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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

14 julio 2026Edición No. 37,193

Acuerdo Ministerial

Acuerdo Ministerial No. 0865-2026 — Autorización de cierre de banco de préstamo de material aluvial BANCO MANACAL

Poder Ejecutivo

  1. 1.

    Que de conformidad al artículo 247 de la Constitución de la República de Honduras, los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional en el área de su competencia.

  2. 2.

    Que el artículo 7 del Decreto Ejecutivo PCM-05-2022 de fecha 06 de abril del año 2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha seis (06) de abril del año dos mil veintidós (2022), se crea la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), con la finalidad de desarrollar los proyectos y programas de infraestructura, para lo cual contará con dos Subsecretarías; la Subsecretaría de Obras Públicas y la Subsecretaría de Transporte…

  3. 3.

    Que en el Artículo 74 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, reformado mediante Decreto Ejecutivo número PCM-023-2023 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha cuatro (04) de mayo del año dos mil veintitrés (2023), ABG. JUAN MANUEL GALVEZ ORDONEZ DIOSSANA GUADALUPE FLORES LEIVA Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL ´ ͂ establece que: A la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), le compete lo relacionado a la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con las obras de Infraestructura pública, el sistema vial y el transporte, incluyendo el planteamiento, estudio, diseño, construcción, supervisión y conservación de la red vial nacional, incluyendo las vías de comunicación terrestre, interurbanas y urbanas.

  4. 4.

    Que mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha trece (13) de Julio dos mil once (2011), fue aprobada la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, la cual tiene por objeto simplificar y agilizar los procedimientos de ejecución de proyectos de infraestructura pública, con el propósito de generar empleo y lograr mayor crecimiento económico a través de la modernización de la infraestructura nacional, las normas y procedimientos establecidos en esta ley serán aplicables a las Unidades Ejecutoras de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada a cargo de proyectos de infraestructura pública de cualquier naturaleza.

  5. 5.

    Que el artículo 22 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que los dueños de terrenos continuos o cercanos a cualquier obra de infraestructura pública, cuyos predios hayan sido identificados por la respectiva unidad ejecutora a cargo del proyecto como idóneos para servir como bancos de materiales, están obligados a facilitar y permitir la extracción de todo el material que sea necesario para la apertura, construcción, mantenimiento del proyecto, sin costo alguno para el Estado o sus contratistas, previa notificación al propietario.

  6. 6.

    Que de conformidad al Artículo 24 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, para que el Estado realice el aprovechamiento racional de los materiales requeridos, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), podrá otorgar autorizaciones a los órganos estatales, encargados de la ejecución de los diferentes proyectos de infraestructura pública y/o a las empresas constructoras por dichos órganos ejecutores, para que procedan a la extracción y acarreo de los materiales, de conformidad con los respectivos contratos de obra pública.

  7. 7.

    Que el artículo 25 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que la extracción de materiales efectuada por el Estado o sus ejecutores no afectará la explotación simultánea que puedan hacer los titulares de concesiones mineras, en caso que exista concesión previa al acuerdo que emita la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT) autorizando la extracción. En tal razón, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), emitirá la respectiva autorización para que el órgano estatal realice la extracción de materiales sobre un banco o cantera concesionada, siempre que no exista otro sitio de mejor precisión. La explotación simultánea que haga el Estado y el concesionario estará sujeta a las normas técnicas que emita el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN).

  8. 8.

    Que, de no existir concesión alguna sobre los bancos de materiales identificados, el Estado podrá realizar una extracción acorde con el aprovechamiento racional de esos recursos naturales, sujeto a las limitaciones que le señale el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), en las respectivas normas técnicas que emitan para tal efecto.

  9. 9.

    Que el artículo 26 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que previo a la emisión del Acuerdo, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), notificará de oficio, al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), para que esta compruebe el estatus ambiental, técnico y jurídico de los bancos de materiales identificados. De no haber impedimento para realizar la extracción, sin más trámite, el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), procederá a la emisión de las normas técnicas aplicables al aprovechamiento, extracción y acarreo de los materiales con las mismas técnicas emitidas y comunicadas a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), como al órgano ejecutor interesado, esta Secretaría de Estado procederá a la emisión del acuerdo de autorización correspondiente el cual será notificado tanto a la Unidad Ejecutora como al propietario de los Inmuebles identificados para servir como bancos de materiales. La autorización emitida por la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), regulada en esta ley, constituye el permiso único de extracción necesario para que el órgano ejecutor o el contratista del proyecto pueda realizar la extracción de los materiales, sin perjuicio de los demás permisos que por ley pudieran corresponder en materia municipal, forestal y ambiental.

  10. 10.

    Que, dando cumplimiento a lo establecido en la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), mediante ACUERDO MINISTERIAL No. 0002-2025 de fecha veintitrés (23) de enero del año dos mil veinticinco (2025) autorizó a la empresa “CONSTRUCCIONES Y CONSULTORÍAS ARGUETA S. de R.L.”, en su carácter de EJECUTOR del proyecto denominado: “REHABILITACIÓN DEL PUENTE MANACAL SOBRE EL RÍO CHAMELECÓN, MUNICIPIO DE SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS”, para la explotación y aprovechamiento de un (01) Banco de Préstamo de Material aluvial: “BANCO MANACAL”, ubicado en el Municipio de San Pedro Sula Departamento de Cortés.

  11. 11.

    Que en fecha trece (13) de mayo del año dos mil veintiséis (2026), la Unidad de Desarrollo Social Minero del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitió Dictamen UDS-BP-076-2026 así mismo el Informe Técnico por cierre de Normativa Técnica ITBP-024-2026 de fecha nueve (09) de abril de dos mil veintiséis (2026) sobre la inspección de campo realizada el veinte (20) de febrero de dos mil veintiséis (2026), para llevar a cabo el CIERRE de un (01) Banco de préstamo de materiales autorizado por la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) denominado aluvial: “BANCO MANACAL”, ubicado en el Municipio de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, para la ejecución del Proyecto: “REHABILITACIÓN DEL PUENTE MANACAL SOBRE EL RÍO CHAMELECÓN, MUNICIPIO DE SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS” y en donde se dan las conclusiones para dar por aceptada la solicitud de cierre del banco de materiales antes relacionado.

  12. 12.

    Que mediante Dictamen UDS- BP-076-2026 de fecha trece (13) de mayo del año dos mil veintiséis (2026), La Unidad de Desarrollo Social del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emite pronunciamiento correspondiente al banco de material denominado: Aluvial: “BANCO MANACAL” se concluye: Del análisis técnico realizado, de acuerdo al Informe ITBP- 024-2026 correspondiente al banco de préstamo de material denominado: Aluvial “BANCO MANACAL” se concluye que es técnicamente viable el cierre de normativa técnica NTBP-020-2024, por lo que su permanencia activa carece de justificación técnica y operativa. La inexistencia de actividad extractiva validada y el informe de cierre presentado respaldan la procedencia del cierre administrativo correspondiente. En ese sentido, y en cumplimiento del marco normativo vigente, se recomienda proceder con el cierre como medida coherente con los principios de control y seguimiento técnico ambiental. Por tanto, la Unidad de Desarrollo Social con base en los lineamientos técnicos establecidos y conforme a los hallazgos detallados el informe ITBP-024-2026 correspondiente al banco de material “BANCO MANACAL”, se considera favorable al cierre definitivo del mismo el cual se aperturó en su momento a favor de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), bajo Normativa Técnica NTBP-020- 2024, cuyo material se habría empleado en el proyecto “REHABILITACIÓN DEL PUENTE MANACAL SOBRE EL RÍO CHAMELECÓN, MUNICIPIO DE SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS”. Con código de expediente número 1833.

  13. 13.

    Que la Ley Especial de Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que la Unidad Ejecutora a cargo del proyecto realizará por su cuenta y a través del respectivo contratista o por sí misma, las reparaciones de los daños que se ocasionaren con motivo de la extracción de los materiales en los terrenos que fueron utilizados para la ejecución del proyecto una vez finalizado.

Articulo 1

Autorizar a la empresa “CONSTRUCCIONES Y CONSULTORÍAS ARGUETA S. de R.L.” en su carácter de EJECUTOR del Proyecto “REHABILITACIÓN DEL PUENTE MANACAL SOBRE EL RÍO CHAMELECÓN, MUNICIPIO DE SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTES” para que proceda al CIERRE del banco de préstamo de materiales denominado: Aluvial “BANCO MANACAL”, ubicado en el Municipio de San Pedro Sula, Departamento de Cortés que se detalla con su respectiva localización georreferencial a continuación: Banco de préstamo de material aluvial “BANCO MANACAL”: Hoja Cartográfica Valle de Naco N°. 2562-II, ubicado en el Municipio de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, con coordenadas UTM Polígono de extracción siguientes: 378173 1701105, 378282 1701173, 378333 1701247, 378356 1701291, 378358 1701330, 378470 1701314, 378445 1701179, 378376 1701087, 378263 1701065. Volumen de material autorizado: 2,500.00 m3. No hubo actividades extractivas.

Articulo 2

La Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), tiene por cumplidas todas las medidas de mitigación y entrega el presente ACUERDO DE CIERRE a la empresa “CONSTRUCCIONES Y CONSULTORÍAS ARGUETA S. de R.L.”, en base a las inspecciones realizadas por Cierre en el banco aluvial denominado: “BANCO MANACAL”.

Articulo 3

Notificar el presente ACUERDO DE CIERRE a la Unidad Ejecutora y al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), y a la empresa “CONSTRUCCIONES Y CONSULTORÍAS ARGUETA S. de R.L.”, en su carácter de EJECUTOR del proyecto “REHABILITACIÓN DEL PUENTE MANACAL SOBRE EL RÍO CHAMELECÓN, MUNICIPIO DE SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTES”.

Articulo 4

El presente Acuerdo Ministerial es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta de la República de Honduras. Dado en la Ciudad de Comayagüela, Municipio del Distrito Central, a los veintinueve (29) días del mes de mayo del año dos mil veintiséis (2026). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: ANIBAL ALBERTO EHRLER MARTINEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) ABG. ADEN SANTIAGO LOPEZ SECRETARIO GENERAL

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Acuerdo Ministerial

Acuerdo Ministerial No. 0920-2026 — Autorización de cierre de bancos de préstamo de materiales para proyecto carretera Las Lomas-Terrero Blanco

Poder Ejecutivo

  1. 1.

    Que de conformidad al artículo 247 de la Constitución de la República de Honduras, los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional en el área de su competencia.

  2. 2.

    Que el artículo 7 del Decreto Ejecutivo PCM-05-2022 de fecha 06 de abril del año 2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha seis (06) de abril del año dos mil veintidós (2022), se crea la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), con la finalidad de desarrollar los proyectos y programas de infraestructura, para lo cual contará con dos Subsecretarías; la Subsecretaría de Obras Públicas y la Subsecretaría de Transporte…

  3. 3.

    Que en el Artículo 74 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, reformado mediante Decreto Ejecutivo número PCM-023-2023 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha cuatro (04) de mayo del año dos mil veintitrés (2023), establece que: La Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), le compete lo relacionado a la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con las obras de infraestructura pública, el sistema vial y el transporte, incluyendo el planteamiento, estudio, diseño, construcción, supervisión y conservación de la red vial nacional, incluyendo las vías de comunicación terrestre, interurbanas y urbanas.

  4. 4.

    Que mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha trece (13) de julio dos mil once (2011), fue aprobada la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, la cual tiene por objeto simplificar y agilizar los procedimientos de ejecución de proyectos de infraestructura pública, con el propósito de generar empleo y lograr mayor crecimiento económico a través de la modernización de la infraestructura nacional, las normas y procedimientos establecidos en esta ley serán aplicables a las Unidades Ejecutoras de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada a cargo de proyectos de infraestructura pública de cualquier naturaleza.

  5. 5.

    Que el artículo 22 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que los dueños de terrenos continuos o cercanos a cualquier obra de infraestructura pública, cuyos predios hayan sido identificados por la respectiva unidad ejecutora a cargo del proyecto como idóneos para servir como bancos de materiales, están obligados a facilitar y permitir la extracción de todo el material que sea necesario para la apertura, construcción, mantenimiento del proyecto, sin costo alguno para el Estado o sus contratistas, previa notificación al propietario.

  6. 6.

    Que de conformidad al Artículo 24 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, para que el Estado realice el aprovechamiento racional de los materiales requeridos, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), podrá otorgar autorizaciones a los órganos estatales, encargados de la ejecución de los diferentes proyectos de infraestructura pública y/o a las empresas constructoras por dichos órganos ejecutores, para que procedan a la extracción y acarreo de los materiales, de conformidad con los respectivos contratos de obra pública.

  7. 7.

    Que el artículo 25 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que la extracción de materiales efectuada por el Estado o sus ejecutores no afectará la explotación simultánea que puedan hacer los titulares de concesiones mineras, en caso que exista concesión previa al Acuerdo que emita la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT) autorizando la extracción. En tal razón, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), emitirá la respectiva autorización para que el órgano estatal realice la extracción de materiales sobre un banco o cantera concesionada, siempre que no exista otro sitio de mejor precisión. La explotación simultánea que haga el Estado y el concesionario estará sujeta a las normas técnicas que emita el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN).

  8. 8.

    Que, de no existir concesión alguna sobre el banco de materiales identificado, el Estado podrá realizar una extracción acorde con el aprovechamiento racional de esos recursos naturales, sujeto a las limitaciones que le señale el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN) en las respectivas normas técnicas que emitan para tal efecto.

  9. 9.

    Que el artículo 26 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que previo a la emisión del Acuerdo la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), notificará de oficio, al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), para que esta compruebe el estatus ambiental, técnico y jurídico del banco de materiales identificado. De no haber impedimento para realizar la extracción, sin más trámite, el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), procederá a la emisión de las normas técnicas aplicables al aprovechamiento, extracción y acarreo de los materiales con las mismas técnicas emitidas y comunicadas a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), como al órgano ejecutor interesado, esta Secretaría de Estado procederá a la emisión del acuerdo de autorización correspondiente el cual será notificado tanto a la Unidad Ejecutora como al propietario del Inmueble identificado para servir como banco de materiales. La autorización emitida por la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), regulada en esta Ley, constituye el permiso único de extracción necesario para que el órgano ejecutor o el contratista del proyecto pueda realizar la extracción de los materiales, sin perjuicio de los demás permisos que por ley pudieran corresponder en materia municipal, forestal y ambiental.

  10. 10.

    Que, dando cumplimiento a lo establecido en la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), mediante ACUERDOS MINISTERIALES No. 0003-2023 de fecha diecinueve (19) de abril del año dos mil veintitrés (2023) y No. 033-2023 de fecha veintidós (22) de septiembre del año dos mil veintitrés (2023), autorizó a la empresa Constructora Serrano Colindres y Asociados (COSCO), en su carácter de EJECUTOR del proyecto denominado: “CONSTRUCCIÓN DE LA CARRETERA LAS LOMAS-TERRERO BLANCO, TRAMO A: LAS LOMAS - EL JICARITO DEPARTAMENTO DE OLANCHO”, para la explotación y aprovechamiento de siete (07) Bancos de Préstamo de Materiales denominados secos: “COSCO I”, “NEPTALY I”, “SEVILLA I” y “SEVILLA II” y aluviales: “GUAYAMBRE I”, “GUAYAMBRE II”, y “RÍO LOS ALMENDROS”, ubicados en el Municipio de Danlí, Departamento de El Paraíso.

  11. 11.

    Que en fecha doce (12) de marzo del año dos mil veintiséis (2026), la Unidad de Desarrollo Social Minero del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitió Dictamen UDS-BP-056-2026 y siete (07) Informes Técnicos por cierre de normativa Técnica, ITBP-009-2026 de fechas trece (13) de febrero del año dos mil veintiséis (2026), sobre la inspección de campo realizada el treinta (30) de abril del año dos mil veinticinco (2025) para llevar a cabo el CIERRE de siete (07) Bancos de préstamo de materiales autorizados por la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) denominados secos: “COSCO I”, “NEPTALY I”, “SEVILLA I” y “SEVILLA II” y aluviales: “GUAYAMBRE I”, “GUAYAMBRE II”, y “RÍO LOS ALMENDROS”, ubicados en el Municipio de Danlí, Departamento de El Paraíso, para la ejecución del Proyecto: “CONSTRUCCIÓN DE LA CARRETERA LAS LOMAS- TERRERO BLANCO, TRAMO A: LAS LOMAS - EL JICARITO DEPARTAMENTO DE OLANCHO”, y en donde se dan las conclusiones para dar por aceptada la solicitud de cierre de los bancos de materiales antes relacionados.

  12. 12.

    Que mediante Dictámen UDS- BP-056-2026 de fecha doce de marzo de dos mil veintiseis (2026), la Unidad de Desarrollo Social del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN) con base en los lineamientos técnicos establecidos bajo normativas técnicas NTBP-002-2023 y NTBP-21-2023 y conforme a los hallazgos detallados en el Informe ITBP-009-2026, se considera favorable el cierre definitivo de los bancos de préstamo denominados: secos: “COSCO I”, “NEPTALY I”, “SEVILLA I” y “SEVILLA II” y aluviales: “GUAYAMBRE I”, “GUAYAMBRE II”, y “RÍO LOS ALMENDROS”, ubicados en el Municipio de Danlí, Departamento de El Paraíso, registrada en el expediente administrativo N° 1698.

  13. 13.

    Que la Ley Especial de Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que la Unidad Ejecutora a cargo del proyecto realizará por su cuenta y a través del respectivo contratista o por sí misma, las reparaciones de los daños que se ocasionaren con motivo de la extracción de los materiales en los terrenos que fueron utilizados para la ejecución del proyecto una vez finalizado.

Articulo 1

Autorizar a la Empresa Constructora Serrano Colindres y Asociados (COSCO), en su carácter de EJECUTOR del Proyecto “CONSTRUCCIÓN DE LA CARRETERA LAS LOMAS-TERRERO BLANCO, TRAMO A: LAS LOMAS - EL JICARITO DEPARTAMENTO DE OLANCHO”, para que proceda al CIERRE de los bancos de préstamo de materiales denominados: secos: “COSCO I”, “NEPTALY I”, “SEVILLA I” y “SEVILLA II” y aluviales: “GUAYAMBRE I”, “GUAYAMBRE II”, y “RÍO LOS ALMENDROS”, ubicados en el Municipio de Danlí, Departamento de El Paraíso que se detallan con su respectiva localización georreferencial a continuación: Banco de préstamo material Seco “COSCO I”: Hoja Cartográfica Valle de Jamastran 2958-III, ubicado en el Municipio de Danlí Departamento de El Paraíso. Con coordenadas UTM siguiente: 573045 1557360; 573020 1557540; 573090 1557555; 573140 1557400. Volúmen autorizado 169,037.083 m³. Banco de préstamo de material seco: “NEPTALY I”: Hoja Cartográfica El Maguelar 2968-1, ubicado en el Municipio de Danlí, Departamento de El Paraíso con coordenadas UTM siguientes: 584890 1567564, 584767,1567566, 584765 1567662, 584887 1567660. Volumen autorizado 10,000 m³. Banco de préstamo de material seco: “SEVILLA I”: Hoja Cartográfica El Maguelar 2958-1, ubicado en el Municipio de Danlí, Departamento de El Paraíso con coordenadas UTM siguientes: 572000 1556250, 571900 1556490, 571710 1556450, 591710 1556350, 571850 1556180. Volumen autorizado 268,878.89 m³. Banco de préstamo de material seco: “SEVILLA II”: Hoja Cartográfica El Maguelar 2958-1, ubicado en el Municipio de Danlí, Departamento de El Paraíso con coordenadas UTM siguientes: 571540 1556480, 571480 1556530, 571420 1556490, 571450 1556410. Volumen autorizado 29,971.10 m³. Banco de préstamo de material Aluvial: “RÍO GUAYAMBRE I”: Hoja Cartográfica El Maguelar 2958-1, ubicado en el Municipio de Danlí, Departamento de El Paraíso con coordenadas UTM siguientes: 575350 1556050, 574800 1556350, 574500 1556350, 574215 1555800, 574260 1555780, 574450 1556100, 574800 1556250, 575250 1555950. Volumen autorizado 104,734.71 m³. Banco de préstamo de material Aluvial: “RÍO GUAYAMBRE II”: Hoja Cartográfica El Maguelar 2958-1, ubicado en el Municipio de Danlí, Departamento de El Paraíso con coordenadas UTM siguientes: 587000 1569100, 587000 1569700, 587170 1569734, 587175 1570136, 587645, 1570200, 587687 1570994, 588007 1571009, 588063 1571800, 588466 1571762, 588528 1570983, 588513 1570696, 587755 1570623, 587750 1570136, 587363 1570110, 587340 1569100. Volumen autorizado 350,000 m³. Banco de préstamo de material Aluvial: “RÍO LOS ALMENDROS”: Hoja Cartográfica El Maguelar 2968-1, ubicado en el Municipio de Danlí, Departamento de El Paraíso con coordenadas UTM siguientes: 569771 1555333, 569348 1555363, 569308 1555522, 569023 1555997, 568673 1556199, 568645 1556649, 568868 1556655, 568890 1556280, 569152 1556210, 569185 1555876, 569392 1555671, 569763 1555649. Volúmen autorizado 280,000.00 m³.

Articulo 2

La Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), tiene por cumplidas todas las medidas de mitigación y entrega el presente ACUERDO DE CIERRE a la empresa CONSTRUCTORA SERRANO COLINDRES Y ASOCIADOS (COSCO), en base a las inspecciones realizadas por Cierre en los bancos de préstamo de materiales denominados: secos: “COSCO I”, “NEPTALY I”, “SEVILLA I” y “SEVILLA II” y aluviales: “GUAYAMBRE I”, “GUAYAMBRE II”, y “RÍO LOS ALMENDROS”, ubicados en el Municipio de Danlí, Departamento de El Paraíso

Articulo 3

Notificar el presente ACUERDO DE CIERRE a la Unidad Ejecutora y al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), y a la empresa Constructora Serrano Colindres y Asociados (COSCO), en su carácter de EJECUTOR del proyecto “CONSTRUCCIÓN DE LA CARRETERA LAS LOMAS-TERRERO BLANCO, TRAMO A: LAS LOMAS - EL JICARITO DEPARTAMENTO DE OLANCHO”.

Articulo 4

El presente Acuerdo Ministerial es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta de la República de Honduras. Dado en la ciudad de Comayagüela, Municipio del Distrito Central, a los cuatro (04) días del mes de junio del año dos mil veintiseis (2026). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: ANIBAL ALBERTO EHRLER MARTINEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) ABG. ADEN SANTIAGO LÓPEZ BONILLA SECRETARIO GENERAL La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 14 DE JULIO DEL 2026 N o . 37,193 Sección “B” GOBIERNO DE LA República DE HONDURAS

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Licitación

Licitación No. INPREMA-PRECA-001-2026 — Precalificación de compañías constructoras y consultoras para obras de infraestructura del INPREMA

Poder Judicial

LLAMADO A PRECALIFICACIÓN INSTITUTO NACIONAL DE PREVISIÓN DEL MAGISTERIO PRECALIFICACIÓN No. INPREMA-PRECA-001-2026 “PRECALIFICACIÓN DE COMPAÑÍAS CONSTRUCTORAS Y CONSULTORAS PARA OBRAS DE INFRAESTRUCTURA DEL INPREMA”

  • 1)

    El Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA), invita a las Compañías que, al tenor de la Ley se encuentren debidamente constituidas con plena capacidad legal de ejercicio, para presentar DOCUMENTACIÓN a fin de participar en la PRECALIFICACIÓN DE CONSTRUCTORAS Y CONSULTORAS PARA OBRAS DE INFRAESTRUCTURA DEL INPREMA.

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso de precalificación proviene exclusivamente de fondos del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA) y se efectuará conforme a los procedimientos establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 3)

    Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente Precalificación mediante solicitud escrita, dirigida al Departamento de Compras y Contrataciones del INPREMA, en la dirección abajo indicada, a partir del día 7 de julio de 2026, en horario de 9:00 a.m. a 3:00 p.m., estos documentos también podrán ser examinados en el Sistema de Información de la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) (www.honducompras.gob.hn).

  • 4)

    Las aplicaciones para Precalificar deberán presentarse para su recepción en el Departamento de Compras y Contrataciones, ubicado en el 5to. piso de INPREMA, Boulevard Centroamérica, frente a Colonia Las Colinas, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras C.A., a más tardar el 07 agosto de 2026, a las 2:00 p.m. Tegucigalpa, M.D.C., 06 de julio de 2026. LIC. NELSON ALONSO BENAVIDES AGUILAR Director Presidente INPREMA 14 J. 2026

    La G aceta

    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 DE JULI O D E L 2026 N o . 37,193 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS

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Aviso

Aviso No. 285-2026 — Aviso de demanda contencioso-administrativa contra Estado de Honduras por cancelación laboral

AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha veintiuno de mayo del año dos mil veintiséis, el Abogado Leopoldo Enrique Romero Banegas, actuando en de condición de Apoderado Judicial de la señora Juana Oneida Palacios Peres, interpone demanda contra el Estado de Honduras, por actos de la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG); misma que se encuentra registrada bajo el número No. 285-2026, en este despacho dicha demanda personal tiene como finalidad que se declare la nulidad de un acto administrativo consistente en el Acuerdo de Cancelación No. SAG-164-2026, de fecha veintinueve (29) de abril del año dos mil veintiséis (2026) y notificado el treinta (30) de abril del dos mil veintiséis (2026), por persona no autorizada por la Ley, acto administrativo que se acusa de no ser conforme a derecho, por infringir y violar garantías del debido proceso y derecho a la defensa, al derecho humano al trabajo, estabilidad laboral, permanencia y continuidad en el empleo y la No discriminación, por haberse dictado en evidente infracción al ordenamiento jurídico vigente, exceso y desviación de poder, asimismo solicita la compareciente el reconocimiento de la situación jurídica particular individualizada y para su pleno restablecimiento se condene a lo siguiente:

  • A)

    Al reintegro al cargo en igual o mejor condición,

  • B)

    A título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir con sus incrementos salariales en ausencia y derechos adquiridos, cuantificados desde la cancelación hasta que se ejecute la sentencia condenatoria mediante el reintegro,

  • C)

    Declarar la incompatibilidad e inaplicabilidad del artículo 3 del Decreto Legislativo 17-2026 por no tener ningún efecto retroactivo y vulnerar derechos protegidos por las normas constitucionales y convencionales en materia de derechos humanos, de la OIT y la Jurisprudencia de la CIDH,

  • D)

    Decretar la nulidad del Acuerdo de nombramiento del sustituto. San Pedro Sula, Cortés, 26 de junio del año 2026 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 14 J. 2026 SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO

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Certificación

Certificación No. 319-2026 — Certificación de Licencia de Distribuidor para COMERCIAL ULTRAMOTOR, S.A. DE C.V. como concesionaria de YAMAHA MOTOR CO, LTD

CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR, otorgada mediante Resolución Número 319-2026 de fecha 22 de junio del año 2026, que en su resolutivo LITERALMENTE DICE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicitud de LICENCIA EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUIDOR, presentada por la Abogada LESBIA SUYAPA CANTARERO DÍAZ, inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras, con carné número 28698, actuando en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad

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Acuerdo

Acuerdo — Otorgamiento de licencia de distribuidor exclusivo a COMERCIAL ULTRAMOTOR, S. A. DE C. V. para productos YAMAHA

Poder Judicial

Mercantil COMERCIAL ULTRAMOTOR, S. A. DE C. V., con número de RTN: 08019003242485, con domicilio legal en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Departamento de Francisco Morazán. SEGUNDO: Otorgar a la Sociedad Mercantil COMERCIAL ULTRAMOTOR, S. A. DE C. V. la licencia de distribuidor como concesionaria de la empresa concedente YAMAHA MOTOR CO, LTD. de nacionalidad japonesa, de forma EXCLUSIVA por tiempo definido HASTA EL 31 DE MARZO DEL AÑO 2027, con jurisdicción en todo el territorio de la REPÚBLICA DE HONDURAS, le concede los siguientes derechos:

  • 1)

    Revender y distribuir los productos y partes comprados de Yamaha, y

  • 2)

    Señalar cualquier persona calificada como un comerciante en el territorio para el propósito de revender los productos y partes comprados de Yamaha; y, desempeñar operaciones de servicio en dichos productos, para distribuir los productos: Motocicletas, vehículos todo terreno, vehículos recreativos fuera de calle, motores de flote, vehículos marítimos. Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. (F) y (S) FERNANDO ANTONIO FORTÍN MACÍAS, Subsecretario de Desarrollo Empresarial y Comercio Interior, Delegado mediante Acuerdo No. 013-2026. (F) y (S) MARIANO TORRES FLORES, Secretario General. Para los fines que el interesado convenga se le extiende la presente en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil veintiséis. MARIANO TORRES FLORES Secretario General 14 J. 2026

    La G aceta

    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 DE JULI O D E L 2026 N o . 37,193 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA

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Edicto

Edicto — Aviso de Título Supletorio de inmueble en Apacilagua, Choluteca

Poder Judicial

AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que el Abogado GUSTAVO ADOLFO OSORTO AGUILAR, quien actúa en Representación Procesal del señor JUSTO PASTOR ORDOÑEZ JIRON, mayor de edad, soltero, hondureño, con Documento Nacional de Identificación número 0608- 1955-00109, con domicilio en el Municipio de Morolica, Departamento de Choluteca, actuando en representación del señor JUSTO ARTURO GIRON GARCIA quien es mayor de edad, soltero, hondureño, con Documento de Identidad número 0608-1983-00127, con domicilio en el Municipio de Morolica, Departamento de Choluteca, presentó a este juzgado Solicitud de Título Supletorio de un inmueble ubicado en el Caserío Las Casitas, Aldea San Felipe, jurisdicción del Municipio de Apacilagua, Departamento de Choluteca, Mapa Final KE-33; Extensión del predio 70 HAS, 07 AS, 68.85 CAS, Naturaleza Jurídica SITIO PRIVADO.- SAN FELIPE.- COLINDANCIAS.- NORTE, Clementina Ordoñez, río de Choluteca de por medio con caserío Agua Blanca; SUR, Justo Pastor Ordoñez Jirón; ESTE, Clementina Ordoñez, German Ordoñez; OESTE, Justo Pastor Ordoñez Jirón, río de Choluteca de por medio con Caserío Agua Blanca. Este inmueble lo adquirió de forma quieta, pacífica, tranquila y no interrumpida, de buena fe por más de (54) años consecutivos de poseerlo. Choluteca, 13 de marzo del año 2026 ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA SECRETARIA ADJUNTA 14 J., 14 A. y 14 S. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN

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Resolución Judicial

Resolución Judicial No. 0801-2025-08289-CV — Sentencia de declaratoria de herencia ab-intestato de María Isabel Irias Fonseca

AVISO DE HERENCIA EXP. 0801-2025-08289-CV La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras civil del Departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que en el Expediente de Herencia Ab-Intestato que se registra bajo el Número 0801-2025-08289-CV, este Juzgado de Letras Civil dictó Sentencia en fecha nueve de abril del dos mil veintiséis que en su parte resolutiva literalmente FALLA: PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de DECLARATORIA DE HERENCIA ABINTESTATO, promovida por la señora Norma Lizzette Gutiérrez Fonseca.- SEGUNDO: Declárense HEREDERAS AB-INTESTATO a la señora Norma Lizzette Gutiérrez Fonseca, de los bienes, derechos y obligaciones dejados por su madre María Isabel Irias, también conocida como Isabel Fonseca, María Isabel Irias Fonseca, Ma. Isabel Fonseca y María Isabel Fonseca (Q.D.D.G.), en consecuencia, SE LES CONCEDE LA POSESIÓN EFECTIVA DE LA HERENCIA, sin perjuicio de otros herederos de igual o mejor derecho. TERCERO: Que la Secretaria del Despacho proceda a dar estricto cumplimiento al artículo 202 del CPC, extienda el aviso de publicación y posteriormente la certificación de mérito para los efectos legales correspondientes. -NOTÍFIQUESE. F/S ABG. KEVYN ENRIQUE CASTRO PALACIOS, JUEZ DE LETRAS CIVIL F/S ABG. SHARON NICOLLE DOMINGUEZ NARVAEZ, SECRETARIA ADJUNTA. Tegucigalpa, M.D.C., 23 de abril del 2026 ABG. SHARON NICOLLE DOMINGUEZ NARVAEZ SECRETARIA ADJUNTA 14 J. 2026

La G aceta

Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 DE JULI O D E L 2026 N o . 37,193 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS República de Honduras

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Licitación

Licitación No. CPN No. 01-2026-SEAPI-UNAH — Invitación a Concurso Público Nacional para Supervisión de Reacondicionamiento y Mejoramiento de Edificio C2

INVITACIÓN A CONCURSO PÚBLICO NACIONAL CPN No. 01-2026-SEAPI-UNAH SERVICIOS DE SUPERVISIÓN DEL PROYECTO: “REACONDICIONAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE EDIFICIO C2, CIUDAD UNIVERSITARIA” La Universidad Nacional Autónoma de Honduras, invita a las empresas consultoras precalificadas en la Categoría 1 para la Especialidad de Edificación en General y Edificación Médico Hospitalaria en el Proceso de Precalificación No. 01-2025-SEAPI-UNAH, que estén interesadas en participar en el Concurso Público Nacional CPN No. 01-2026-SEAPI-UNAH con Fondos Nacionales propios de la UNAH, a presentar sus propuestas técnica y económica para la Supervisión del Proyecto: “REACONDICIONAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE EDIFICIO C2, CIUDAD UNIVERSITARIA”, ubicado en donde actualmente se encuentra el edificio C2, Ciudad Universitaria “José Trinidad Reyes”, UNAH, Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán. El proyecto por supervisar consiste en el mejoramiento del Edificio C2 existente con remodelación de espacios de aulas y laboratorios de uso académico. Se incorporan los aparatos sanitarios mínimos necesarios según la cantidad de usuarios del edificio. Se provee accesibilidad universal por medio de nuevos accesos, un nuevo módulo de gradas, ampliación de pasillos de circulación peatonal y elevador. Incluye actividades para mejoramiento térmico del edificio; la incorporación de ventilación e iluminación natural pasiva, por medio de nuevas disposiciones de ventanas, muros cortinas y lucernarios. Se incluye el sistema de ventilación mecánica, 2 nuevos módulos de servicios sanitarios en cada nivel. El edifico anexo está compuesto de 4 niveles de entrepiso para oficinas y salas de reuniones; y nivel de azotea. Está conformado por una superestructura de marco rígido de concreto reforzado y sistema de entrepiso con vigas secundarias y losa sólida en dos direcciones. Cuenta con circulación vertical para gradas y elevador, formado por estructura de muros de concreto reforzado y escaleras en voladizo de concreto reforzado. La subestructura se consideró una cimentación superficial de zapatas aisladas y losa de cimentación; y en una de sus caras colindantes un muro de contención de mampostería de piedra. Los elementos de cerramiento y divisiones interiores están compuestos por paredes de muros de mampostería de bloque, muro cortina de vidrio, paredes de tabla yeso y cerramiento de tabla cemento. El área a intervenir es de 9,607.78 m² (edificio existente) y 3,411.52 m² (edificio anexo). UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS República de Honduras INVITACIÓN A CONCURSO PÚBLICO NACIONAL CPN No. 01-2026-SEAPI-UNAH SERVICIOS DE SUPERVISIÓN DEL PROYECTO: “REACONDICIONAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE EDIFICIO C2, CIUDAD UNIVERSITARIA” La Universidad Nacional Autónoma de Honduras invita a las empresas consultoras precalificadas en la Categoría 1 para la Especialidad de Edificación en General y Edificación Médico Hospitalaria en el Proceso de Precalificación No. 01-2025-SEAPI-UNAH, que estén interesadas en participar en el Concurso Público Nacional CPN No. 01-2026-SEAPI-UNAH con Fondos Nacionales propios de la UNAH, a presentar sus propuestas técnica y económica para la Supervisión del Proyecto: “REACONDICIONAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE EDIFICIO C2, CIUDAD UNIVERSITARIA”, ubicado en donde actualmente se encuentra el edificio C2, Ciudad Universitaria “José Trinidad Reyes”, UNAH, Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán. El proyecto por supervisar consiste en el mejoramiento del Edificio C2 existente con remodelación de espacios de aulas y laboratorios de uso académico. Se incorporan los aparatos sanitarios mínimos necesarios según la cantidad de usuarios del edificio. Se provee accesibilidad universal por medio de nuevos accesos, un nuevo módulo de gradas, ampliación de pasillos de circulación peatonal y elevador. Incluye actividades para mejoramiento térmico del edificio; la incorporación de ventilación e iluminación natural pasiva, por medio de nuevas disposiciones de ventanas, muros cortinas y lucernarios. Se incluye el sistema de ventilación mecánica, 2 nuevos módulos de servicios sanitarios en cada nivel. El edifico anexo está compuesto de 4 niveles de entrepiso para oficinas y salas de reuniones; y nivel de azotea. Está conformado por una superestructura de marco rígido de concreto reforzado y sistema de entrepiso con vigas secundarias y losa sólida en dos direcciones. Cuenta con circulación vertical para gradas y elevador, formado por estructura de muros de concreto reforzado y escaleras en voladizo de concreto reforzado. La subestructura se consideró una cimentación superficial de zapatas aisladas y losa de cimentación; y en una de sus caras colindantes un muro de contención de mampostería de piedra. Los elementos de cerramiento y divisiones interiores están compuestos por paredes de muros de mampostería de bloque, muro cortina de vidrio, paredes de tabla yeso y cerramiento de tabla cemento. El área a intervenir es de 9,607.78 m² (edificio existente) y 3,411.52 m² (edificio anexo). NÚMERO DEL CONCURSO NOMBRE DEL PROYECTO A SUPERVISAR EMPRESAS CONSULTORAS A PARTICIPAR FECHA Y HORARIO DE RETIRO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA LUGAR, FECHA, HORA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS Y ECONÓMICAS CPN No. 01- 2026-SEAPI- UNAH Reacondicionamient o y Mejoramiento de Edificio C2, Ciudad Universitaria. Empresas Consultoras precalificadas en la Categoría 1 en la Especialidad de Edificación en General y Edificación Médico Hospitalaria en el Proceso de Precalificación No. 01-2025-SEAPI-UNAH. A partir del jueves nueve (9) de julio de 2026, en horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:30 p.m., en las Oficinas de la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura (SEAPI), localizadas en el Piso No. 10 del Edificio Alma Mater, Ciudad Universitaria José Trinidad Reyes, Universidad Nacional Autónoma de Honduras, Tegucigalpa, M.D.C. Lugar: Salón de Reuniones No. 8 ubicado en el Piso No. 10 del Edificio Alma Mater, Ciudad Universitaria José Trinidad Reyes, Universidad Nacional Autónoma de Honduras. Fecha: martes once (11) de agosto de 2026. Hora: 10:00 am hora oficial de la República de Honduras. Las empresas Consultoras que reúnan los requisitos de participación y que estén interesadas, podrán adquirir los Términos de Referencia del Concurso sin costo alguno, previa presentación de la solicitud por escrito a la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura, SEAPI, y la presentación de una memoria USB para hacer entrega de los Términos de Referencia del Concurso, en un horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:30 p.m. La propuesta que contendrá las ofertas técnica y económica deberá presentarse dirigida al Ph. D. Odir Aarón Fernández Flores, Rector de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, en la fecha y hora arriba indicada. Las propuestas que se presenten fuera del plazo serán rechazadas. La visita al sitio de las obras está programada para el jueves dieciséis (16) de julio de 2026 a las 10:00 a.m. El punto de reunión será en el acceso principal del Edificio C2, frente al Edificio C3 en Ciudad Universitaria José Trinidad Reyes, Tegucigalpa, M.D.C., Departamento de Francisco Morazán. Para consultas o información dirigirse a la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura (SEAPI), Ciudad Universitaria, Tegucigalpa, Honduras, Tel. 2216 6100, 2216 5100, 2216 3000, 2216 7000; Extensiones 110423, 110448, 110452 y 110550. Correo electrónico: licitaciones.seapi@unah.edu.hn. Ph. D. ODIR AARÓN FERNANDEZ FLORES Rector de la UNAH 14 J. 2026

La G aceta

Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 DE JULI O D E L 2026 N o . 37,193 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

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Aviso

Aviso No. 2409-2932 — Aviso de Registro de Producto Formulado AMBLISA 48 SC

AVISO DE REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. El representante o Apoderado Legal: Raul Rene Romero Gonzalez Actuando en representación de la empresa: FMC LATINOAMERICA S.A. Tendiente a que autorice el: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. De nombre Comercial: AMBLISA 48 SC Ingrediente activo: 30% Flutriafol, 18% Fluindapyr Grupo al que pertenece: Triazol, Carboxamida Tipo de Formulación: Suspensión Concentrada (SC) Clasificación toxicológica:

Estado Físico: Líquido Formulador y País de Origen: CJB INDUSTRIES, INC/ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USA) Tipo de Uso: Fungicida EXPSENASA: 2409-2932 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del Cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria, Decreto Ejecutivo No.157-94. Reformada mediante Decreto Legislativo No.344-2005, REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 002-2023 PCM 015-2020. Por tanto el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA), Adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para publicacion. "ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C., viernes, 5 de septiembre de 2025 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 14 J. 2026 _______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

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Aviso

Aviso No. 1585-2020 — Aviso de Registro de Plaguicida UTHANE 80 WP

AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o Apoderado Legal: Oscar Enrique Almendares Torres Actuando en representación de la empresa: UPL COSTA RICA S.A. Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: UTHANE 80 WP Compuesto por los elementos: 80% Mancozeb Grupo al que pertenece: Ditiocarbamato

La G aceta

Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 DE JULI O D E L 2026 N o . 37,193 Clasificación toxicológica:

Estado Físico: Sólido Tipo de formulación: Polvo Mojable (WP) Formulador y País de Origen: UPL LIMITED / INDIA, INDUSTRIAS BIOQUIM CENTROAMERICA S.A./ COSTA RICA Tipo de Uso: Fungicida EXPSENASA: 1585-2020 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. "ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C., lunes, 2 de febrero de 2026 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 14 J. 2026 _______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

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Aviso

Aviso No. 2303-0950 — Aviso de Registro de Plaguicida KINSTA 40 SC

AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o apoderado legal: Raul Rene Romero Actuando en representación de la empresa: UPL COSTA RICA S.A. Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De Nombre Comercial: KINSTA 40 SC Compuesto por los elementos: 40% Chlorantraniliprole Grupo al que pertenece: Diamida Clasificación toxicológica:

Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Suspensión Concentrada (SC) Formulador y País de Origen: UPL LIMITED/INDIA Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 2303-0950 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. "ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C., martes 10 de febrero de 2026 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 14 J. 2026

La G aceta

Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 DE JULI O D E L 2026 N o . 37,193 Marcas de Fábrica

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Aviso

Aviso No. 2025-3487 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica BELEZA COCO (Clase 3)

Número de Solicitud: 2025-3487 Fecha de presentación: 2025-05-27 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: INDUSTRIAS BELEZA, S. DE R.L. Domicilio: Plaza Inmaculada Concepción, 3er piso, local 4, Comayagüela, contiguo al edificio Anexo del Banco Central de Honduras, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Javier Abadie Aguilar

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (3)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BELEZA COCO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin otorgar exclusividad de uso de las palabras por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aceites para uso cosmético; grasas para uso cosmético; y lociones para uso cosmético, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 J y 13 A. 2026 ________

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Aviso

Aviso No. 2025-3488 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica BELEZA COCO (Clase 5)

Número de Solicitud: 2025-3488 Fecha de presentación: 2025-05-27 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: INDUSTRIAS BELEZA, S. DE R.L. Domicilio: Plaza Inmaculada Concepción, 3er piso, local 4, Comayagüela, contiguo al edificio Anexo del Banco Central de Honduras, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Javier Abadie Aguilar

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BELEZA COCO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin otorgar exclusividad de uso de las palabras por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aceites para uso médico; bálsamos para uso médico; champús medicinales; desinfectantes; detergentes para uso médico; jabones medicinales; lociones para uso farmacéutico; preparaciones de baño para uso médico; preparaciones de tocador medicinales; suplementos alimenticios con efecto cosmético/complementos alimenticios con efecto cosmético, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OAMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 J y 13 A. 2026

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Aviso

Aviso No. 2025-3486 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica BELLEZA COCO (Clase 29)

Número de Solicitud: 2025-3486 Fecha de presentación: 2025-05-27 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: INDUSTRIAS BELEZA, S. DE R.L. Domicilio: Plaza Inmaculada Concepción, 3er piso, local 4, Cornayagüela, contiguo al edificio Anexo del Banco Central de Honduras, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Javier Abadie Aguilar

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (29)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BELLEZA COCO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin otorgar exclusividad de uso de las palabras por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aceite de coco paca uso alimenticio; aceites para uso alimenticio; bebidas a base de leche de coco; coco deshidratado; grasa de coco; grasas comestibles; leche de coco; leche de coco para uso culinario; mantequilla de coco, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 J y 13 A. 2026 ________

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Aviso

Aviso No. 2025-7682 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica COLIFEM

Número de Solicitud: 2025-7682 Fecha de presentación: 2025-11-14 Fecha de emisión: 20 de abril de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: APOTICARIA INVESTMENTS, S.A. Domicilio: PANAMÁ, Panamá.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL FRANCISCO ANTONIO GALDAMEZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COLIFEM

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Antiespasmódico tratamiento del dolor abdominal tipo cólico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 J y 13 A. 2026

    La G aceta

    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 DE JULI O D E L 2026 N o . 37,193

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Aviso

Aviso No. 2025-534 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica UNO PLUS

Número de Solicitud: 2025-534 Fecha de presentación: 2025-01-28 Fecha de emisión: 30 de diciembre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: RETAIL BRANDS AMERICAS, INC. Domicilio: Torre BICSA Financial Center, piso 4, Avenida Balboa y Calle Aquiulino de la Guardia, Panamá, Panamá, Panamá.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL DANIEL ROLANDO MATUTE

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (4)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN UNO PLUS

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "UNO PLUS" y la apariencia de su etiqueta, sin dar exclusividad de uso de forma separada sobre la palabra UNO y sobre la palabra PLUS.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aceites y grasas industriales; lubricantes;combustibles (incluyendo gasolinas para motores); aditivos, de la clase 4. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. y 14 J. 2026 ________

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Aviso No. 2026-158 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica TRALIX

Número de Solicitud: 2026-158 Fecha de presentación: 2026-01-12 Fecha de emisión: 10 de abril de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante:WINZZER MEDICAL CORPORATION, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: 15 calle 7-77 zona 10, Optima Centro de Negocios, Nivel 9, Guatemala, Guatemala.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL DANIEL ROLANDO MATUTE

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TRALIX

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para el consumo humano específicamente para analgesia con analgésicos narcóticos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. y 14 J. 2026

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Aviso No. 2025-6724 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio PDUNO GO (Clase 35)

Número de Solicitud: 2025-6724 Fecha de presentación: 2025-10-13 Fecha de emisión: 21 de enero de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: RETAIL BRANDS AMERICAS, INC. Domicilio: Torre BICSA Financial Center, piso 4, Avenida Balboa y Calle Aquiulino de la Guardia, Panamá, Panamá, Panamá.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL DANIEL ROLANDO MATUTE

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PDUNO GO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin otorgar exclusividad de uso de la palabra "GO" en forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de tratamiento de textos y de gestión de archivos informáticos; servicios de asistencia a negocios comerciales, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. y 14 J. 2026 ________

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Aviso No. 2025-6725 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio PDUNO GO (Clase 42)

Número de Solicitud: 2025-6725 Fecha de presentación: 2025-10-13 Fecha de emisión: 20 de enero de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: RETAIL BRANDS AMERICAS, INC. Domicilio: Torre BICSA Financial Center, piso 4, Avenida Balboa y Calle Aquiulino de la Guardia, Panamá, Panamá, Panamá.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL DANIEL ROLANDO MATUTE

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (42)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PDUNO GO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin otorgar exclusividad de uso de la palabra "GO" en forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Diseño y desarrollo de software en el ámbito de las aplicaciones móviles; programación, diseño y mantenimiento de páginas web, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. y 14 J. 2026

    La G aceta

    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 DE JULI O D E L 2026 N o . 37,193

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Aviso No. 2022-5838 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio KETCHUP

Número de Solicitud: 2022-5838 Fecha de presentación: 2022-09-30 Fecha de emisión: 25 de febrero de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante:BLOOR STORE SOCIEDAD DE REPONSABILIDAD LIMITADA Domicilio: Barrio Los Andes, 4 calle, Avenida Circunvalación Norte, No. 6, San Pedro Sula, Cortés, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL SANTIAGO ADOLFO RIERA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (43)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KETCHUP

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de restaurantes, cafeterías, servicios de bar, comida rápida, catering, banquetes, servicio de chef de cocina a domicilio, salas de reunión y alimentación, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. y 14 J. 2026 ________

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Aviso No. 2024-7221 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio XUNAN

Número de Solicitud: 2024-7221 Fecha de presentación: 2024-11-05 Fecha de emisión: 20 de febrero de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: CORPORACION XUNAN S.A. Domicilio: PLAZA AVELLANOS, CALLE EUCALIPTOS, LOMAS DEL GUIJARRO, CP 000, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSÉ ABRAHAM FERNÁNDEZ BANEGAS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (43)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN XUNAN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "XUNAN" y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos contenidos en el ejemplar de etiqueta no se protegen.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Restaurante, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. y 14 J. 2026

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Aviso No. 2024-7745 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica EL ANZUELO

Número de Solicitud: 2024-7745 Fecha de presentación: 2024-11-25 Fecha de emisión: 16 de marzo de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ANA KARELYA PINEDA RAUDALES Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Colonia La Cumbre, Edificio Soles, CP 11101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Marco Antonio Martínez

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (29)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EL ANZUELO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "EL ANZUELO" y la apariencia de su etiqueta, no se protege la palabra mariscos.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Pescado crudo congelado denominado, tilapia, pargo, curvina robalo, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. y 14 J. 2026 _______

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Aviso No. 2024-7068 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica LubriMAXX

Número de Solicitud: 2024-7068 Fecha de presentación: 2024-10-29 Fecha de emisión: 26 de febrero de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ADVANCE SEGURITY, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Domicilio: 16 AVE, 6TA CALLE, BARRIO SUYAPA, PLAZA MAFO, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, CP 04001, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSE RAMON RAMIREZ MARTINEZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (4)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LubriMAXX

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación LubriMAXX y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos adjuntos en el ejemplar no se protegen.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aceites, grasas industriales y lubricantes, de la clase 4. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 29 J., 14 y 29 J.2026

    La G aceta

    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 DE JULI O D E L 2026 N o . 37,193

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Aviso No. 2024-3959 — Solicitud de Registro de Nombre Comercial Baleadas La Exquisita y Más

Número de Solicitud: 2024-3959 Fecha de presentación: 2024-06-12 Fecha de emisión: 9 de abril de 2026 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR Solicitante:Baleadas La Exquisita y Más Domicilio: Col. Colombia, 15 Ave, 15- 16 calle, frente a Consultorio Jurídico de la Universidad Privada, San Pedro Sula, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Moisés Alexander Arteaga

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (50)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Baleadas La Exquisita y Más

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta, no por separado

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Nombre Comercial de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO REGISTRADOR LEGAL 14, 29 J y 13 A. 2026 _________

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Aviso — Solicitud de registro de MARCA - CITYCOCO

DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Moisés Alexander Arteaga E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN INTERLABS G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "INTERLABS" y la apariencia de la etiqueta. Sin dar exclusividad de uso de las palabras "INTER" y "LABS" de forma separada. Se considera un solo término. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de laboratorio; laboratorio de investigación, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 J y 13 A. 2026

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Aviso No. 2024-7301 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica INTERCOFFEE

Número de Solicitud: 2024-7301 Fecha de presentación: 2024-11-07 Fecha de emisión: 31 de diciembre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Intermedico S de RL de CV Domicilio: Policlínica San Rafael, calle Vicente Williams, Barrio El Hospital, Choluteca, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Moisés Alexander Arteaga

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN INTERCOFFEE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación como una sola palabra "INTERCOFFEE" sin dar exclusividad de uso sobre las palabras "Iter y Coffee" de manera separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Café; café instantáneo; sucedáneos del café; café molido; café aromatizado; bebidas de café; bolsas de café; café preparado, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 J y 13 A. 2026 _________

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Aviso No. 2026-492 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica CITYCOCO

Número de Solicitud: 2026-492 Fecha de presentación: 2026-01-27 Fecha de emisión: 24 de febrero de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: COMERCIAL AGM Domicilio: Col. Altos de Miraflores, Honduras, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Moisés Alexander Arteaga

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (12)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CITYCOCO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Bicicletas eléctricas; bicicletas; motos; scooters, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 J y 13 A. 2026

    La G aceta

    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 DE JULI O D E L 2026 N o . 37,193

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Aviso No. 2025-7914 — Solicitud de registro de NOMBRE COMERCIAL - LLANTICENTRO CHEMA

Número de Solicitud: 2025-7914 Fecha de presentación: 2025-11-26 Fecha de emisión: 13 de abril de 2026 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR Solicitante:LLANTICENTRO CHEMA S. DE R. L. Domicilio: BOULEVARD FUERZAS ARMADAS, CONTIGUO AL CAMPO DE GOLF DEL COUNTRY CLUB, HONDURAS, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL GLORIA ARACELY FLORES BARRIENTOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (50)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LLANTICENTRO CHEMA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Establecimiento dedicado a la comercialización de llantas y rines, repuestos y accesorios para vehículos terrestres (buses, camiones, carros livianos, bicicletas eléctricas, motocicletas, racing car) venta e instalación de radios, alarmas, sistemas de sonidos, accesorios electrónicos para vehículos terrestres, lubricantes, pintura automotriz, mecánica en general, alineamiento y balanceo, ropa y accesorios para conductores de vehículos terrestres y motocicletas, venta y renta de vehículos usados, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 29 J., 14 y 29 J. 2026 ________

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Aviso No. 2025-1007 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO - LA MERA BURGA

Número de Solicitud: 2025-1007 Fecha de presentación: 2025-02-18 Fecha de emisión: 5 de mayo de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: COMIDAS Y BEBIDAS DE HONDURAS S.A. DE C.V. Domicilio: Bulevar Morazán, Tegucigalpa, Honduras, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Angel Andres Matuty

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (43)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LA MERA BURGA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto. Sin dar exclusividad de uso por separado de la parte denominativa.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de restaurantes; servicios de restaurantes de autoservicio; servicios de catering, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 29 J., 14 y 29 J. 2026

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Aviso

Aviso No. 2025-7251 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO - ZUFRUTA

Número de Solicitud: 2025-7251 Fecha de presentación: 2025-10-29 Fecha de emisión: 16 de diciembre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: AGROINDUSTRIA LA ESPERANZA S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: Residencial Roble Oeste, Bloque F, Etapa 2, Casa 2, Comayagüela, M.D.C., Francisco Morazán, CP 11101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JULIO EDGARDO GOMEZ AVILA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ZUFRUTA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Ventas de bebidas y zumos de frutas y otras preparaciones para hacer bebidas, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 J y 13 A. 2026 ________

    La G aceta

    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 DE JULI O D E L 2026 N o . 37,193

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Aviso No. 2026-495 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica (Figurativa) - Novartis AG

Número de Solicitud: 2026-495 Fecha de presentación: 2026-01-27 Fecha de emisión: 20 de febrero de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Novartis AG Domicilio: 4002 Basel, Suiza.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; productos farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparados antifúngicos; antivirales; productos farmacéuticos cardiovasculares; preparados farmacéuticos dermatológicos; preparados farmacéuticos inhalados para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios; preparados farmacéuticos que actúan sobre el sistema nervioso central; preparados y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema autoinmunitario, del sistema metabólico, del sistema endocrino, del sistema musculoesquelético y del sistema genitourinario; preparados farmacéuticos para uso en hematología y en trasplante de tejidos y órganos; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades y afecciones oculares; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos relacionados con el sistema inmunitario; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades renales; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de la diabetes; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de la hipertensión; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de trastornos de la piel; preparados farmacéuticos para uso en dermatología; preparados farmacéuticos para uso en urología; preparados farmacéuticos para uso oftalmológico; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento del cáncer y los tumores; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de alergias; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades óseas; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades respiratorias y del asma, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. y 14 J. 2026 _______

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Aviso

Aviso No. 2026-944 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - SYNFORTIS

Número de Solicitud: 2026-944 Fecha de presentación: 2026-02-16 Fecha de emisión: 9 de abril de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Société des Produits Nestlé S.A. Domicilio: 1800 Vevey, Suiza.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (29)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SYNFORTIS

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Leche y productos lácteos; leche en polvo; preparaciones y bebidas hechas a partir de leche; substitutos de leche; bebidas hechas a base de leche; leche enriquecida con proteínas, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. y 14 J. 2026 _______

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Aviso No. 2026-850 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - RELYNQ

Número de Solicitud: 2026-850 Fecha de presentación: 2026-02-11 Fecha de emisión: 17 de febrero de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Novartis AG Domicilio: 4002 Basel, Suiza.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RELYNQ

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; productos farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparados antifúngicos; antivirales; productos farmacéuticos cardiovasculares; preparados farmacéuticos dermatológicos; preparados farmacéuticos inhalados para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios; preparados farmacéuticos que actúan sobre el sistema nervioso central; preparados y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema autoinmunitario, del sistema metabólico, del sistema endocrino, del sistema musculoesquelético y del sistema genitourinario; preparados farmacéuticos para uso en hematología y en trasplante de tejidos y órganos; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades y afecciones oculares; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos relacionados con el sistema inmunitario; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades renales; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de la diabetes; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de la hipertensión; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de trastornos cutáneos; preparados farmacéuticos para uso en dermatología; preparados farmacéuticos para uso en urología; preparados farmacéuticos para uso oftalmológico; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento del cáncer y tumores; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de alergias; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades óseas; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades respiratorias y asma, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. y 14 J. 2026

    La G aceta

    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 DE JULI O D E L 2026 N o . 37,193

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Aviso No. 2025-2113 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - BELOX

Número de Solicitud: 2025-2113 Fecha de presentación: 2025-03-31 Fecha de emisión: 25 de febrero de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: GRUPO UMA, S.A. DE C.V. Domicilio: Colonia El Prado, Calle La Salud, esquina opuesta al plantel del INHFA, enfrente de Dibis, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL KIMBERLIN XIOMARA RAMOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (12)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BELOX

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación BELOX, los demás elementos denominativos presentes en la etiqueta no se protegen.

  • I)

    Reivindicaciones: Se reivindica el uso exclusivo del signo en los colores Pantone P 157-8 C, Pantone 000C y Pantone P Process Black C.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Llantas, vehículos terrestres, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. y 14 J. 2026 _______

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Aviso No. 2024-4449 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - POLO PLAY

Número de Solicitud: 2024-4449 Fecha de presentación: 2024-07-04 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: DELTA FASHION, S.A. Domicilio: Calle 50, Torre Global Bank, piso 23, Oficina 2306, Panamá.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL KIMBERLIN XIOMARA RAMOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (25)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN POLO PLAY

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “POLO PLAY” en su forma conjunto y la apariencia de la etiqueta. No se protegen los demás elementos denominativos contenidos en la misma.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir, a saber, pantalones, vaqueros, camisas, camisetas, vestidos, faldas, chalecos, chaquetas, abrigos, ropa interior, medias, cinturones; calzado, a saber, zapatos, botas, mocasines; sombrerería, a saber, sombreros, gorras, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. y 14 J. 2026

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Aviso No. 2025-1763 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - EWA

Número de Solicitud: 2025-1763 Fecha de presentación: 2025-03-18 Fecha de emisión: 24 de noviembre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Gianfranco Jesús Molinaro Contreras Domicilio: Ruta 2 km 46 Arturo seguí-la Plata Buenos Aires, Argentina

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL KIMBERLIN XIOMARA RAMOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (3)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EWA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “EWA” y la apariencia de la etiqueta.

  • I)

    Reivindicaciones: Se reivindica la letra especial del diseño adjunto.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Cosméticos y productos cosméticos para el cuidado del cabello y el cuero cabelludo, incluyendo, cera para el cabello; cremas de protección del cabello; geles para el cabello; lacas para el cabello; líquido para el cabello; lociones capilares cosméticas; lociones para el cabello; preparaciones de belleza para el cabello; preparaciones para el cuidado del cabello; preparaciones para tratamientos capilares, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. y 14 J. 2026 _______

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Aviso No. 2024-7181 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIOS - MAGNA MOTORS

Número de Solicitud: 2024-7181 Fecha de presentación: 2024-11-01 Fecha de emisión: 5 de enero de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIOS

  • A)

    TITULAR Solicitante: MAGNA MOTORS, S.A. Domicilio: Av. John F. Kennedy Esq. Av. Abraham Lincoln, Edif. Magna Motors Arroyo Hondo, Santo Domingo, República Dominicana, República Dominicana.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa

  • D)

    APODERADO LEGAL KIMBERLIN XIOMARA RAMOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de venta minorista y venta mayorista de vehículos y camiones en establecimientos comerciales y en línea, tanto a particulares como entidades estatales; servicios de venta minorista y venta mayorista de repuestos de vehículos en establecimientos comerciales y en línea, tanto a particulares como a entidades estatales; servicios de abastecimiento para terceros; agencias de importación-distribución; asistencia administrativa para responder a convocatorias; organización de exposiciones con fines comerciales o publicitarios; información y asesoramiento comercial al consumidor en la selección de productos y servicios; todos los anteriores relacionados con la venta de vehículos, camiones y repuestos, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. y 14 J. 2026

    La G aceta

    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 DE JULI O D E L 2026 N o . 37,193

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Aviso No. 2024-4760 — Solicitud de registro de EMBLEMA - Super Guillén

Número de Solicitud: 2024-4760 Fecha de presentación: 2024-07-19 Fecha de emisión: 5 de marzo de 2026 Solicitud de registro de: EMBLEMA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ABARROTERÍA Y SUPERMERCADO GUILLÉN, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE Domicilio: Boulevard Elena Kullman, detrás de Gasolinera Puma de esquina, en la cuarta calle Norte y quinta avenida Oeste de la Ciudad de El Progreso, Departamento de Yoro, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL REDIS MISAEL BONILLA BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (50)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Super Guillén

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protegen únicamente los elementos figurativos y la apariencia de la etiqueta.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial dedicado a servicios de abarrotería y supermercado, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 29 J., 14 y 29 J. 2026.

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Aviso No. 2025-5555 — Solicitud de registro de NOMBRE COMERCIAL - Pico Maia

Número de Solicitud: 2025-5555 Fecha de presentación: 2025-08-14 Fecha de emisión: 5 de enero de 2026 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR Solicitante: Pico Maia, S. de R.L. de C.V. Domicilio: Colonia Jardines del Valle, segunda etapa, tres calle, 1 y 2 avenida, esquina opuesta al Supermercado Dilex, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL GRECIA RAQUEL PADILLA BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (50)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Entidad comercial con finalidad a la comercialización, compra, venta, exportación, importación, siembra y producción agrícola de granos, semillas, verduras, frutas, hortalizas, maderables, procesamiento de productos hortofrutícolas, madera y elaboración de productos derivados de todo tipo, provenientes de los productos generados por la siembra y anteriormente mencionados; compra, venta, comercialización y producción pecuaria de todo tipo de ganado, como ser: Ganado de carne, de leche, porcino ovino, caprine, aves de corral para huevo y para carne, apicultura y producción de tilapia; también se dedicará a la producción, comercialización y compraventa de todo tipo producto alimenticio de origen ganadero, como ser: Productos cárnicos y lácteos, miel, pescado, huevos, entre otros productos derivados; la elaboración y comercialización de productos de limpieza para industria de alimentos, fertilizantes químicos y orgánicos, medicamentos para la industria agrícola y pecuaria, aditivos e ingredientes para la industria de alimentos; asesoramientos y consultoría agro- financiera, importación, reparación, comercialización (nuevos y usados) de equipo y maquinaria agrícola y equipo de procesamiento de alimentos, etc; también se dedicará a la investigación, desarrollo e implementación de tecnologías innovadoras en los sectores agrícola, avícola y ganadero, con el fin de mejorar la productividad, sostenibilidad y competitividad de estas actividades. Esto incluye, pero no se limita a la creación de soluciones tecnológicas para optimizar el uso de recursos naturales, mejorar los procesos productivos, promover prácticas agrícolas y ganaderas sostenibles, y garantizar la seguridad alimentaria; la sociedad también se dedicará a llevar a cabo estudios científicos, asesoramiento técnico y la comercialización de productos y servicios relacionados con la mejora de dichos sectores, contribuyendo al desarrollo económico, social y ambiental de la región y del país, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 29 J., 14 y 29 J. 2026. picoMaia

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Aviso No. 2024-6086 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO - EN SERIO

Número de Solicitud: 2024-6086 Fecha de presentación: 2024-09-13 Fecha de emisión: 6 de enero de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: INVERSIONES NUEVAS VOCES, S. DE R.L. Domicilio: Colonia San Ignacio, bloque A, casa 8, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Moisés Alexander Arteaga

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (41)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EN SERIO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Programas de entretenimiento, educación y noticias a través de internet, televisión y radio; preparación de programas de noticias para su difusión, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 J. y 13 A. 2026 _______

    La G aceta

    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 DE JULI O D E L 2026 N o . 37,193

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Aviso No. 2026-1409 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - ELGOTU

Número de Solicitud: 2026-1409 Fecha de presentación: 2026-03-05 Fecha de emisión: 1 de junio de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Novartis AG Domicilio: 4002 Basel, Suiza.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ELGOTU

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “ELGOTU” como un solo término

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; productos farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparaciones antifúngicas; antivirales; productos farmacéuticos cardiovasculares; preparaciones farmacéuticas dermatológicas; preparaciones farmacéuticas inhaladas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios; preparaciones farmacéuticas que actúan sobre el sistema nervioso central; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema autoinmune, del sistema metabólico, del sistema endocrino, del sistema musculoesquelético y del sistema genitourinario; preparaciones farmacéuticas para uso en hematología y en el trasplante de tejidos y órganos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y afecciones oculares; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos relacionados con el sistema inmunológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la diabetes; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos cutáneos; preparaciones farmacéuticas para uso en dermatología; preparaciones farmacéuticas para uso en urología; preparaciones farmacéuticas para uso oftalmológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento del cáncer y de tumores; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de alergias; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades óseas; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades respiratorias y del asma, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 J. y 13 A. 2026.

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Aviso No. 2026-406 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - Novartis AG (Figurativa 2)

Número de Solicitud: 2026-406 Fecha de presentación: 2026-01-22 Fecha de emisión: 13 de abril de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Novartis AG Domicilio: 4002 Basel, Suiza.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; productos farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparaciones antifúngicas; antivirales; productos farmacéuticos cardiovasculares; preparaciones farmacéuticas dermatológicas; preparaciones farmacéuticas inhaladas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios; preparaciones farmacéuticas que actúan sobre el sistema nervioso central; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema autoinmune, del sistema metabólico, del sistema endocrino, del sistema musculoesquelético y del sistema genitourinario; preparaciones farmacéuticas para uso en hematología y en el trasplante de tejidos y órganos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y afecciones oculares; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos relacionados con el sistema inmunológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la diabetes; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos cutáneos; preparaciones farmacéuticas para uso en dermatología; preparaciones farmacéuticas para uso en urología; preparaciones farmacéuticas para uso oftalmológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento del cáncer y de tumores; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de alergias; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades óseas; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades respiratorias y del asma, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 J. y 13 A. 2026.

    La G aceta

    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 DE JULI O D E L 2026 N o . 37,193

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Aviso No. 2025-3269 — Solicitud de registro de SEÑAL DE PROPAGANDA - Banco LAFISE Soluciones sin Fronteras

Número de Solicitud: 2025-3269 Fecha de Presentación: 2025-05-19 Fecha de emisión: 21 de noviembre de 2025 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR Solicitante: BANCO LAFISE (HONDURAS), SOCIEDAD ANÓNIMA (BANCO LAFISE, S.A.) Domicilio: Centro Corporativo Los Próceres, Colonia San Carlos, Torre Lafise, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL CHRISTOPHER PHILLIPE FUNEZ REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Banco LAFISE Soluciones sin Fronteras

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Señal de Propaganda vinculada con la de marca de servicios "LAFISE" con registro 28107 de la clase 36.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. 14 J. 2026

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Aviso No. 2024-7450 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO - BANCO LAFISE CUENTA CLAVE

Número de Solicitud: 2024-7450 Fecha de Presentación: 2024-11-12 Fecha de emisión: 24 de noviembre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: BANCO LAFISE (HONDURAS), SOCIEDAD ANÓNIMA (BANCO LAFISE, S.A.) Domicilio: Centro Corporativo Los Próceres, Colonia San Carlos, Torre Lafise, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL CHRISTOPHER PHILLIPE FUNEZ REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicio de apertura de cuenta bancaria en lempiras o en dólares; servicios bancarios presenciales o en línea prestados en entornos virtuales; servicios de pago por billetera electrónica/servicios de pago por monedero electrónica; transferencia electrónica de fondos; emisión de tarjetas de débito; procesamiento de pagos por tarjetas de débito; servicios de acumulación de puntos por compras o depósitos realizados a través de una cuenta bancaria o su tarjeta de débito, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. 14 J. 2026 _______ CUENTA CLAVE

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Aviso No. 2025-3272 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO - LAFISE Talks

Número de Solicitud: 2025-3272 Fecha de Presentación: 2025-05-19 Fecha de emisión: 20 de noviembre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: BANCO LAFISE (HONDURAS), SOCIEDAD ANÓNIMA (BANCO LAFISE, S.A.) Domicilio: Centro Corporativo Los Próceres, Colonia San Carlos, Torre Lafise, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL CHRISTOPHER PHILLIPE FUNEZ REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LAFISE Talks

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se considera bajo el tipo de signo "Denominativo".

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios financieros como ser, asesoramiento financiero, asesoramiento financiero en relación con la fiscalidad, asesoramiento sobre deudas, servicios de compensación de deudas y/o financiera; depósitos en cuentas corrientes, de ahorro o a plazo fijo, o cualquier tipo de modalidad que conlleve el depósito de bienes monetarios; emisión de cheques, sean estos, cheques de viajero, cheques de caja, cheques de cuentas privadas ya sea de personas naturales o jurídicas; emisión de tarjetas de crédito y/o de débito; emisión de títulos valores; operaciones financieras como ser pago, depósito, retiro de bienes monetarios; gestión de préstamos financieros; procesamiento de pagos por tarjetas de crédito y/o débito; servicios de banca móvil, servicios de banco hipotecario y cajas de ahorro; servicios de fondos de previsión, suscripción y corretaje de seguros; servicios inmobiliarios como ser, construcción para su venta o financiación, alquiler, desarrollo, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. 14 J. 2026

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Aviso No. 2025-3276 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO - Poket

Número de Solicitud: 2025-3276 Fecha de Presentación: 2025-05-19 Fecha de emisión: 21 de noviembre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: BANCO LAFISE (HONDURAS), SOCIEDAD ANÓNIMA (BANCO LAFISE, S.A.) Domicilio: Centro Corporativo Los Próceres, Colonia San Carlos, Torre Lafise, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL CHRISTOPHER PHILLIPE FUNEZ REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Poket

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "Poket" y la apariencia de la etiqueta en su conjunto.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios financieros como ser, asesoramiento financiero, asesoramiento financiero en relación con la fiscalidad, asesoramiento sobre deudas; servicios de compensación de deudas y/o financiera; depósitos en cuentas corrientes, de ahorro o a plazo fijo, o cualquier tipo de modalidad que conlleve el depósito de bienes monetarios; emisión de cheques, sean estos, cheques de viajero, cheques de caja, cheques de cuentas privadas ya sea de personas naturales o jurídicas; emisión de tarjetas de crédito y/o de débito; emisión de títulos valores; operaciones financieras como ser pago, depósito, retiro de bienes monetarios; gestión de préstamos financieros; procesamiento de pagos por tarjetas de crédito y/o débito, servicios de banca móvil, servicios de banco hipotecario y cajas de ahorro; servicios de fondos de previsión; suscripción y corretaje de seguros; servicios inmobiliarios como ser, construcción para su venta o financiación, alquiler, desarrollo, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. 14 J. 2026 _______

    La G aceta

    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 DE JULI O D E L 2026 N o . 37,193

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Aviso No. 2024-7451 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO - CREDIPLANILLA LAFISE

Número de Solicitud: 2024-7451 Fecha de Presentación: 2024-11-12 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: BANCO LAFISE (HONDURAS), SOCIEDAD ANÓNIMA (BANCO LAFISE, S.A.) Domicilio: Centro Corporativo Los Próceres, Colonia San Carlos, Torre Lafise, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL CHRISTOPHER PHILLIPE FUNEZ REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CREDIPLANILLA LAFISE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de CREDIPLANILLA de forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicio de apertura de cuenta de planilla en lempiras o en dólares; servicio de apertura de cuenta bancaria en lempiras o en dólares; servicios bancarios presenciales o en línea prestados en entornos virtuales; servicios de pago por billetera electrónica/servicios de pago por monedero electrónica; transferencia electrónica de fondos; emisión de tarjetas de débito, procesamiento de pagos por tarjetas de débito; servicios de acumulación de puntos por compras o depósitos realizados a través de una cuenta bancaria o su tarjeta de débito, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. 14 J. 2026

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Aviso

Aviso No. 2024-7456 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO - LAFISE (Clase 35)

Número de Solicitud: 2024-7456 Fecha de Presentación: 2024-11-12 Fecha de emisión: 9 de octubre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: BANCO LAFISE (HONDURAS), SOCIEDAD ANÓNIMA (BANCO LAFISE, S.A.) Domicilio: Centro Corporativo Los Próceres, Colonia San Carlos, Torre Lafise, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL CHRISTOPHER PHILLIPE FUNEZ REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Administración de negocios comerciales relacionados con los bienes inmuebles, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. y 14 J. 2026 _______ LAFISE

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Aviso

Aviso No. 2024-7452 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO - LIA DE LAFISE (Clase 36)

Número de Solicitud: 2024-7452 Fecha de Presentación: 2024-11-12 Fecha de emisión: 25 de noviembre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: BANCO LAFISE (HONDURAS), SOCIEDAD ANÓNIMA (BANCO LAFISE, S.A.) Domicilio: Centro Corporativo Los Próceres, Colonia San Carlos, Torre Lafise, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL CHRISTOPHER PHILLIPE FUNEZ REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LIA DE LAFISE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicio digital de asesoramiento financiero, asesoramiento financiero en relación con la fiscalidad, asesoramiento sobre deudas, asesoramiento sobre servicios bancarios ofrecidos por una entidad bancaria; traslado de fondos entre cuentas propias o a terceros, ya sea de la misma banca o por medio de ACH, pago de tarjetas de crédito propias y de terceros, pago de préstamos propios y de terceros consulta de saldos, apertura de cuentas digitales y físicas, realizar gestiones financieras y/o bancarias, pago de servicios públicos y privados, afiliación a servicios, solicitud de token o accesos digitales, así como bloqueos o reposiciones, solicitud de préstamos, intra y extrafinanciamientos, en fin todos los servicios de la banca de manera móvil y digital, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. 14 J. 2026 _______

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Aviso

Aviso No. 2024-7454 — Solicitud de registro de MARCA DE SERVICIO - LIA DE LAFISE (Clase 42)

Número de Solicitud: 2024-7454 Fecha de Presentación: 2024-11-12 Fecha de emisión: 9 de octubre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: BANCO LAFISE (HONDURAS), SOCIEDAD ANÓNIMA (BANCO LAFISE, S.A.) Domicilio: Centro Corporativo Los Próceres, Colonia San Carlos, Torre Lafise, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL CHRISTOPHER PHILLIPE FUNEZ REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (42)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LIA DE LAFISE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de almacenamiento electrónico de datos; alojamiento de plataformas de software para la colaboración profesional basada en la realidad virtual; desarrollo de plataformas informáticas; desarrollo de software en el marco de la edición de software; diseño de modelos simulados por ordenador/diseño de modelos simulados por computadora; diseño de sistemas informáticos, mantenimiento de software; monitorización a distancia del funcionamiento de sistemas informáticos/monitoreo a distancia del funcionamiento de sistemas informáticos; monitorización de sistemas informáticos para detectar accesos no autorizados o filtración de datos/monitoreo de sistemas informáticos para detectar accesos no autorizados o filtración de datos; programación informática; vigilancia electrónica de información de identificación personal para detectar usurpación de identidad por internet; vigilancia electrónica de operaciones por tarjeta de crédito para la detección de fraudes por internet, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. 14 J. 2026

    La G aceta

    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 DE JULI O D E L 2026 N o . 37,193

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Aviso No. 2025-3265 — Solicitud de registro de señal de propaganda LAFISE Soluciones sin Fronteras - Clase 36

Número de Solicitud: 2025-3265 Fecha de Presentación: 2025-05-19 Fecha de emisión: 21 de noviembre de 2025 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR Solicitante: BANCO LAFISE (HONDURAS), SOCIEDAD ANÓNIMA (BANCO LAFISE, S.A.) Domicilio: Centro Corporativo Los Próceres, Colonia San Carlos, Torre Lafise, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL CHRISTOPHER PHILLIPE FUNEZ REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LAFISE Soluciones sin Fronteras

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Señal de Propaganda vinculada con la de marca de servicios "LAFISE" con registro 28107 de la clase 36.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. 14 J. 2026

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Aviso No. 2024-6401 — Solicitud de registro de marca de servicio CUENTA AVANZA LAFISE - Clase 36

Número de Solicitud: 2024-6401 Fecha de Presentación: 2024-10-07 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: BANCO LAFISE (HONDURAS), SOCIEDAD ANÓNIMA (BANCO LAFISE, S.A.) Domicilio: Centro Corporativo Los Próceres, Colonia San Carlos, Torre Lafise, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL CHRISTOPHER PHILLIPE FUNEZ REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "CUENTA AVANZA LAFISE" en su conjunto, sin dar protección al término "CUENTA".

