La auditoría independiente, con el fin de garantizar que el sistema funciona de forma efectiva y eficiente, en adhesión a lo acordado por las Partes. 3.1. Definición de legalidad La legalidad de la madera, en el marco del presente Acuerdo, se define en su anexo II. Dicho anexo está estrechamente relacionado con los demás anexos como parte del Sistema para Asegurar la Legalidad de los Productos de Madera de Honduras (SALH). En el anexo II se definen los requisitos legales que se aplican en el marco del presente Acuerdo, vinculados a los desafíos de la gobernanza forestal identificados por los actores del sector, en un contexto de diálogo nacional. La definición de legalidad que se describe detalladamente en las Tablas de legalidad del anexo II es la base para verificar el cumplimiento de los indicadores y medios de verificación y de la trazabilidad en la cadena de suministro por parte de los distintos operadores de la cadena de suministro y el respectivo seguimiento y control de parte de las instituciones vinculadas. La auditoría independiente garantiza que el sistema funciona de forma efectiva y eficiente. 3.2. Verificación del cumplimiento de los criterios de legalidad La verificación de la legalidad permite: – garantizar que los productos de la madera sean legales. Esto significa comprobar que todos los indicadores establecidos en las Tablas de legalidad han sido cumplidos por los operadores en su ámbito de competencia en el sector forestal; – asegurar el tratamiento de casos de incumplimiento y la aplicación de medidas correctivas o preventivas; – requerir pruebas inequívocas de que los productos de la madera y las actividades conexas cumplen los requisitos establecidos en la definición de legalidad; – evidenciar el cumplimiento a través de controles físicos y documentación, e información y datos sistemáticamente recolectados y verificados en diferentes pasos a lo largo de la cadena de suministro; – documentar los procedimientos y archivar las pruebas que permiten a la autoridad encargada de expedir las licencias evaluar la legalidad de un envío antes de expedir una licencia FLEGT o H-Legal; y, – definir y documentar claramente los roles y responsabilidades de todas las instituciones involucradas en la verificación. El Estado de Honduras, por medio de sus instituciones especializadas y a través de un manual de verificación aprobado por el Comité Conjunto de Aplicación (CCA), dispondrá de metodologías y medios para verificar el cumplimiento de los requisitos legales por parte de los diferentes actores y operadores. Estas metodologías y medios de verificación se introducen en la sección 6.1.4 de este anexo. El sistema permite detectar las fallas e incumplimientos que se cometan, aplicar sanciones cuando sea pertinente, proponer oportunamente medidas correctivas necesarias y asegurar que se atiendan estas medidas para subsanar las fallas indicadas. Las instituciones vinculadas al SALH disponen de herramientas informáticas y protocolos para verificar el cumplimiento de los indicadores de las Tablas de legalidad, estas que se describen con más detalle en la sección 4 de este anexo. La verificación de la legalidad incluye acciones de campo, como inspecciones de supervisión y auditorías técnicas, así como inspecciones rutinarias para verificación de cumplimiento de las normas técnicas y administrativas, efectuadas por las autoridades correspondientes, de acuerdo con el tipo de indicadores. Además, se realizan operativos en carreteras y puestos de control, con el apoyo de efectivos de los operadores de justicia5 y la colaboración de las instancias de la Fuerza Pública (Fuerzas Armadas de Honduras (FFAA), Policía Nacional Preventiva, MP, PGR) para verificar el cumplimiento de la ley en la actividad de transporte de productos de la madera; en todo momento reportan a las autoridades competentes para tomar las medidas correspondientes. De forma conjunta, las organizaciones de sociedad civil, los Consejos Consultivos Forestales (CCF)6, realizan acciones de contraloría social para velar por el cumplimiento de las normas técnicas y administrativas en la ejecución de los planes de manejo, planes operativos y demás autorizaciones de aprovechamiento. Los CCF podrán reportar sus resultados y recomendaciones al SIIAVA, al CCA o a sus instancias técnicas, a la auditoría independiente en