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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

5 abril 2022Edición No. 35,891

Acuerdo Ministerial

Acuerdo Ministerial No. 024-2022 — Hacer del conocimiento público el Acuerdo Instancia Ministerial-UA No. 01-2022 sobre horarios de puestos fronterizos

Poder Ejecutivo

  1. 1.

    Que el Artículo 321 de la Constitución de la República manda: “Los Servidores del Estado no tienen más facultades que las que expresamente les confiere la Ley. Todo acto que ejecuten fuera de la Ley es nulo e implica responsabilidad”.

  2. 2.

    Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley; asimismo les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del ramo, pudiendo delegar en los Subsecretarios de Estado el ejercicio de atribuciones específicas.

  3. 3.

    Que la Ley General de la Administración Pública establece que los Subsecretarios de Estado por un acto de delegación del señor Secretario de Estado del ramo podrán conocer y resolver sobre asuntos determinados o específicos.

  4. 4.

    Que el Artículo 3 de la Ley de Procedimiento Administrativo refiere “La competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos que la tengan atribuida por Ley”.

  5. 5.

    Que el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo establece lo siguiente: “Sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo anterior, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior. En defecto de disposición legal, el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al Ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior”. EDIS ANTONIO MONCADA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL

  6. 6.

    Que con el objeto de agilizar la Administración Pública los Secretarios de Estado podrán delegar en sus Subsecretarios de Estado el ejercicio de la potestad de decidir en determinadas materias o en casos concretos mediante la firma de ciertos actos administrativos.

  7. 7.

    Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 204-2022, de fecha 18 de marzo del 2022. La presidenta Constitucional de la República, en uso de sus facultades de que se encuentra investida nombra al Ciudadano MELVIN ENRIQUE REDONDO, como Subsecretario de Estado en el Despacho de Integración Económica y Comercio Exterior.

Articulo 1

Delegar Temporalmente al Subsecretario de Estado en el Despacho de Integración Económica y Comercio Exterior, para que pueda emitir Resoluciones, Acuerdos, Actas y todo lo relacionado con el área administrativa de esta Secretaría de Estado, efectivo a partir del día 24 de marzo del año 2022, hasta el día que sea revocado el mismo.

Articulo 2

La responsabilidad que se derive de las decisiones que se tomen y las acciones que se realicen en el marco de la delegación consignada en el presente Acuerdo, serán imputables única y exclusivamente al Subsecretario de Estado en el Despacho de Integración Económica y Comercio Exterior.

Articulo 3

El presente Acuerdo no causa efecto presupuestario y se encuentra sujeto a revocación por la autoridad competente, en cualquier momento.

Articulo 4

El presente Acuerdo debe ser publicado en el Diario Oficial “LA GACETA”.

Articulo 5

Transcribir el presente acuerdo al interesado. Dado en la ciudad de Tegucigalpa M.D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de marzo del año dos mil veintidós (2022). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. PEDRO JOSÉ BARQUERO TERCERO Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaria General Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico ACUERDO MINISTERIAL No. 025-2022

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Acuerdo Ministerial

Acuerdo Ministerial No. 025-2022 — Autorizar a la Gerencia Administrativa para pagar Gastos de Representación al Subsecretario de Integración Económica y Comercio Exterior

Poder Ejecutivo

  1. 1.

    Que el Artículo 321 de la Constitución de la República manda: “Los Servidores de Estado no tiene más facultades que las que expresamente les confiere la Ley. Todo acto que ejecuten fuera de la Ley es nulo e implica responsabilidad”.

  2. 2.

    Que el Artículo 221 numeral 2) del Decreto legislativo No. 107-2021 que contiene las Disposiciones Generales del Presupuesto para el año 2022, el que fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 17 de diciembre del 2021, establece que los gastos de Representación dentro y fuera del país, son los montos que se determinan por gastos no liquidables y no inherentes al ejercicio de sus funciones, los mismos son otorgados a los funcionarios acorde al cargo y sus responsabilidades.

Articulo 1

Autorizar a la Gerencia Administrativa de esta Secretaría de Estado para que proceda a pagar los Gastos de Representación en el país al SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA Y COMERCIO EXTERIOR, la cantidad mensual de QUINCE MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.15,000.00) a partir del mes de marzo al mes de diciembre del año dos mil veintidós.

Articulo 2

Los fondos necesarios para el pago de gastos de representación del funcionario se obtendrán del Programa 01, Actividad 03, Objeto 14300, Unidad Ejecutora 03, del Presupuesto de esta Secretaría de Estado.

