Edicto No. 0801-2024-00808 — Demanda ordinaria - Juan Ángel Lupiac Rodríguez, Leonel Ávila Padilla, Cheldon Horacio Ordoñez Rubio y José Walter Zapata Mejía contra Comisión Interventora del Instituto Nacional Penitenciario
Resumen
Este edicto es una demanda judicial donde cuatro exoficiales penitenciarios reclaman al Estado de Honduras el pago retroactivo de aumentos salariales del 2023 (9.80%) que les corresponden según la ley de inflación y reajustes obligatorios, además de indemnización por daños. El juzgado ordenó que se reconozcan estos derechos salariales pendientes.
Texto completo
Que en fecha veinticinco (25) de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado la Abogada Claudia Isabel Valladares Galo, en su condición de Representante Procesal de los señores Juan Ángel Lupiac Rodríguez, Leonel Ávila Padilla, Cheldon Horacio Ordoñez Rubio y José Walter Zapata Mejía, incoando demanda vía procedimiento ordinario, contra el Estado de Honduras, a través de la Comisión Interventora del Instituto Nacional Penitenciario, con orden de ingreso número 0801- 2024-00808, “impugnando acto administrativo emitido por la Comisión Interventora del Instituto Nacional Penitenciario siendo la Resolución administrativa No. 549-CISPN-(PMOP)- INP-2023, de fecha 18 de septiembre del año 2023, no conforme a derecho.- Por lo que se demanda anulación de dicho acto.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser al pago retroactivo del reajuste salarial correspondiente al año 2023, siendo un incremento al sueldo de 9.80%, así como también se reconozca este derecho de manera automática para los años subsiguientes por ser derechos de cumplimiento obligatorio. Que corresponde a la tasa de inflación esperada, determinada por el Banco Central de Honduras y el incremento bianual, conforme a lo que establece la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central.- Pago por indemnización por daños y perjuicios.- Con especial condena en costas, se acompañan documentos.- Se acredita poder.- Cotejamiento”. Asimismo, en fecha nueve (09) de septiembre del dos mil veinticinco (2025), este Juzgado dictó providencia en el cual resolvió la ampliación solicitada por la Abogada Claudia Isabel Valladares Galo, para ello transcribimos el contenido de la providencia antes referida única y exclusivamente en lo siguiente: “Que los señores Juan Ángel Lupiac Rodríguez y José Walter Zapata Mejía, quienes fueron cancelados por retiro voluntario con pago de su Cesantía en el año 2023, ya que no fueron reconocidos sus derechos del reajuste que corresponde al índice de inflación esperada anual y el incremento bianual, conforme establece el Estatuto del Médico Empleado, ya que se reclamaba cada año dichos derechos desde el año 2017 a la fecha, ya que años anteriores fueron reconocidos dichos derechos por lo que se ordena a las autoridades Penitenciarias ya que han omitido tales derechos adquiridos en el sentido que se reajuste tanto su salario que corresponde al año 2023 y que sea reconocido dicho reajuste en relación a su retiro voluntario por Cesantía y al de su jubilación otorgado por el Instituto de Previsión Militar”. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 16 O. 2025 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. El Representante o Apoderado Legal: Sandra J. Ochoa B. Actuando en representación de la empresa: PRODUTOS AGROQUÍMICOS DE CENTROAMÉRICA, S.A. Tendiente a que autorice el: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. De Nombre Comercial: TERBUPROMAX 46 SC Ingrediente activo: 46% Tebuthiuron Grupo al que pertenece: Tiadiazolurea Tipo de Formulación: Suspención Concentrada (SC) Clasificación toxicológica:
Estado Físico: Líquido Formulador y País de Origen: JIANGXI HETIAN TECHNOLOGY CO. LTD / CHINA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 2410-3242 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No. 157-94. Reformada mediante Decreto Legislativo No. 344-2005, REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 002-2023 PCM 015-2020. Por tanto el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA), adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para publicación. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Tegucigalpa, M.D.C., miércoles 23 de julio de 2025 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 16 O . 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 16 DE OCTU BRE D E L 2025 N o . 