el marco del presente Acuerdo y al público en general. La frecuencia de la verificación se determinará mediante un enfoque basado en el riesgo, tomando en cuenta las competencias y responsabilidades de las instituciones públicas vinculadas a la cadena de suministro y los registros administrativos (multas, denuncias y otros) que evidencian riesgos de ilegalidad. Estos riesgos no sólo se han considerado para los operadores forestales, sino que también incluyen a los propios prestadores de servicios la frecuencia de verificación de parte de las diferentes instituciones públicas se detallará en el manual de verificación de la legalidad, que se introduce en la sección 6.1 de este anexo. Las instituciones responsables de la verificación de la legalidad llevarán un archivo de los medios de verificación, tanto de documentos físicos como en formato digital (imágenes de documentos, información geográfica, etc.). Estos expedientes 1 Los operadores de justicia son todos los funcionarios del Estado que intervienen en el sistema de justicia y desempeñan funciones esenciales para el respeto y garantía de los derechos de los ciudadanos. Según el artículo 314 de la Constitución, corresponde a los órganos jurisdiccionales aplicar las leyes a casos concretos, juzgar y ejecutar lo juzgado; en caso de ser necesario, podrán requerir el auxilio de la Fuerza Pública. 2 Los Consejos Consultivos Forestales, Áreas Protegidas y Vida Silvestre son instancias de Participación Ciudadana, de consulta y apoyo al ICF, que actúan en el nivel Nacional, Departamental, Municipal y Comunitario (arts. 21 al 28, Ley Forestal). contendrán una secuencia cronológica de los hechos de manera documentada. Para efectos de seguridad, las instituciones gubernamentales dispondrán de estos expedientes en formato digital como información de respaldo. Todos estos archivos, en congruencia con el anexo IX, serán de carácter público, en la medida que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP) los considera como información pública. La verificación del cumplimiento de la legalidad es una etapa fundamental para la exportación de productos de la madera, incluida la expedición de las licencias FLEGT y H-Legal, ya que proporciona los medios que evidencian dicho cumplimiento. 3.3. Control de la cadena de suministro La trazabilidad de la madera es uno de los requisitos del SALH, alineado con el marco legal hondureño. El ICF dispone de herramientas de seguimiento de la cadena de suministro como el SNIF y el SIRMA, entre otros. Ambos sistemas ya están en funcionamiento, pero se prevé desarrollar nuevos módulos relacionados con requisitos establecidos en el presente Acuerdo. Por lo tanto, se consideran en construcción; el desarrollo de algunas funciones se incluye en las medidas complementarias en el anexo VIII. El punto de partida del seguimiento de la cadena de suministro es la autorización de aprovechamiento de la madera aprovechada en Honduras y la Declaración Única Aduanera (DUA) para la madera importada en Honduras. Las autorizaciones de aprovechamiento, las guías de movilización y de remisión, los informes de producción, de entradas y salidas, e informes de entrega de facturas autorizadas por el SAR, así como la DUA, son los documentos principales para el seguimiento de los flujos de madera en el SALH. Estos documentos quedarán registrados en el SNIF y en el SIRMA, una vez que estos sistemas se desarrollen completamente, lo que permitirá contabilizar el volumen de la madera que se mueve por cada eslabón de la cadena de suministro, tal como se describe en la sección 7.1. La verificación de los datos por parte de las autoridades atiende a dos modalidades: validación y conciliación. La validación consiste en comparar o confrontar los datos generados por el operador con los datos recabados por los representantes del Gobierno, tal como se muestra en la columna 3.1 de los apéndices 1 y 2 de este anexo. La segunda modalidad, la conciliación, consiste en comparar y analizar los datos reportados entre un eslabón y el siguiente, a fin de detectar diferencias que denoten la introducción en la cadena de madera no verificada o ilegal. La conciliación de datos se presenta en la columna 3.2 de los apéndices 1 y 2 de este anexo. Una buena supervisión y la aplicación de procedimientos claramente definidos en materia de validación y conciliación, en cada paso de la cadena, es determinante para asegurar que la madera que se moviliza de un punto a otro es legal y, con ello, evitar la contaminación de la madera que fluye legalmente, con madera de fuentes no verificadas o ilegales. 