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicio de apertura de cuenta bancaria en lempiras y en dólares; servicios bancarios presenciales o en línea prestados en entornos virtuales; servicios de pago por billetera electrónica/servicios de pago por monedero electrónico; transferencia electrónica de fondos; emisión de tarjetas de débito; procesamiento de pagos por tarjeta de débito; servicio de acumulación de puntos por compras realizadas con tarjeta de débito, como beneficio para el tarjetahabiente, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. 14 J. 2026 _______ CUENTA AVANZA LAFISE

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Aviso No. 2025-3267 — Solicitud de registro de marca de servicio figurativa - Clase 36

Número de Solicitud: 2025-3267 Fecha de Presentación: 2025-05-19 Fecha de emisión: 23 de enero de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: BANCO LAFISE (HONDURAS), SOCIEDAD ANÓNIMA (BANCO LAFISE, S.A.) Domicilio: Centro Corporativo Los Próceres, Colonia San Carlos, Torre Lafise, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Figurativa

  • D)

    APODERADO LEGAL CHRISTOPHER PHILLIPE FUNEZ REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios financieros como ser, asesoramiento financiero, asesoramiento financiero en relación con la fiscalidad, asesoramiento sobre deudas; servicios de compensación de deudas y/o financiera, depósitos en cuentas corrientes, de ahorro o a plazo fijo, o cualquier tipo de modalidad que conlleve el depósito de bienes monetarios; emisión de cheques, sean estos, cheques de viajero, cheques de caja, cheques de cuentas privadas ya sea de personas naturales o jurídicas, emisión de tarjetas de crédito y/o de débito; emisión de títulos valores; operaciones financieras como ser pago, depósito, retiro de bienes monetarios; gestión de préstamos financieros, procesamiento de pagos por tarjetas de crédito y/o débito; servicios de banca móvil, servicios de banco hipotecario y cajas de ahorro; servicios de fondos de previsión; suscripción y corretaje de seguros; servicios inmobiliarios como ser, construcción para su venta o financiación, alquiler, desarrollo, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. 14 J. 2026

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Aviso No. 2024-7455 — Solicitud de registro de marca de servicio LAFISE denominativa - Clase 36

Número de Solicitud: 2024-7455 Fecha de Presentación: 2024-11-12 Fecha de emisión: 9 de octubre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: BANCO LAFISE (HONDURAS), SOCIEDAD ANÓNIMA (BANCO LAFISE, S.A.) Domicilio: Centro Corporativo Los Próceres, Colonia San Carlos, Torre Lafise, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD B.- PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL CHRISTOPHER PHILLIPE FUNEZ REYES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Administración de bienes inmuebles; administración de negocios financieros; servicio de análisis financiero y asesoramiento financiero; asesoramiento sobre deudas; consultoría financiera; consultoría sobre seguros; corretaje de acciones, bonos y obligaciones, bienes inmuebles, seguros, valores, valores bursátiles; depósito de valores, apertura y cierre de cuentas bancarias en lempiras, dólares y euros; emisión de tarjetas de crédito y débito; emisión de préstamos y obligaciones, así como la emisión de cualquier mecanismo bancario aceptado en la banca nacional para la transacción de valores; emisión de bonos, cheques, títulos valores y obligaciones bancarias; evaluaciones financieras de compra/ venta e hipoteca de bienes inmuebles, y de seguros de vida, salud, así como seguro sobre bienes muebles e inmuebles, como seguros a los productos bancarios, apertura de agencias bancarias, de seguros e inmobiliarias, ya sean físicas o virtuales; servicios de pago de derechos a cuentahabientes o no cuentahabientes, como ser, remesas, jubilaciones, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 J. 14 J. 2026 _______ LAFISE

    La G aceta

    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 DE JULI O D E L 2026 N o . 37,193

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Aviso

Aviso No. 2026-947 — Solicitud de registro de marca de fábrica SYNFORTIS - Clase 1

Número de Solicitud: 2026-947 Fecha de Presentación: 2026-02-16 Fecha de emisión: 9 de abril de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Société des Produits Nestlé S.A. Domicilio: 1800 Vevey, Suiza.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (1)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Preparaciones bacteriológicas, excepto aquellas para uso médico o veterinario, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 J. y 13 A. 2026 SYNFORTIS

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Aviso

Aviso No. 2026-946 — Solicitud de registro de marca de fábrica SYNFORTIS - Clase 5

Número de Solicitud: 2026-946 Fecha de Presentación: 2026-02-16 Fecha de emisión: 9 de abril de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Société des Produits Nestlé S.A. Domicilio: 1800 Vevey, Suiza.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Alimentos, bebidas y sustancias dietéticas adaptadas para uso médico y clínico; alimentos para bebés: preparaciones alimenticias para bebés; harinas lacteadas para bebés; leche en polvo para bebé; suplementos nutricionales, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 J. y 13 A. 2026 _______

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Aviso

Aviso No. 2026-1533 — Solicitud de registro de marca de servicio LAHAT - Clase 40

Número de Solicitud: 2026-1533 Fecha de Presentación: 2026-03-10 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: ASOCIACION AMIGOS DE LA ESCUELA DEL VIDRIO "AEV" Domicilio: El Porvenir del Norte, CA 13 El Progreso, Yoro, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL FLOR DE MARIA SANTOS COJULUN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (40)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LAHAT

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "LAHAT" y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos contenidos en el ejemplar de etiqueta no se protegen.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicio de elaboración de productos varios en vidrio (pedidos por encargo), de la clase 40. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 J. y 13 A. 2026 SYNFORTIS

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Aviso

Aviso No. 2025-8583 — Solicitud de registro de marca de fábrica REDIVIEW - Clase 5

Número de Solicitud: 2025-8583 Fecha de Presentación: 2025-12-29 Fecha de emisión: 17 de marzo de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Novartis AG Domicilio: 4002 Basel, Suiza.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; productos farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparaciones antifúngicas; antivirales; productos farmacéuticos cardiovasculares; preparaciones farmacéuticas dermatológicas; preparaciones farmacéuticas inhaladas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios; preparaciones farmacéuticas que actúan sobre el sistema nervioso central; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema autoinmune, del sistema metabólico, del sistema endocrino, del sistema musculoesquelético y del sistema genitourinario; preparaciones farmacéuticas para uso en hematología y en trasplante de tejidos y órganos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y afecciones oculares: preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos relacionados con el sistema inmunológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la diabetes; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos cutáneos; preparaciones farmacéuticas para uso en dermatología; preparaciones farmacéuticas para uso en urología; preparaciones farmacéuticas para uso oftalmológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento del cáncer y de tumores; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de alergias; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades óseas; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades respiratorias y asma, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 J. y 13 A. 2026 _______ REDIVIEW

    La G aceta

    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 DE JULI O D E L 2026 N o . 37,193

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Aviso

Aviso No. 2025-4819 — Solicitud de registro de marca de servicio DATEC - Clase 35

Número de Solicitud: 2025-4819 Fecha de Presentación: 2025-07-17 Fecha de emisión: 10 de marzo de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: DATEC SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE Domicilio: TORRE NOVA 2, PISO 9, CENTRO COMERCIAL NOVACENTRO, TEGUCIGALPA, HONDURAS., CP 11101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LIDIA PAMELA PINEL VELAZQUEZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DATEC

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Publicidad, gestión, organización y administración de negocios comerciales; trabajos de oficina, los servicios que implican la gestión, la explotación, la organización y la administración comercial de una empresa comercial o industrial, así como los servicios de publicidad, marketing y promoción, a fines de clasificación, la venta de productos no se considera un servicio, el agrupamiento, por cuenta de terceros, de una amplia gama de productos, excepto su transporte, para que los consumidores puedan verlos y adquirirlos con comodidad; estos servicios pueden ser prestados por comercios minoristas o mayoristas, distribuidores automáticos, catálogos de venta por correspondencia o medios de comunicación electrónicos, tales como sitios web o programas de televenta; los servicios de publicidad, de marketing y de promoción, por ejemplo, la distribución de muestras, el desarrollo de conceptos publicitarios, la redacción y publicación de textos publicitarios; la decoración de escaparates; los servicios de relaciones públicas; la producción de programas de televenta; la organización de ferias comerciales y de exposiciones con fines comerciales o publicitarios; la optimización de motores de búsqueda con fines de promoción de ventas; los servicios de asistencia comercial, por ejemplo; la selección de personal, la negociación de contratos de negocios para terceros, el análisis del precio de costo, los servicios de agencias de importación-exportación; los servicios administrativos relativos a transacciones de negocios y registros financieros, por ejemplo: la teneduría de libros, la elaboración de estados de cuenta, las auditorías empresariales, las auditorías contables y financieras, la valoración de negocios comerciales, la preparación y la presentación de declaraciones tributarias; la gestión comercial de licencias de productos y servicios de terceros; los servicios que comprenden el registro, la transcripción, la composición, la compilación o la sistematización de comunicaciones escritas y grabaciones, así como la compilación de datos matemáticos o estadísticos; los trabajos de oficina, por ejemplo: los servicios de programación y de recordatorio de citas, la búsqueda de datos en archivos informáticos para terceros, los servicios de gestión informática de archivos, los servicios de centrales telefónicas, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 J. y 13 A. 2026 _______

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Aviso

Aviso No. 2026-3905 — Solicitud de registro de marca de servicio CAMINO DE LOS SUEÑOS - Clase 41

Número de Solicitud: 2026-3905 Fecha de Presentación: 2026-06-05 Fecha de emisión: 7 de julio de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: RED DE MANEJO DEL BOSQUE LATIFOLIADO DE HONDURAS (REMBLAH) Domicilio: Comunidad El Cacao, Jutíapa, Atlántida, a 800 m del desvío La Ceiba. Atlántida, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL NINOSKA LETICIA PUERTO MONTOYA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (41)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CAMINO DE LOS SUEÑOS

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad a las palabras por separado. Se otorga protección de la apariencia de la etiqueta.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios educativos y de formación en atractivos naturales, históricos; talleres y conferencias, actividades culturales y ferias comunitarias sobre la biodiversidad y conservación ambiental, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 J. y 13 A. 2026

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Aviso

Aviso No. 2026-267 — Solicitud de registro de marca de servicio RIFARAFFALL - Clase 41

Número de Solicitud: 2026-267 Fecha de Presentación: 2026-01-15 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: TECHNOLOGY COMPANY S.A. Domicilio: Barrio Río Piedras, 7 calle, San Pedro Sula, Cortés, CP 11101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD B.- PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL KAREN MELISSA PEREZ ESTRADA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (41)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RIFARAFFALL

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "RIFARAFFALL" y la apariencia de la etiqueta en su conjunto.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de entretenimiento organización y realización de sorteos, concursos y rifas, juegos y actividades recreativas, incluso en línea, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 J. y 13 A. 2026

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