Articulo 3

El presente Acuerdo Ministerial es de ejecución inmediata y deberá Publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la Tegucigalpa, M.D.C., a los veintiocho (28) días del mes de marzo del año 2022. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE PEDRO JOSÉ BARQUERO TERCERO Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaria General EMPRESA N ACIONAL DE A RTES GRÁFICAS Sección A AÑO CXLIV TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. MIÉRCOLES 6 DE ABRIL DEL 2022. NUM. 35,892 Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico ACUERDO No. 023-2022 1 A. SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO Acuerdos Ministeriales Nos. 023-2022, 024-2022 PODER EJECUTIVO Decretos Ejecutivos números PCM- 04-2022, 05-2022 SECRETARÍA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Acuerdo Ejecutivo No. STSS-308-2022 ACTA V Sección B Avisos Legales B. 1 - 28

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Acuerdo Ministerial

Acuerdo Ministerial No. 023-2022 — Dejar sin valor y efecto el Acuerdo Ministerial No. 182-2021 sobre delegación a Heydi Vanessa Reyes Romero

Poder Ejecutivo

  1. 1.

    Que el Artículo 321 de la Constitución de la República manda: “Los Servidores de Estado no tiene más facultades que las que expresamente les confiere la Ley. Todo acto que ejecuten fuera de la -Ley es nulo e implica responsabilidad”.

  2. 2.

    Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley; asimismo les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del ramo.

  3. 3.

    Que con el objeto de agilizar la administración pública los Secretarios de Estado, podrán delegar en sus Subsecretarios de Estado el ejercicio de la potestad de decidir en determinadas materias o en casos concretos mediante la firma de ciertos actos administrativos. CONSIDERANDO: El superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración de que forma parte el superior y el inferior. CONSIDERANDO: El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado podrá contener instrucciones obligatorias para éste en materia procedimental.

  4. 4.

    Que Honduras es un Estado Miembro del Sistema de Integración Centroamericana creado por el Protocolo de Tegucigalpa del 13 de diciembre de 1991, así como el Tratado General de Integración Económica Centroamericana del 13 de diciembre de 1960 y reformado por el Protocolo de Guatemala del 23 de octubre de 1993;

  5. 5.

    Que de conformidad con el artículo 6 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), la integración económica centroamericana avanzará de acuerdo con la voluntad de los Estados Parte y todos o algunos miembros podrán avanzar con mayor celeridad hacia la unión económica;

  6. 6.

    Que el Protocolo Habilitante para el Proceso de Integración Profunda hacia el Libre Tránsito de Mercancías y de Personas Naturales entre las Repúblicas de Guatemala y Honduras (Protocolo Habilitante), al cual se ha adherido la República de El Salvador, establece el marco jurídico que permite a los Estados Parte alcanzar de manera gradual y progresiva, una Unión Aduanera entre sus territorios, así como el libre tránsito de personas naturales entre sus territorios, en congruencia con los instrumentos jurídicos de la integración económica centroamericana;

  7. 7.

    Que en los términos del Ordinal Cuarto del Protocolo Habilitante, le corresponde a la Instancia Ministerial de la Unión Aduanera definir y adoptar las políticas, directrices e instrumentos jurídicos fundamentales de la Unión Aduanera, en los términos mutatis mutandis, del artículo 55 del Protocolo de Guatemala, adoptando los actos administrativos que sean necesarios;

  8. 8.

    Que en Resolución de fecha 20 de octubre de 1995, la Corte Centroamericana de Justicia manifiesta que: “la publicación no es requisito esencial para la validez de los actos normativos obligatorios del Sistema de Integración Económica Centroamericana”; que la publicidad se debe realizar para garantizar la efectiva observancia y ejecución de los propósitos y principios;

  9. 9.

    Que en fecha 17 de enero de 2022, la Instancia Ministerial de la Unión Aduanera entre las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras, adoptó el Acuerdo Instancia Ministerial-UA No. 01-2022; que ACUERDA: 1. Modificar el Acuerdo de la Instancia Ministerial No. 4-2017, del 16 de junio de 2017, en el sentido de establecer el horario de atención a los usuarios del Puesto Fronterizo Integrado de Corinto, de la forma siguiente: Lunes a domingo de 5:00 a.m. a 10:00 p.m., para todas las operaciones relacionadas con el paso de mercancías, medios de transporte vacíos y turismo. 2. El horario de atención de los Puestos Fronterizos Integrados de El Florido y Agua Caliente será el establecido en el Acuerdo de la Instancia Ministerial No. 4-2017, del 16 de junio de 2017. 3. El presente Acuerdo entra en vigor a partir de esta fecha y será publicado por los Estados Parte. 4. No obstante lo establecido en el numeral anterior, este Acuerdo no entrará en vigor para la República de El Salvador.

Articulo 55

del Protocolo de Guatemala, adoptando los actos administrativos que sean necesarios; CONSIDERANDO: Que en Resolución de fecha 20 de octubre de 1995, la Corte Centroamericana de Justicia manifiesta que: “la publicación no es requisito esencial para la validez de los actos normativos obligatorios del Sistema de Integración Económica Centroamericana”; que la publicidad se debe realizar para garantizar la efectiva observancia y ejecución de los propósitos y principios; CONSIDERANDO: Que en fecha 17 de enero de 2022, la Instancia Ministerial de la Unión Aduanera entre las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras, adoptó el Acuerdo Instancia Ministerial-UA No. 01-2022; que ACUERDA: 1. Modificar el Acuerdo de la Instancia Ministerial No. 4-2017, del 16 de junio de 2017, en el sentido de establecer el horario de atención a los usuarios del Puesto Fronterizo Integrado de Corinto, de la forma siguiente: Lunes a domingo de 5:00 a.m. a 10:00 p.m., para todas las operaciones relacionadas con el paso de mercancías, medios de transporte vacíos y turismo. 2. El horario de atención de los Puestos Fronterizos Integrados de El Florido y Agua Caliente será el establecido en el Acuerdo de la Instancia Ministerial No. 4-2017, del 16 de junio de 2017. 3. El presente Acuerdo entra en vigor a partir de esta fecha y será publicado por los Estados Parte. 4. No obstante lo establecido en el numeral anterior, este Acuerdo no entrará en vigor para la República de El Salvador. POR TANTO: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en uso de las atribuciones y las facultades de que está investida y en aplicación de los Artículos 246; 247; 333 y 335 de la Constitución de la República; 29 y 36 numerales 1 y 8; 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; los Ordinales Tercero y Cuarto del Protocolo Habilitante; 38 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica (Protocolo de Guatemala). ACUERDA: PRIMERO: Hacer del conocimiento público para su observancia, el Acuerdo Instancia Ministerial-UA No. 01-2022; que ACUERDA: 1. Modificar el Acuerdo de la Instancia Ministerial No. 4-2017, del 16 de junio de 2017, en el sentido de establecer el horario de atención a los usuarios del Puesto Fronterizo Integrado de Corinto, de la forma siguiente: lunes a domingo de 5:00 a.m. a 10:00 p.m., para todas las operaciones relacionadas con el paso de mercancías, medios de transporte vacíos y turismo. 2. El horario de atención de los Puestos Fronterizos Integrados de El Florido y Agua Caliente será el establecido en el Acuerdo de la Instancia Ministerial No. 4-2017, del 16 de junio de 2017. 3. El presente Acuerdo entra en vigor a partir de esta fecha y será publicado por los Estados Parte. 4. No obstante lo establecido en el numeral anterior, este Acuerdo no entrará en vigor para la República de El Salvador. SEGUNDO: Ordenar que para hacer del conocimiento público y observancia en general, la Resolución aquí nominada, debe ser publicada en la página web de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, www.sde.gob.hn. TERCERO: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigor a partir de la fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” y en el sitio web www.sde.gob.hn. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticinco días del mes de marzo de 2022. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE MELVIN ENRIQUE REDONDO Subsecretario de Estado en el Despacho de Integración Económica y Comercio Exterior, delegado mediante Acuerdo No. 022-2022 DUNIA GRISEL FUENTES CARCAMO Secretaria General EMPRESA N ACIONAL DE A RTES GRÁFICAS Sección A AÑO CXLIV TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. LUNES 18 DE ABRIL DEL 2022. NUM. 35,899 Secretaría de Desarrollo Económico ACUERDO MINISTERIAL No. 027-2022 1 A. SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO Acuerdos Ministeriales Nos. 027-2022, 028-2022 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS Acuerdos Ejecutivos Nos. 139-2022, 140-2022, 161-2022, 162-2022, 274-2022, 275-2022 INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN FORESTAL - ICF Acuerdo No. 007-2022 Sección B Avisos Legales B. 1 - 20

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Acuerdo Ministerial

Acuerdo Ministerial No. 027-2022 — Dejar sin valor y efecto el Acuerdo Ministerial No. 020-2022 sobre delegación a Paola Rodríguez Betancourth

Poder Ejecutivo

  1. 1.

    Que el Artículo 321 de la Constitución de la República manda: “Los Servidores de Estado no tiene más facultades que las que expresamente les confiere la Ley. Todo acto que ejecuten fuera de la Ley es nulo e implica responsabilidad”.

  2. 2.

    Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley; asimismo les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del ramo.

  3. 3.

    Que con el objeto de agilizar la Administración Pública los Secretarios de Estado, podrán delegar en sus Subsecretarios de Estado el ejercicio de la potestad de decidir en determinadas materias o en casos concretos mediante la firma de ciertos actos administrativos. CONSIDERANDO: El superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración de que forma parte el superior y el inferior. CONSIDERANDO: El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental.

  4. 4.

    Que es competencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, la formulación y ejecución de políticas relacionadas con los mecanismos internos de comercialización de bienes y servicios y su racionalización para asegurar condiciones adecuadas de abastecimiento en coordinación de los demás organismos que correspondan.

  5. 5.

    Que según Decreto Número 222-92, de fecha 10 de diciembre de 1992, la Secretaría de Economía y Comercio, actualmente Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, será la encargada de dirigir la política nacional en todo lo relacionado a la aplicación del Convenio Sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.

  6. 6.

    Que el cultivo de cítricos, específicamente de naranja, ha sido afectado por la enfermedad denominada Huanglombing (HLB), razón por lo cual la producción de naranja ha disminuido considerablemente, siendo afectadas las empresas procesadoras de cítricos por esta situación.

  7. 7.

    Que el sector procesador de cítricos manifestó que continúa la problemática por la reducción en la producción nacional de naranja para la elaboración de concentrado de jugo de naranja causado por los daños sufridos por el paso de las Tormentas Tropicales ETA e IOTA en las zonas de cultivos, sumado a la situación en el mercado mundial que ha generado el cambio climático que ha afectado la producción de la misma y el impacto del aumento en los precios de los insumos agrícolas a nivel mundial.

  8. 8.

    Que en el mes de marzo de 2022, el sector procesador solicitó a esta Secretaría de Estado, la autorización para la importación de un contingente por desabasto de concentrado de jugo de naranja congelado, bajo la fracción arancelaria 2009.11.00.00 para poder suplir la demanda del consumo nacional y exportador de jugo de naranja.

  9. 9.

    Que en fecha 25 de marzo de 2022, la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, solicitó a la Secretaría Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, realizar un análisis desde el punto de vista técnico, científico y de producción, así como la emisión de un dictamen en el cual se establezca la pertinencia o no de establecer un contingente por desabasto de concentrado de jugo de naranja congelado.

  10. 10.

    Que en fecha 07 de abril del año 2022, la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, mediante Oficio-SAG-284-2022, manifiesta estar de acuerdo con la autorización y apertura de un contingente de desabasto por la cantidad de dos millones (2,000,000) de kilogramos líquidos de concentrado de jugo de naranja congelado clasificado en la fracción arancelaria 2009.11.00.00 del Arancel Centroamericano de Importación (ACI), con un Derecho Arancelario de Importación (DAI) del cero por ciento (0%), y a su vez, estarán gestionando reuniones con el sector productor y procesador de cítricos para discutir sobre estado de la producción actual de naranja en el país.

  11. 11.

    Que en fecha 07 de abril del año 2022, la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial emitió informe técnico en el cual establece que en base al Oficio-SAG-284-2022 emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería SAG, es procedente la emisión del Acuerdo de autorización de importación de un contingente por desabasto, por el volumen de dos millones (2,000,000) de kilogramos líquidos de concentrado de jugo de naranja congelado clasificado en la fracción arancelaria 2009.11.00.00 del Arancel Centroamericano de Importación (ACI), con un Derecho Arancelario de Importación (DAI) del cero por ciento (0%).

  12. 12.

    Que es necesario establecer las disposiciones para la administración del contingente por desabastecimiento.

Articulo 1

Dejar sin valor y efecto el Acuerdo Ministerial No. 020-2022 de fecha 08 de febrero del año 2022, en el cual se le delega temporalmente la Subgerencia de Recursos Humanos a la Licenciada ISIS PAOLA RODRIGUEZ BETANCOURTH.

Articulo 2

Delegar temporalmente la Subgerencia de Recursos Humanos de esta Secretaría a la Licenciada CLEMENTINA LARA GUERRERO, para que pueda firmar y dar seguimiento a todo los trámites y asuntos relacionados que corresponden a dicho cargo, efectivo del 01 de abril del 2022.

