Edicto No. 0801-2025-00767 — Aviso de Demanda Contencioso Administrativa - Diana Gissel Amador Martínez
Resumen
Una trabajadora demanda al Estado de Honduras porque fue despedida sin cumplir los procedimientos legales. Pide que se anulen su despido, se le regrese al trabajo, se le paguen los salarios que dejó de recibir, sus beneficios laborales y una indemnización por daños. El juzgado notifica que el caso ha sido presentado oficialmente.
Texto completo
AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de octubre de dos mil veinticinco (2025), compareció a este Juzgado la Abogada ANA DEL CARMEN RAUDALES HERNANDEZ, quien actúa en su condición de Apoderada Legal de la señora DIANA GISSEL AMADOR MARTÍNEZ, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2025-00767, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. Para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular de la Administración Pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación por cesantía No. SETRASS-276-2025 de fecha 24 de septiembre de 2025, notificado en fecha 25 de septiembre del 2025, por no ser conforme a derecho e infringir el ordenamiento jurídico, quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley, que se re reconozca la situación jurídica individualizada de la titular del derecho que se reclama y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del mismo, se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro de mi representada a su puesto de trabajo u otro de igual o mejores condiciones en la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, más a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha en la que de manera ilegal, se efectuó la cancelación a mi representada hasta el momento en que se materialice el reintegro al puesto de trabajo, más los aumentos o reajustes salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelada durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y demás que correspondan, especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia, habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial, intereses, costas del juicio, se acompañan documentos, cotejo y devolución de poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 16 D. 2025 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS