de la Ley de Procedimiento Administrativo y por el derecho de petición establecido en el artículo 80 de la Constitución de la República.- Que se tengan por válidas las consideraciones, hechos, antecedentes y fundamentos legales planteados en el desarrollo de esta demanda ratificándose a la vez cada una de las consideraciones hechos y fundamentos legales planteados en el Recurso de Reposición interpuesto en tiempo y forma en fecha diecisiete (17) de octubre del año dos mil veintitrés (2023) contra la Resolución no. 131/2023 emitida por el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN) en fecha treinta y uno (31) de agosto del año dos mil veintitrés (2023), por infringir el ordenamiento jurídico, quebrantamiento de las formalidades esenciales y contener vicios de nulidad y anulabilidad como el exceso de poder y la desviación de poder, además por ser nula de pleno derecho por contravenir lo dispuesto en el artículo 8 de la ley general de la administración pública, por exceso de poder, por quebrantar el principio de irretroactividad de la ley y violentar el principio pro homine.- Se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y como medida para su pleno restablecimiento se deje sin valor ni efecto el contenido de la resolución administrativa impugnada y por consiguiente se conceda el derecho minero que se otorgó a la concesión minera de fecha 21 de diciembre del 2012, al amparo de la Ley de Minería de 1998.- Se solicita se adopte la medida cautelar de suspensión del acto reclamado conforme al artículo 121 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo en virtud de haberse autorizado la etapa de explotación.- Se solicita se coteje la fotocopia del poder con que actuó con su original y en el acto se me devuelva.- Petición. ABG. ALAN MAURICIO MARTINEZ MARTINEZ SECRETARIO ADJUNTO 12 S. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 20 de octubre del 2023, compareció a este Juzgado el Abogado Abel Antonio Sevilla Herrera en su condición de representante procesal del ciudadano Franklin Alexander Cruz Chirinos, POR LA VÍA DEL PROCEDIMIENTO PERSONAL para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el ACUERDO INHGEOMIN No. 40/09/2023 de fecha 29 de septiembre del 2023, emitido por actuaciones del Instituto Hondureño de Geología y Minas "INHGEOMIN". Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2023-01128. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLÓN CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 12 S. 2024 ____________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 17 de mayo del 2024, compareció a este Juzgado el Abogado Daniel Alexander Ortiz en su condición de representante procesal de la ciudadana Claudia Gabriela Jiménez Ordoñez, POR LA VÍA DEL PROCEDIMIENTO PERSONAL para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el ACUERDO No. 1705-2024, con fecha 25 de abril del 2024, emitido por actuaciones de la Secretaría de Estado en los Despachos de Salud. Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2024- 00394. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 12 S. 2024 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 D E SEPTIEMBRE D E L 2024 N o . 36,638 CERTIFICACIÓN La infrascrita, Encargada de la Secretaría General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO, otorgada en la Resolución Número 746-2024 de fecha 15 de agosto del año 2024, en relación al CERTIFICADO DE DISTRIBUCIÓN, otorgado por la empresa Concedente de fecha 05 de diciembre del 2023, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia de DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO, a la Sociedad Mercantil PROMOCIÓN MÉDICA HONDURAS, S.A. DE C.V., como DISTRIBUIDOR de la empresa concedente KARL STORZ ENDOSCOPÍA MÉXICO S.A. DE C.V., de nacionalidad mexicana, de forma EXCLUSIVA; POR TIEMPO DEFINIDO hasta el 31 de diciembre del 2024, quedando autorizada, para brindar instalación, servicio técnico nivel 1, mantenimiento preventivo, servicio de venta y post venta de sus equipos, ya que cuentan con personal entrenado para dichas actividades, con JURISDICCIÓN EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS. NOTIFÍQUESE. MSc. CINTHYA SARAHÍ ARTEAGA PORTILLO, Subsecretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Empresarial y Comercio Interio; Delegada mediante Acuerdo No. 141- 2022. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA, Secretario General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 27 días del mes de agosto del año 2024. ANDREA ESTEPHANIA BARRIENTOS CABRERA Encargada de la Secretaría General por Acuerdo No. 101-2024 12 S 2024 CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO, otorgada mediante resolución número 529-2024 de fecha 25 de junio del año 2024, mediante CARTA de fecha 07 de diciembre del 2023, que en su resolutivo LITERALMENTE DICE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicitud de LICENCIA DE DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO, presentada por el Abogado CESAR JHAZZYR ORDOÑEZ IZAGUIRRE, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras, con carné No. 25309, quien actúa en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA COMERCIAL, S.A., con RTN 08019002278310, como concesionaria de la empresa concedente IGEBA GERAETEBAU GMBH, de nacionalidad alemana, en virtud que cumple y reúne todos los requisitos establecidos en la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras y su Reglamento. SEGUNDO: Otorgar la licencia a la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA COMERCIAL, S.A., en forma NO EXCLUSIVA, por TIEMPO DEFINIDO, hasta el 01 de agosto del 2024, con jurisdicción en todo el terrítorio de la República de Honduras, de los productos: Generadores de Niebla Térmica y Generadores de Aerosol ULV. Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. (F) y (S) Msc. CINTHY A SARAHÍ ARTEAGA PORTILLO, Subsecretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Empresarial y Comercio Interior; Delegada mediante Acuerdo No. 141-2022. (F) y (S) JOEL EDUARDO SALINAS LANZA, Secretario General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cuatros días del mes de julio del año dos mil veinticuatro. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General 12 S 2024 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 D E SEPTIEMBRE D E L 2024 N o . 36,638 Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICACIÓN La infrascrita, Encargada de la Secretaría General, de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO, otorgada mediante resolución número 728- 2024, de fecha 13 de agosto del año 2024, en virtud de la CARTA de fecha 13 de marzo del 2024, que en su resolutivo LITERALMENTE DICE: Que de conformidad con el