3.4. Régimen de expedición de las licencias FLEGT y H-Legal La expedición de las licencias FLEGT y H-Legal se lleva a cabo después del resultado positivo y concluyente de la verificación de todos los requisitos de la definición de la legalidad y del seguimiento de la cadena de suministro de los productos de la madera. La licencia FLEGT es el requisito final indispensable para que los productos de la madera que forman parte de la lista de productos acordados entre las Partes, como se establece en el anexo I, puedan exportarse de Honduras a cualquier país de la Unión. Respecto a la exportación a otros países fuera de la Unión, se practica la misma verificación de legalidad, con la diferencia de que no será requisito disponer de la licencia FLEGT, sino de la H-Legal. El anexo IV describe el procedimiento para la expedición de licencias FLEGT. El exportador presenta al despacho de aduanas la licencia FLEGT para exportar a la Unión, o la H-legal, equivalente a la licencia, para exportar a mercados que no sean de la Unión, adjuntando los demás documentos requeridos por la autoridad aduanera. 3.5. Auditoría independiente La auditoría independiente es un componente indispensable del SALH que sustenta la credibilidad del sistema. La auditoría independiente verifica que los mecanismos implementados en el SALH para demostrar la legalidad en todos los pasos de la cadena de suministro (incluidos la tala, transporte, industrialización, transformación y comercio) de productos de la madera son funcionales y que se cumplen fielmente los requisitos en cada paso de la cadena de suministro y las disposiciones de la autoridad encargada de expedir las licencias FLEGT y H-Legal. La auditoría independiente es parte del SALH y debe disponerse de ella antes de empezar la expedición de licencias FLEGT. No obstante, los procedimientos de auditoría y su funcionamiento se definirán de forma más precisa durante la fase de preparación y organización del presente Acuerdo. El alcance y los principios de esta auditoría están definidos en los términos de referencia de la auditoría independiente especificados en el anexo VI. 4. MARCO INSTITUCIONAL Y PAPEL DE LOS ACTORES INVOLUCRADOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL SALH Esta sección describe el papel de los diferentes actores involucrados en la implementación del SALH. Describe cómo, de acuerdo con sus competencias respectivas, apoyan o implementan en la práctica el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Acuerdo, o llevan a cabo la verificación necesaria para asegurar el cumplimiento de estos requisitos, y cómo se complementan y articulan entre sí para asegurar la legalidad de los productos de la madera. Para la fase de preparación y organización del presente Acuerdo, las instituciones, los operadores del sector privado y la sociedad civil, incluyendo las organizaciones agroforestales y representantes de los PIAH, deberán hacer una revisión crítica de sus capacidades, en función de sus responsabilidades en la verificación y cumplimiento de la legalidad. En el anexo VIII se abordan todos los temas de fortalecimiento de capacidades técnicas e institucionales mencionados en esta sección. El conocimiento y buen manejo de todo el proceso que requiere la implementación del SALH, las metas institucionales de participación y de buen desempeño, la responsabilidad de cada uno de los actores involucrados y la buena coordinación interinstitucional, requieren un alto grado de formación y refuerzo de sus capacidades. Por ese motivo, se incluyeron medidas complementarias en el anexo VIII para el fortalecimiento de capacidades de actores involucrados en el presente Acuerdo. En la sección 11 de este anexo se definen los espacios de coordinación que se crearán o mantendrán para la implementación del SALH, como el Secretariado Interinstitucional de Implementación del AVA FLEGT (SIIAVA). Para concretar los compromisos institucionales en la implementación del presente Acuerdo, también se suscribirá uno o varios memorandos de entendimiento entre instituciones del sector público que involucrarán, por lo