Acuerdo de Cancelación DGCN-IP-010-2022, de fecha 04 de abril de 2022, efectivo a partir del 05 de abril de 2022. ABG. GERARDO VERLAN CASTRO NAVARRO SECRETARIO ADJUNTO 30 J. 2022.