Articulo 3

El presente Acuerdo debe ser publicado en el Diario Oficial “LA GACETA”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., uno (01) de abril del año dos mil veintidós (2022). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MELVIN ENRIQUE REDONDO Subsecretario de Estado en el Despacho de Integración Económica y Comercio Exterior delegado mediante Acuerdo No. 022-2022 DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretario General Secretaría de Desarrollo Económico ACUERDO MINISTERIAL No. 028-2022 LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, CONSIDERANDO: Que es competencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, la formulación y ejecución de políticas relacionadas con los mecanismos internos de comercialización de bienes y servicios y su racionalización para asegurar condiciones adecuadas de abastecimiento en coordinación de los demás organismos que correspondan. CONSIDERANDO: Que según Decreto Número 222-92, de fecha 10 de diciembre de 1992, la Secretaría de Economía y Comercio, actualmente Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, será la encargada de dirigir la política nacional en todo lo relacionado a la aplicación del Convenio Sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano. CONSIDERANDO: Que el cultivo de cítricos, específicamente de naranja, ha sido afectado por la enfermedad denominada Huanglombing (HLB), razón por lo cual la producción de naranja ha disminuido considerablemente, siendo afectadas las empresas procesadoras de cítricos por esta situación. CONSIDERANDO: Que el sector procesador de cítricos manifestó que continúa la problemática por la reducción en la producción nacional de naranja para la elaboración de concentrado de jugo de naranja causado por los daños sufridos por el paso de las Tormentas Tropicales ETA e IOTA en las zonas de cultivos, sumado a la situación en el mercado mundial que ha generado el cambio climático que ha afectado la producción de la misma y el impacto del aumento en los precios de los insumos agrícolas a nivel mundial. CONSIDERANDO: Que en el mes de marzo de 2022, el sector procesador solicitó a esta Secretaría de Estado, la autorización para la importación de un contingente por desabasto de concentrado de jugo de naranja congelado, bajo la fracción arancelaria 2009.11.00.00 para poder suplir la demanda del consumo nacional y exportador de jugo de naranja. CONSIDERANDO: Que en fecha 25 de marzo de 2022, la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, solicitó a la Secretaría Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, realizar un análisis desde el punto de vista técnico, científico y de producción, así como la emisión de un dictamen en el cual se establezca la pertinencia o no de establecer un contingente por desabasto de concentrado de jugo de naranja congelado. CONSIDERANDO: Que en fecha 07 de abril del año 2022, la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, mediante Oficio-SAG-284-2022, manifiesta estar de acuerdo con la autorización y apertura de un contingente de desabasto por la cantidad de dos millones (2,000,000) de kilogramos líquidos de concentrado de jugo de naranja congelado clasificado en la fracción arancelaria 2009.11.00.00 del Arancel Centroamericano de Importación (ACI), con un Derecho Arancelario de Importación (DAI) del cero por ciento (0%), y a su vez, estarán gestionando reuniones con el sector productor y procesador de cítricos para discutir sobre estado de la producción actual de naranja en el país. CONSIDERANDO: Que en fecha 07 de abril del año 2022, la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial emitió informe técnico en el cual establece que en base al Oficio-SAG-284-2022 emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería SAG, es procedente la emisión del Acuerdo de autorización de importación de un contingente por desabasto, por el volumen de dos millones (2,000,000) de kilogramos líquidos de concentrado de jugo de naranja congelado clasificado en la fracción arancelaria 2009.11.00.00 del Arancel Centroamericano de Importación (ACI), con un Derecho Arancelario de Importación (DAI) del cero por ciento (0%). CONSIDERANDO: Que es necesario establecer las disposiciones para la administración del contingente por desabastecimiento. POR TANTO: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en aplicación de los artículos 255, 321 y 347 de la Constitución de la República, 36 numeral 8, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública y sus reformas, 54 literal a) del Decreto Ejecutivo No. 08-97, contentivo del Reglamento de Organización y Competencia del Poder Ejecutivo.

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Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 139-2022 — Cancelar al ciudadano Juan Carlos Zelaya Degrandez del cargo de Subdirector Nacional del 911

Poder Ejecutivo

  1. 1.

    Cancelar al ciudadano JUAN CARLOS ZELAYA DEGRANDEZ, del cargo de Subdirector Nacional del Sistema de Emergencias Nueve, Uno, Uno (911), a quien se le rinden las gracias por los servicios prestados .

  2. 2.

    El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, el día 1 del mes de marzo del año 2022.

  3. 3.

    El presente Acuerdo deberá ser remitido a la Administración Aduanera de Honduras, a la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería para que procedan de conformidad a sus competencias.

  4. 4.

    Se instruye que el presente Acuerdo sea publicado en el Diario Oficial “LA GACETA” y en la página web de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 07 días del mes de abril de 2022. MELVIN REDONDO Subsecretario de Integración Económica y Comercio Exterior delegado mediante Acuerdo No. 022-2022 JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General Acuerdo Ejecutivo No. 271-2022

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