RESPONSABILIDADES DE LA SECRETARÍA DE SALUD (SESAL). La Secretaría de laria (PARH) de la República de Honduras, financiado por el Banco Centroamericano gración Económica (BCIE), cuyo objetivo es fortalecer la red hospitalaria mediante la cción de nuevas instalaciones en Choluteca y Tocoa, beneficiando a más de 841,000 eños. IDERANDO: Que en el marco del PARH, y conforme a los Términos de Referencia os por el BCIE, la Agencia de Gestión y Supervisión (AGS) es responsable de rear el cumplimiento técnico, ambiental y social de los procesos constructivos, ndo la verificación de actividades asociadas a bancos de materiales, como parte del o Hospital San Isidro de Tocoa. POR TANTO; de sus atribuciones y en aplicaciones de los Artículos: 30, 36 numerales 8, 116, 118, 123 de la Ley General de la Administración Pública; 4, 5 27 y 30 de la Ley de imiento Administrativo. ACUERDA: ULO 1. OBJETO. El presente Acuerdo Ministerial tiene por objeto autorizar el hamiento del banco de material no metálico tipo cantera, denominado Balastrera bicado en el Municipio de Tocoa, departamento de Colón, con el propósito exclusivo tecer material para las obras del proyecto “Diseño, Construcción, Equipamiento y en marcha del Hospital San Isidro de Tocoa”, en el marco del Programa de Apoyo a la spitalaria (PARH). ULO 2. AUTORIZACIÓN Y CONDICIONES GENERALES: Se autoriza al cio Hospital Tocoa a realizar la extracción de material seco dentro del área delimitada nstituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), conforme a la Normativa NTBP-011-2025 y el Informe Técnico TBP-016-2025. ULO 3. UBICACIÓN DEL POLÍGONO DE EXTRACCIÓN. La actividad va deberá realizarse exclusivamente dentro del área geográfica delimitada por las tes coordenadas UTM (Zona 16N): (Se incluirá tabla con coordenadas exactas del o proporcionadas por INHGEOMIN). Vértice Longitud (X) Latitud (Y) 1 612312 1732732 2 612380 1732706 3 612380 1732622 4 612345 1732779 5 612292 1732776
Salud (SESAL), a través de la Unidad Ejecutora del PARH, deberá: 1. Comunicar oficialmente el contenido del presente Acuerdo a las partes involucradas. 2. Garantizar que el aprovechamiento del banco de préstamo se limite al uso exclusivo del proyecto hospitalario. 3. Coordinar acciones de monitoreo conjunto con la AGS, INHGEOMIN e ICF, cuando corresponda. 4. Emitir observaciones o medidas correctivas si se detectan incumplimientos técnicos o ambientales. 5. Garantizar que el Acuerdo se registre en los expedientes oficiales del PARH y se incorpore en los instrumentos de seguimiento del proyecto.