menos, a: Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), Servicio de Administración de Rentas (SAR), Asociación de Municipios de Honduras (AMHON), Instituto de la Propiedad (IP), Instituto Nacional Agrario (INA), Secretaría de Estado en el Despacho de Trabajo y Seguridad Social (STSS), Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), Secretaría de Estado en el Despacho de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (MiAmbiente), Secretaría de Estado en el Despacho de Agricultura y Ganadería (SAG), Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA), Policía Nacional Preventiva, dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad (SSN), Ministerio Público (MP), Procuraduría General de la República (PGR), Corte Suprema de Justicia (CSJ), Fuerzas Armadas de Honduras (FFAA), dependientes de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional (SEDENA), Dirección Nacional de Pueblos Indígenas y Afrohondureños (DINAFROH), Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) y Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH). Asimismo, se crearán convenios de cooperación para la coordinación entre estas instituciones, utilizando como base y ejemplo convenios ya existentes, como el Convenio Interinstitucional para la Regularización y Titulación de Tierras, firmado en octubre de 2015 entre el INA, el IP y el ICF. Considerando que la indefinición de la propiedad es una de las causas subyacentes que inciden en el bajo nivel de gobernanza prevaleciente en el sector forestal, en el marco del presente Acuerdo los asuntos relacionados con la tenencia y regularización de tierras se abordan tanto en el anexo II, que incluye indicadores específicos sobre este tema, como en el anexo VIII, que establece un Plan especial de regularización de tierras, acordado entre las Partes para agilizar la regularización conforme a las prioridades definidas en el presente Acuerdo. El Plan especial de regularización de tierras se orientará a la titulación de las áreas forestales nacionales y áreas protegidas; en estas últimas, únicamente en zonas de amortiguamiento donde se permite el aprovechamiento forestal a favor del Estado, para contar con la necesaria seguridad jurídica y fundamentar los contratos de manejo forestal comunitario suscritos o por suscribir con los grupos comunitarios asentados dentro de estas áreas. También se espera fundamentar la suscripción de contratos de usufructo a favor de usuarios u ocupantes de estas tierras. Este contrato es el instrumento legal que le da seguridad jurídica al ocupante, manteniendo en el Estado la titularidad sobre la tierra, con la finalidad de generar beneficios económicos, ecológicos y sociales que contribuyen a mejorar su calidad de vida y el uso racional de los recursos naturales, en cumplimiento con la legislación vigente. El objetivo de estas actividades es fortalecer la gobernanza forestal y el ordenamiento territorial. En relación con el tema de tenencia de la tierra y el proceso de regularización, además del rol protagónico de las tres instituciones mencionadas, INA, IP e ICF, se debe destacar la coordinación de estas con el Instituto Hondureño del Café (IHCAFE), cuyo objetivo es promover la rentabilidad socioeconómica del caficultor hondureño, a través del desarrollo de la competitividad de la cadena agroindustrial del café. La coordinación entre estas cuatro instituciones debe orientarse a lograr un entendimiento sobre el proceso de titulación a favor de productores de café en áreas forestales nacionales, de tal forma que se respete la vocación forestal del suelo, las áreas protegidas y las cuencas hidrográficas, para evitar que la titulación de nuevos predios resulte en mayor destrucción y deterioro del bosque y medioambiente. 