36,969 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE COMAYAGUA AVISO DE PUBLICACIÓN DE SENTENCIA El Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Comayagua, departamento de Comayagua, al público en general y para los efectos de Ley.- HACE SABER: Que en la SOLICITUD EXPROPIACIÓN FORZOSA DE UN INMUEBLE POR CAUSA DE UTILIDAD Y NECESIDAD PÚBLICA promovida por la Abogada EDA MARITZA MEJIA CARDONA, hondureña, mayor de edad, Abogada Inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras, bajo el número 06191, de este domicilio, en su condición de Representante Procesal del señor CARLOS MIRANDA CANALES, mayor de edad, casado, Perito Mercantil y Contador Público, quien actúa en representación de la Alcaldía Municipal de Comayagua, departamento de Comayagua, contra la señora OSIRIS MILADYS MORALES BANEGAS, quien es mayor de edad, soltera, de oficios domésticos y del domicilio, demanda que se contrae a pedir que previo a los trámites legales correspondientes se decrete judicialmente la expropiación forzosa por causa de utilidad pública de un lotes de terreno ubicados en la comunidad de Río Blanco, municipio de Comayagua, departamento de Comayagua.- Se ha dictado SENTENCIA DEFINITIVA, que literalmente dice: "JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE COMAYAGUA, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA.- Ocho de mayo del dos mil veinticinco.- VISTA: Para dictar SENTENCIA DEFINITIVA. En la solicitud de Expropiación Forzosa promovida ante este despacho en fecha treinta de julio del dos mil veinticuatro por la Abogada EDA MARITZA MEJIA CARDONA, hondureña, mayor de edad, Abogada Inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras, bajo el número 06191, de este domicilio, en su condición de Representante Procesal del señor CARLOS MIRANDA CANALES, mayor de edad casado, Perito Mercantil y Contador Público, quien actúa en representación de la Alcaldía Municipal de Comayagua, departamento de Comayagua, contra la señora OSIRIS MILADYS MORALES BANEGAS, quien es mayor de edad, soltera, de oficio domésticos y del domicilio, demanda que se contrae a pedir que previo a los trámites legales correspondientes se decrete judicialmente la Expropiación Forzosa por causa de utilidad pública de un lote de terreno ubicados en la comunidad de Río Blanco, municipio de Comayagua, departamento de Comayagua, INTERVIENEN: La Abogada EDA MARITZA MEJIA CARDONA, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras, bajo el número 06191 Apoderado Legal de la parte demandante, a la demandada OSIRIS MILADYS MORALES BANEGAS se le sigue el juicio en rebeldía. ANTECEDENTES DE HECHO: PRIMERO ... SEGUNDO ... TERCERO ... CUARTO… HECHO PROBADO ÚNICO... FUNDAMENTOS DE DERECHO: PRIMERO... SEGUNDO ... TERCERO ... CUARTO ... QUINTO ... SEXTO ... SÉPTIMO... PARTE DISPOSITIVA: Este Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Comayagua, en nombre del Estado de Honduras. FALLA:
- 1)
Declarar con lugar la SOLICITUD DE EXPROPIACIÓN FORZOSA DE UN INMUEBLE POR CAUSA DE UTILIDAD Y NECESIDAD PÚBLICA, ubicado en la comunidad de Río Blanco, municipio de Comayagua, departamento de Comayagua, con Clave Catastral: 0301-0571-00076, con un área de 260 Mt2, promovida por la Abogada Eda Maritza Mejía Cardona, en su condición de Representante Procesal del señor Carlos Miranda Canales, quien actúa como Representante Legal de la Alcaldía Municipal de Comayagua, departamento de Comayagua, en contra de Osiris Miladys Morales Banegas,
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Se ordena el pago de la cantidad de Treinta y un mil setecientos dieciséis lempiras con cuarenta centavos de lempira (L. 31,716.40), a favor de la señora Osiris Miladys Morales Banegas, correspondiente al avalúo del bien inmueble a expropiar,
- 3)
Se ordena publicar 1a presente resolución por cinco veces en el Periódico Oficial La Gaceta o por carteles fijados por la tabla de avisos de este Despacho Judicial.- Notifíquese a las partes la presente sentencia. FIRMA Y SELLO.- ABG. SELMA YADIRA BARAHONA SANTOS, JUEZ DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE COMAYAGUA.- FIRMA Y SELLO.- ABG. ANA MARGARITA BANEGAS, SECRETARIA. Y para los fines legales pertinentes, se extiende la presente publicación en la ciudad de Comayagua, departamento de Comayagua, a los treinta y uno días del mes de julio del presente año dos mil veinticinco. ABG. ANA MARGARITA BANEGAS ZUNIGA SECRETARIA 26 S.,1,7,11 y 16 O.2025
La G aceta R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA , M.D.C., 16 DE OCTU BRE D E L 2025 N o . 36,969
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