VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 45-2018 | 12 de septiembre de 2018 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 34,743

Decreto Legislativo No. 45-2018 — Aprobación de ampliaciones a contratos de seguros y servicios del SANAA

Considerandos

  1. 1.Que las entidades de la administración descentralizada estarán dotadas de personalidad jurídica y patrimonio propio y ejercerán las potestades públicas que el Estado les otorgue en el ámbito de su competencia.
  2. 2.Que el Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA), está facultada para celebrar contratos con terceras personas, de acuerdo con los términos y condiciones que se consideren adecuados.
  3. 3.Que de conformidad con el Artículo 205, Atribución 19) de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional aprobar o improbar, los contratos que lleven involucrados exenciones, incentivos y concesiones fiscales o cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar sus efectos al siguiente período de Gobierno de la República.

Articulos

Articulo 1

Aprobar en todas y cada una de sus partes la AMPLIACIÓN No.1 al CONTRATO No. SANAA- DLC-10-2017, “ADQUISICIÓN DE LOTE No.1 PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEL PERSONAL PERMANENTE DEL SANAA; LOTE No.2 PÓLIZA DE SEGURO DE VEHÍCULOS DE SANAA Y LOTE No.3 PÓLIZA DE FIANZAS DE FIDELIDAD PARA EMPLEADOS DEL SANAA; PERÍODO 2017- 2018”, suscrito en la ciudad de Comayagüela, Municipio del Distrito Central, a los diecinueve días del mes de Abril de 2018, entre el Ingeniero ROBERTO ENRIQUE ZABLAH AYALA, Gerente General y Representante Legal del Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA) y el señor RAÚL EFRAÍN MEJÍA CEQUEIROS, actuando en su condición de Gerente General de Seguros LAFISE HONDURAS, S.A que literalmente dice: “AMPLIACIÓN No. 1. AL CONTRATO No.SANAA- DLC-10-2017; DE “ADQUISICIÓN DE LOTE N.1 PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEL PERSONAL PERMANENTE DEL SANAA; LOTE N.2 PÓLIZA DE SEGURO DE VEHÍCULOS DE SANAA Y LOTE N.3 PÓLIZA DE FIANZAS DE FIDELIDAD PARA EMPLEADOS DEL SANAA PERÍODO 2017- 2018” Nosotros ROBERTO ENRIQUE ZABLAH AYALA, mayor de edad, casado, Ingeniero Civil, hondureño de este domicilio, con Tarjeta de Identidad número 0801- 1954-02720 y RTN número 08011954027206, de este domicilio, actuando en mi condición de Gerente General y Representante Legal del Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA), acreditando mi condición mediante nombramiento efectuado por la Junta Directiva de SANAA que consta en el Acta No. 001-2017, Punto No.7 de la sesión celebrada el 5 de enero de 2017, debidamente facultado para la celebración de la presente Ampliación al Contrato DL-010-2017, quien para los efectos del presente contrato me referiré como SANAA, por una parte; y por la otra el señor RAÚL EFRAÍN MEJÍA CEQUEIROS, actuando en mi condición de Gerente General de Seguros LAFISE HONDURAS, S.A. Sociedad

Mercantil , debidamente constituida según consta en el Testimonio de la Escritura Pública No.1, autorizada ante los oficios del Notario Igor Alduvin Ruiz López, M.D.C. el día 28 de mayo del año 2009, con matrícula 2509651, inscrita con número 3104 del Libro de Comerciantes Sociales del Registro Mercantil de Francisco Morazán, Centro Asociado IP , inscrita bajo el número 14506, folio 7507 del tomo XIX del Libro de Sociedades del Registro de la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa, Registro Tributario Nacional No.08019009247142, Teléfono 22374000, con oficina principal en el edificio Torre Lafise, tercer nivel, Centro Corporativo Los Próceres, entre Boulevard Morazán y Boulevard Los Próceres, Tegucigalpa, M.D.C, Honduras C.A.; en adelante denominada “El Proveedor” ; quienes para efecto de la presente Ampliación No.1 del Contrato DLC-10-2017 nos referiremos como “EL SANAA” y “EL PROVEEDOR”; con facultades suficientes para la celebración del presente acto, hemos convenido en celebrar la AMPLIACIÓN No.1 AL CONTRATO No. DLC- 10-2017 “ADQUISICIÓN DE LOTE N.1 PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEL PERSONAL PERMANENTE DEL SANAA; LOTE N.2 PÓLIZA DE SEGURO DE VEHÍCULOS DE SANAA Y LOTE N.3 PÓLIZA DE FIANZAS DE FIDELIDAD PARA EMPLEADOS DEL SANAA PERÍODO 2017-2018”; el cual se regirá por las cláusulas y disposiciones legales siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: JUSTIFICACIÓN DE AMPLIACIÓN No.1: La presente modificación obedece que el SANAA tiene dentro de sus compromisos del Contrato Colectivo con el Sindicato del mismo para beneficio de sus empleados; razón por la cual se hace la siguiente relación de los hechos: PRIMERO: Que la Contratación de la póliza de seguro de vida se ha venido realizando de conformidad con la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, con fondos propios del SANAA. SEGUNDO: Que actualmente, se tiene vigente la póliza de Seguro de Vida, hasta el día 31 de diciembre 2017 a las 12:00 del mediodía y la no ampliación en monto y tiempo desde todo punto de vista seria condenable, por el riesgo inminente al dejar descubierto cualquier siniestro, en el caso de Seguro de Vida para los empleados, tomando en cuenta que se trata de vidas humanas se hace necesario su contratación así como también el Seguro de vehículos que están en circulación constante se corre el riesgo de un accidente automovilístico así como también del robo del mismo. En caso de las fianzas de fidelidad por Ley todo funcionario público que ostenté un puesto que requiere responsabilidad tanto de bienes como de jefatura la Ley contempla que se debe rendir una fianza de Fidelidad.- CLÁUSULA SEGUNDA: SE MODIFICA EL CONTRATO No.DLC-10-2017 EN CUANTO A: MONTO Y VIGENCIA DEL CONTRATO: El cual deberá leerse así: MONTO DEL CONTRATO: Para la Adquisición de Lote No.1 Póliza de Seguro Colectivo de Vida del Personal Permanente del SANAA, por un monto de SEISCIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE LEMPIRAS CON 18/100 (L. 650,419.18); Lote No.2 Póliza de Seguro de Vehículos del SANAA por un monto de CIENTO CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS SETENTA LEMPIRAS CON 88/100 (L. 151,570.88) y Lote N.3 Póliza de Fianzas de Fidelidad para Empleados del SANAA, por un monto de OCHENTA Y OCHO MIL SIETE LEMPIRAS CON 13/100 (L. 88,007.13), para un monto total de OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE LEMPIRAS 19/100 (L. 889,997.19); lo anterior con fundamento en el Artículo 123 párrafo 7 de la Ley de Contratación del Estado de Honduras.- VIGENCIA DEL CONTRATO: SE MODIFICA EL POR CUANTO