4.1. Actores involucrados en la implementación del SALH En el ámbito de las instituciones del Estado involucrados directamente en la implementación del SALH y por su orden de importancia, el ICF, como líder del proceso, es la institución rectora del sector forestal que actúa como ejecutora de la política nacional de conservación y desarrollo forestal, áreas protegidas y vida silvestre, orientando sus acciones a la administración y manejo de los recursos forestales, áreas protegidas y vida silvestre, con inclusión de su protección, restauración, aprovechamiento, conservación y fomento y propiciando el desarrollo sostenible, de acuerdo con el interés social, económico, ambiental y cultural del país. Las otras instituciones involucradas directamente en la implementación del SALH se describen en la sección 4.2 ordenadas de acuerdo con el número de indicadores y medios de verificación bajo su responsabilidad, según lo establecido en las Tablas de legalidad, en materia entre otros de registro y control de tributos, derechos de propiedad, seguridad social o medio ambiente. La descripción y los indicadores de las Tablas de legalidad bajo responsabilidad de cada institución, así como los recursos necesarios para cada una de ellas se detallarán en el manual de verificación aprobado por el CCA, tal como se establece en el anexo II. Dentro del ámbito del SALH también participan las instituciones y actores siguientes: Los operadores de justicia (CSJ) y las instancias de la Fuerza Pública (PNP, FFAA, PGR y MP), que tienen competencia en materia de prevención, control y aplicación de las leyes. Al IAIP le conciernen los aspectos relacionados con la información pública y transparencia. Por su parte, la Dirección Nacional de Pueblos Indígenas y Afrohondureños (DINAFROH) es la dependencia de la Secretaría de Inclusión Social (SEDIS) que procura mejorar la calidad de vida de la población indígena y afrodescendiente de Honduras, a través del desarrollo productivo económico, cultural, político y social. Los Operadores Privados Forestales son quienes implementan actividades en la cadena de suministro de la madera, cumpliendo con los indicadores de las Tablas de legalidad y archivando los documentos de soporte necesarios. Llevan los controles pertinentes y adecuados en cuanto a la legalidad de la madera que manejan y se someten a los mecanismos de verificación de cumplimiento de la legalidad implementados por las diferentes instituciones del Estado, de acuerdo con sus competencias. En este grupo de actores se incluyen, entre otros operadores: personas naturales y jurídicas propietarias de bosque; micro, pequeñas, medianas y grandes empresas forestales e industriales madereras; certificadoras privadas, grupos comunitarios y otros. Dichos operadores también estarán anuentes a las contralorías sociales realizadas por las organizaciones de sociedad civil, a través de los Consejos Consultivos Forestales, junto con las instituciones del Estado. Las organizaciones de sociedad civil (OSC) incluyen, para el propósito del presente Acuerdo: Consejos Consultivos Forestales, que funcionan a nivel comunitario, municipal departamental y nacional; organizaciones no gubernamentales de desarrollo y otras, que participan activamente en la vigilancia de los recursos forestales y su impacto sobre la población y ejercen contraloría social tanto sobre todas las actuaciones de las autoridades, como de los operadores. Para esto cuentan con los procedimientos y protocolos de atención de reclamos descritos en la sección 10.3 de este anexo. Los Pueblos Indígenas y Afrodescendientes de Honduras (PIAH) que, por medio de sus organizaciones y órganos directivos, participan en procesos de contraloría social y en la implementación de mecanismos y procedimientos de consulta libre, previa e informada. Son beneficiarios de los procesos de regularización de tierras forestales, a cargo de las instituciones especializadas del Estado, respecto al reclamo de sus derechos ancestrales sobre sus territorios. Como operadores, cuando están involucrados en actividades forestales comerciales, los PIAH están sujetos a los procedimientos del SALH. 4.2. Instituciones del Estado En el marco del presente Acuerdo, diez instituciones del Estado están directamente involucradas en las Tablas de legalidad. Con el objetivo de facilitar la expedición de constancias de legalidad a todos los operadores que cumplen con los indicadores de las Tablas de legalidad y los requisitos del SALH, todas las instituciones vinculadas al presente Acuerdo proveerán información a la Unidad de Verificación de la Legalidad del ICF sobre el cumplimiento de los indicadores bajo su responsabilidad; esta obligación también es válida para las diferentes instancias del ICF. A continuación, se presenta cada una de las instituciones involucradas en las Tablas de legalidad, por el número de indicadores y medios de verificación bajo su responsabilidad. 4.2.1. Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF) El ICF es la institución rectora del sector forestal; actúa como ejecutor de la política nacional de conservación y desarrollo forestal, áreas protegidas y vida silvestre, con facultad para desarrollar programas, proyectos y planes y crear las unidades administrativas técnicas y operativas necesarias para cumplir con los objetivos y fines de la Ley Forestal. También tiene funciones que lo relacionan con el cumplimiento de otras leyes, como la Ley de Propiedad, Ley General de Aguas y Ley General del Ambiente. El ICF enfoca sus acciones en la administración y manejo de los recursos forestales, áreas protegidas y vida silvestre, con inclusión de su protección, restauración, aprovechamiento, conservación y fomento, propiciando el desarrollo sostenible, de acuerdo con el interés social, económico, ambiental y cultural del país. 4.2.2. Servicio de Administración de Rentas (SAR) En lo que respecta al registro y control de los tributos, el Servicio de Administración de Rentas (SAR), coordina a nivel central con el ICF, para que los operadores en la cadena productiva forestal cumplan con sus obligaciones tributarias. De acuerdo con las Tablas de legalidad, las principales atribuciones del SAR que ha sustituido a la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) – son cumplir y hacer cumplir las normas nacionales e internacionales en materia tributaria, y gestionar la recaudación de los tributos y gravámenes establecidos en las diferentes leyes. 4.2.3. Municipalidades Las Municipalidades son el órgano de gobierno y administración del municipio y existen para lograr el bienestar de los habitantes, promover su desarrollo integral y la preservación del medio ambiente. En el contexto del SALH, las Municipalidades tienen un doble papel: el primero, cumplir con sus obligaciones en las Tablas de legalidad como titular de tierras municipales forestales y el segundo, como gobierno o autoridad local, promover y exigir la tributación municipal. Las municipalidades cuentan con el Sistema de Administración Financiera Tributaria (SAFT), herramienta que, además de facilitar la implementación de controles internos, permite llevar la información financiera municipal de forma integral. 4.2.4. Instituto de la Propiedad (IP) El IP es una institución desconcentrada del Gobierno que tiene las atribuciones relacionados con el registro y la identificación de las propiedades y sus propietarios en todo el país; como tal, mantiene el Registro Nacional de todos los hechos y actos del registro de títulos y propiedades, incluida la inscripción, reconocimiento, transmisión, transferencia, modificación, gravamen y cancelación de los derechos de propiedad inmueble. 4.2.5. Secretaría de Trabajo y Seguridad Social (STSS) Es la entidad rectora de las políticas del mercado laboral y de los sistemas de protección social en materia de previsión y seguridad social de los trabajadores y empleadores. 4.2.6. Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) El Instituto Hondureño de Seguridad Social es una entidad autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente de la hacienda nacional. Desde su creación ha tenido la responsabilidad de orientar, dirigir, prestar y administrar los servicios de seguridad social a la población trabajadora de Honduras. Por mandato en la Constitución de la República, el Estado, los Patronos y los Trabajadores están obligados a contribuir al financiamiento, mejoramiento y expansión de la seguridad social. La seguridad social de la clase trabajadora de Honduras descansa mayormente en la cobertura que ofrece el IHSS, y de ahí su fuerte incidencia en la gobernanza en materia de salud y seguridad social. Fuera de las ciudades principales (Tegucigalpa, San Pedro Sula, La Ceiba y Puerto Cortés), donde se localizan los operadores forestales de mayor capacidad, el IHSS no tiene cobertura en los demás centros poblacionales y menos en el área rural del país, donde funciona la mayoría de los operadores forestales. 4.2.7. Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (MiAmbiente) Corresponde a MiAmbiente la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con el ambiente, los ecosistemas, la protección y aprovechamiento de los recursos hídricos, la coordinación, la protección de la flora y fauna, y el cumplimiento de la Evaluación de Impacto Ambiental de las industrias forestales primarias y secundarias. 