Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 486-2024 — Delegación de funciones al Gerente Administrativo de la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización
Congreso Nacional
- 1.
Que los órganos de la Administración Pública desarrollarán sus actividades sujetándose a la jerarquía normativa establecida en el artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública y en arreglo a las normas de la economía, celeridad y eficacia, a fin de lograr una pronta y efectiva satisfacción del interés general.
- 2.
Que la Ley General de la Administración Pública, en su artículo 36 numeral 8, establece que es atribución de los Secretarios de Estado, emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución.
- 3.
Que el artículo 37 numeral 3 de la Ley Orgánica de Presupuesto, señala que corresponde a las Secretarías de Estado por medio de sus titulares o sus substitutos legales, autorizar las transferencias de fondos presupuestarios entre objetos específicos del gasto o entre categorías de un mismo programa, siguiendo el procedimiento que al efecto establece la Secretaría de Estado en los Despachos Finanzas. EDIS ANTONIO MONCADA SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
- 4.
Que en fecha 29 de febrero de 2024, se nombró mediante Acuerdo Ejecutivo número 68-2024 al ciudadano Dennis Alexander Rodríguez Cuellar, en el cargo de Gerente Administrativo de esta Secretaría de Estado.
- 5.
Que las múltiples ocupaciones encomendadas al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, además, que el propósito de las modificaciones es reorientar el gasto dentro de los grupos presupuestarios conforme a las solicitudes debidamente autorizadas y presentadas y ser oportuno con la gestión de la actividad administrativa en el marco de los principios de la administración pública.
- 6.
Que en la República de Honduras con fecha veintiocho de noviembre del año dos mil veintiuno, se practicaron Elecciones Generales para elegir al Presidente de la República, Diputados al Congreso Nacional y Miembros de las Corporaciones Municipales.
- 7.
Que, de conformidad al resultado de las elecciones generales practicadas, fue electo el ciudadano JOSÉ ADAN SIERRA CASTRO, como alcalde Municipal de la Corporación Municipal del municipio de La Venta, departamento de Francisco Morazán, quien falleció en fecha diez (10) de febrero del año 2024.
- 8.
Que conforme al artículo 27 de la Ley de Municipalidades, para ser miembro de la Corporación Municipal se requiere:
- 1)
Ser hondureño, nacido en el municipio o estar domiciliado en el mismo por más de cinco años consecutivos;
- 2)
Ser mayor de dieciocho años y estar en el goce de sus derechos políticos; y,
- 3)
Saber leer y escribir.
- 1)
- 9.
Que conforme a lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley de Municipalidades, en caso de que vacare el Alcalde lo sustituirá el Vice Alcalde, en el caso de los Regidores su sustitución se hará conforme lo establece la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, y luego el artículo 33 del Reglamento de la Ley de Municipalidades, dispone que las vacantes que ocurran en la Corporación Municipal cualquiera que sea la causa que las motive, ya sea en forma temporal o definitiva serán cubiertas por el Poder Ejecutivo mediante acuerdo que emitirá la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización a propuesta de los organismos directivos centrales de la organización política al cual pertenezca el miembro sustituto.
- 10.
Que el primer párrafo del artículo 33 del Reglamento de la Ley de Municipalidades, los partidos políticos, a través de sus organismos directivos centrales, podrán solicitar ante esta Secretaría de Estado, la sustitución de cualquier vacante que ocurra en la Corporación Municipal.
- 11.
Que el segundo párrafo del artículo 33 del Reglamento de la Ley de Municipalidades establece que "Si el órgano político no propusiere el sustituto en un término de treinta (30) días, el nombramiento lo hará dicha Secretaría de Estado tomando en consideración Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 478-2024 preferente a ciudadanos de la organización, política a que pertenezca el miembro de la sustitución.
- 12.
Que en fecha primero (01) de marzo del año dos mil veinticuatro, se recibió ante esta Secretaría de Estado la solicitud de Nombramiento por parte de la ciudadana HADA ONDINA MEJÍA TABORA, solicitando ser nombrada en el cargo de Alcaldesa Municipal de la Corporación Municipal del municipio de La Venta del departamento Francisco Morazán.
- 13.
Que en fecha cinco (05) de marzo del año 2024, se requirió “Propuesta de nombramiento para la ciudadana HADA ONDINA MEJÍA TABORA, por parte del Comité Local, Departamental y Central del Partido Nacional de Honduras.
- 14.
Que en fecha veintiséis (26) de junio del año dos mil veinticuatro, se presentó ante esta Secretaría de Estado únicamente propuestas de nombramiento por las autoridades del Comité Local y Departamental del Partido Nacional extendidas en fecha 22 de mayo del año 2024, faltando la presentación de la propuesta de nombramiento del Comité Central del Partido Nacional de Honduras.
- 15.
Que en fecha veintiséis (26) de junio del año dos mil veinticuatro se requirió nuevamente al Partido Nacional de Honduras para que presentar “Propuesta de nombramiento emitida por el Comité Central del Partido”.
- 16.
Que han transcurrido más de treinta (30) días, de haberse requerido la propuesta extendida por el Comité Central del Partido Nacional de Honduras, donde se designe a la ciudadana HADA ONDINA MEJÍA TABORA, en el cargo de Alcaldesa Municipal del municipio de La Venta, departamento de Francisco Morazán, sin haber obtenido respuesta alguna, por lo cual en aplicación del párrafo segundo del Reglamento de la Ley de Municipalidades, esta Secretaría de Estado procede a elaborar el acuerdo de nombramiento respectivo, tomando en consideración preferente a la ciudadana HADA ONDINA MEJÍA TABORA, en virtud de pertenecer a la organización política del miembro sustituido.
- 17.
Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, actuando en base al artículo 33 párrafo segundo del Reglamento de la Ley de Municipalidades, resuelve la solicitud que consta en el expediente V-01032024-42, presentada en fecha primero de marzo del año dos mil veinticuatro, para nombrar a la ciudadana HADA ONDINA MEJÍA TABORA con Documento Nacional de Identificación número 1001- 1960-00090, como Alcaldesa Municipal de la Corporación Municipal del municipio de La Venta, departamento de Francisco Morazán, en sustitución del ciudadano JOSÉ ADAN SIERRA CASTRO con Documento Nacional de Identificación número 0808-1956-00051 quien falleció en fecha diez (10) de febrero del año 2024, hecho acreditado mediante acta de defunción 0808-2024-00007, agregada a folio 4, la cual fue puesta en conocimiento mediante sesión ordinaria la que consta en “Acta No 02, de fecha catorce (14) de febrero del año dos mil veinticuatro, tal como se acredita en la certificación de punto de acta, de fecha trece de mayo del año dos mil veinticuatro.
- 18.
Que mediante Resolución Administrativa 1061-2024, de fecha ocho de agosto del año dos mil veinticuatro, se declara procedente la solicitud y se concede la sustitución presentada, por lo cual dando cumplimiento a la resolución antes mencionada se procede a elaborar el ACUERDO DE NOMBRAMIENTO a favor de la ciudadana HADA ONDINA MEJÍA TABORA, como Alcaldesa Municipal de la Corporación Municipal del municipio de La Venta, departamento de Francisco Morazán.