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Decreto No. 0801-2026-01257 | 30 de julio de 2026 | Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, Tegucigalpa | La Gaceta No. 37,207

Aviso No. 0801-2026-01257 — Demanda de Nulidad de Acto Administrativo en Materia de Personal - ENAG

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Resumen

Este aviso publica dos demandas judiciales de trabajadores contra el Estado de Honduras. Douglas Franklin Cortés González y Rita Susana Morales Cerna demandan la nulidad de sus cancelaciones laborales, pidiendo ser reintegrados a sus puestos con salarios, aguinaldo, bonificaciones y otros beneficios adeudados desde su despido.

Texto completo

El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de abril del dos mil veintiséis (2026), compareció ante este juzgado el señor DOUGLAS FRANKLIN CORTÉS GONZÁLEZ, con orden de ingreso número 0801-2026-01257, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de la EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS, se promueve demanda especial para la nulidad de un acto administrativo en materia de personal, que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico, mediante un acto de cancelación tácito manifestado mediante el oficio denominado 177-2026-RRH-ENAG, de fecha 27 de marzo del año 2026, dictado por la Empresa Nacional de Artes Gráficas (ENAG), en virtud de que no reúne los requisitos esenciales que configuren un acto expreso; que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento, se condene al reintegro a mi puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que me reintegre a mi puesto de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, quinquenios, bonificación de vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado previo a la cancelación y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta la fecha en que sea reintegrado; aumentos salariales que se generen durante mi ausencia. Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que se pretenden utilizar. Se acompañan documentos. Petición. Poder. Costas. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 30 J. 2026 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras Tegucigalpa, M.D.C., 09 de junio del 2026 AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de abril del dos mil veintiséis (2026), compareció ante este juzgado la señora RITA SUSANA MORALES CERNA, con orden de ingreso número 0801-2026-01631, contra la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA, se promueve demanda especial para la nulidad de un acto administrativo en materia de personal; que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico, el Acuerdo de Cancelación No. CL-A- SPE-100-2026, de fecha 26 de marzo del 2026, dictado por la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Estado en el Despacho de Planificación Estratégica (SPE); que se reconozca la situación jurídica individualizada y, para su pleno restablecimiento, se condene al reintegro a mi puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que me reintegren a mi puesto de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, quinquenios, bonificación de vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado previo a la cancelación y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta la fecha en que se reintegre; aumentos salariales que se generen durante mi ausencia. Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que se pretenden utilizar. Se acompañan documentos. Petición. Poder. Costas. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 30 J. 2026

La G aceta

Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 30 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,207 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO

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