NUMERAL 6 VIGENCIA DEL CONTRATO No. SANAA-DLC-10-2017: El Plazo del contrato se amplía por cinco (05) meses adicionales, contados a partir del 31 de diciembre a las 12:00 del mediodía hasta el 31 de mayo a las 12:00 del mediodía para el Lote No.1 póliza de Seguro Colectivo de Vida del Personal Permanente del SANAA; Lote No.2 póliza de Seguro de Vehículos de SANAA y Lote No.3 póliza de Fianzas de Fidelidad para Empleados del SANAA.- CLÁUSULA TERCERA: EL PROVEEDOR deberá otorgar la Ampliación de la Garantía de Mantenimiento de Oferta bajo los mismos términos y condiciones establecidos en el contrato original, dicha Garantía deberá ser otorgada dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma de la presente ampliación.- CLÁUSULA CUARTA: Todas las demás disposiciones que no han sido modificadas con la presente Ampliación No.1 quedan vigentes y exigibles para cualesquiera de las partes, en fe de lo cual y para constancia firmamos la presente Ampliación en la cuidad de Comayagüela municipio del Distrito Central a los diecinueve días del mes de Abril de 2018. ROBERTO ENRIQUE ZABLAH AYALA GERENTE GENERAL SANAA, RAÚL EFRAÍN MEJÍA CEQUEIROS GERENTE GENERAL SEGUROS LAFISE HONDURAS, S.A.”

Leyes relacionadas

Decreto Legislativo No. 48-2018 — Reforma del Artículo 3 del Decreto No.38-2018 sobre Amnistía de Multas Municipales
Esta ley permite que los municipios de Honduras cancelen multas, recargos e intereses de impuestos y tasas municipales atrasadas hasta el 31 de diciembre de 2017. Aplica a cualquier persona o empresa, independientemente de tener planes de pago, y estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2018 para facilitar el pago y mejorar las finanzas municipales.
Decreto 48-2018 | 2018
Decreto Legislativo No. 153-2018 — Aprobación del Contrato de Préstamo No. 4625/BL-HO con el Banco Interamericano de Desarrollo para Programa de Reformas del Sector Transporte y Logística de Carga
Honduras toma un préstamo de 90 millones de dólares del Banco Interamericano de Desarrollo para reformar el transporte y logística de carga. El dinero financiará cambios en regulaciones, instituciones, planificación y facilitación comercial para mejorar la competitividad. Honduras debe cumplir condiciones previas como aprobar un plan nacional de logística y crear un consejo de logística.
Decreto 153-2018 | 2018
Decreto Legislativo No. 56-2018 — Reforma al Decreto No. 36-2018 para habilitar sesiones ordinarias del Congreso Nacional del 8 de junio al 10 de julio
Decreto 56-2018 | 2018
Decreto Legislativo No. 18-2018 — Declaración del 9 de Septiembre como Día del Folklore Hondureño
Decreto 18-2018 | 2018
Decreto Legislativo No. 32-2018 — Reformar disposiciones del Decreto No. 141-2017 sobre Disposiciones Generales de Ingresos y Egresos Ejercicio Fiscal 2018
Este decreto reforma las reglas sobre transferencias de dinero del gobierno central a los municipios para 2018. Simplifica los requisitos que los municipios deben cumplir para recibir sus fondos, elimina trámites burocráticos innecesarios, y autoriza a los municipios a perdonar deudas de impuestos y renegociar préstamos con mejores condiciones. Beneficia a los 298 municipios del país al agilizar el acceso a sus recursos.
Decreto 32-2018 | 2018