4.2.8. Instituto Nacional Agrario (INA) El INA se encuentra en un proceso de reestructuración institucional, por lo que aún no se precisa cuál puede ser su destino; por tanto, las funciones que actualmente desempeña, pueden cambiar. En el caso de que funciones importantes para el SALH y actualmente desempeñadas por el INA, sean atribución de otras instituciones en el futuro, en el marco del presente Acuerdo se formalizará el nombre de la nueva institución a cargo, en sustitución del INA. El INA es una entidad semiautónoma encargada de ejecutar la política agraria del país, mediante la titulación de tierras agroforestales y la asistencia técnica a actores campesinos y comunidades indígenas y afrodescendientes de Honduras, incorporando a la población rural al desarrollo integral del país. El INA tiene competencia en la titulación de tierras de vocación agrícola y la coordinación con el ICF y el Instituto de la Propiedad (IP) de los procesos de regularización de la tierra. En el caso particular de solicitudes de titulación en los terrenos nacionales de vocación forestal, el INA actúa de acuerdo con el ICF, con el fin de mantener su uso forestal, por cuanto no es competencia del INA la titulación de tierras de vocación forestal. En todo caso, requerirá de un dictamen técnico favorable del ICF para poder titular áreas forestales. 4.2.9. Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) La Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) coordina los aspectos relacionados con las políticas sectoriales que son ejecutadas por instituciones que conforman el Sector Público Agrícola, específicamente aquellas relacionadas con la tenencia de la tierra, financiamiento rural, comercialización, silvicultura, producción agropecuaria y desarrollo rural y forestal. Corresponde a la SAG la regulación del comercio internacional de especies silvestres, en la aplicación de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). En el marco del presente Acuerdo, esto concierne a los productos de la madera de las especies cubiertas por la CITES. 4.2.10. Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA) El Decreto Ejecutivo No. PCM-083-2016 crea la Comisión Presidencial de Reforma Integral del Sistema Aduanero y Operadores de Comercio (COPRISAO). Actualmente y mientras dure el proceso de reforma integral del sistema aduanero y operadores de comercio, esta comisión tendrá bajo su autoridad directa la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA). En el SALH, la Subdirección Adjunta de Rentas Aduaneras interviene en el cumplimiento del control y verificación de los productos de la madera importados, exportados y en tránsito. Una revisión exhaustiva del régimen aduanero relacionado con la exportación, que pueda tener un impacto en la metodología de verificación, deberá realizarse durante la fase de preparación y organización del presente Acuerdo para identificar vacíos y otros cuellos de botella potenciales. 4.2.11. Instituciones gubernamentales con vinculación indirecta A continuación, se describen las instituciones estatales vinculadas indirectamente al SALH; es decir, las que no tienen responsabilidad total o directa ni corresponsabilidad en la verificación de los indicadores de las Tablas de legalidad, pero que desempeñan un papel como entes contralores del Estado, y cuyas funciones son importantes para asegurar el efectivo desempeño de las instituciones del Gobierno Central y los gobiernos municipales relacionados con el SALH. Las unidades especiales, como la Fuerza de Seguridad Interinstitucional Nacional (FUSINA) de las FFAA y la Fuerza de Tarea Interinstitucional Contra el Delito Ambiental (FTIA), actúan como brazos operativos para la persecución de los delitos ambientales, en el marco de la ENCTI. Estas instancias han sido creadas por el Poder Ejecutivo de manera temporal y han permitido la coordinación interinstitucional orientada al control de actos ilícitos y la aplicación de las leyes en materia ambiental. La FTIA, en particular, está conformada por el ICF, MiAmbiente, los operadores de justicia y las instancias de la Fuerza Pública (MP, PGR, PNP y FFAA). Esta instancia es liderada por el ICF y opera como un mecanismo interinstitucional de coordinación para atender la investigación, san