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20 de julio de 2023Vigente Descargar PDF original

Edicto — Demanda en Materia Personal interpuesta por Silvia Patricia Banegas Santos contra Dirección Nacional de Bienes del Estado

Poder Judicial

  • Publicación: 20 de julio de 2023
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Categoria: Laboral

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este edicto notifica que Silvia Patricia Banegas Santos demandó al Estado hondureño para anular su despido por cesantía, alegando que fue ilegal e indebidamente comunicado. Ella solicita ser reintegrada a su puesto con todos sus salarios, beneficios y derechos laborales no pagados.

Texto completo

La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete (07) de junio del año dos mil veintitrés (2023), interpuso demanda ante este Juzgado la señora Silvia Patricia Banegas Santos, con orden de ingreso número 0801-2023-00687, contra el Estado de Honduras a través de la Dirección Nacional de Bienes del Estado, incoando demanda especial en materia personal, para que se decrete la nulidad total de un acto administrativo de carácter particular, específicamente del Acuerdo Número DNBE-005- 2023 de cancelación por cesantía, con fecha 29 de mayo de 2023, en virtud haber sido dictado con infracción al ordenamiento jurídico y adicionalmente haber sido comunicado mediante notificación defectuosa.-Reconocimiento de una situación jurídica individualizada; y como medida para el pleno restablecimiento, se condene al Estado de Honduras por medio de la Dirección Nacional de Bienes del Estado, al reintegro al puesto de trabajo, en igual o mejor categoría y condiciones.- A título de daños y perjuicios, así mismo, se condene al pago de los salarios dejados de percibir, derechos adquiridos, pago de quinquenios, décimo tercer y cuarto mes de salario, horas extras y cualquier otro beneficio que haya sido otorgado durante la secuela del juicio, hasta que sea reintegrado a mi puesto de trabajo.- Nulidad del acuerdo de nombramiento quien usurpa el cargo de preinterventor 1, puesto 000120.- Se acompañan documentos.- Poder.- Costas.- Va en relación al Acuerdo de Cancelación Número DNBE 005-2023 de fecha 29 de mayo del año 2023 ABG. CINTHIA G . CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 14 A. 2023 ________ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO