Edicto No. 0801-2026-00155 — Procedimiento Especial en Materia Personal - Gregory Jardiel Rodríguez Arita
Resumen
Este edicto publica dos demandas ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo donde ciudadanos impugnan decisiones del Instituto de la Propiedad consideradas ilegales. Buscan que se anulen esos actos y se restituya su situación legal. El Estado de Honduras, por la Procuraduría, es la parte demandada.
Texto completo
AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 04 de febrero del 2026, compareció a este Juzgado el ciudadano GREGORY JARDIEL RODRÍGUEZ ARITA, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL para la declaración de ilegalidad y nulidad del Acto Administrativo impugnado consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN NO. SE-IP-509-2025 de fecha veintinueve de diciembre del 2025, emitido por el Instituto de la Propiedad. Contra el Estado de Honduras, a través de la Procuraduría General de la República. Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el Orden de Ingreso No. 0801-2026-00155. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. LUZ MARINA SAUCEDA Secretaria Adjunta 18 M. 2026. _____ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 06 de febrero del año 2026, compareció a este Juzgado los Abogados FERNANDO AUGUSTO OCAMPO ZALDIVAR Y TEODORO VENANCIO OCAMPO OROZCO en su condición de representantes procesales del ciudadano NESTOR GIOVANNI GARAY VILLIBORD, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del Acto Administrativo impugnado consistente en el Acuerdo No. SE-IP-504-2025 de fecha 16 de enero del 2026, emitido por el Instituto de la Propiedad. Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el Orden de Ingreso No. 0801-2026-00194. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. LUZ MARINA SAUCEDA Secretaria Adjunta 18 M. 2026. _____ Sección “B”
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 18 D E MARZO D E L 2026 N o . 37,097