Vigente
Decreto No. 63-2019 | 8 de abril de 2021 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 35,565

Decreto Legislativo No. 63-2019 — Autorización para traspaso de terreno a Municipalidad de Danlí, El Paraíso

Considerandos

  1. 1.Que la Constitución de la República establece en su Artículo 59 que “La persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado”.
  2. 2.Que la Municipalidad de Danlí, departamento de El Paraíso, carece de un terreno para la construcción de un Centro de Atención integral, en donde la población pueda solicitar los servicios de atención inmediata.
  3. 3.Que el Centro Asistencial con el que busca contar la Municipalidad de Danlí, departamento de El Paraíso, requiere de un terreno equivalente a treinta Manzanas (30 Mnz), para la construcción de: un Parque para una Vida Mejor, el Centro de Asistencia de Ciudad Mujer, el Centro Integrado del Ministerio Público, el Edificio de la Policía Nacional Preventiva, el Registro Nacional de las Personas (RNP) y Construcción de Vivienda Social para personas de bajos recursos económicos.
  4. 4.Que la Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán (UPNFM) Centro Regional Danlí, posee un terreno equivalente a Ciento Veinticinco Manzanas (125 Mnz.) que no están utilizando debidamente, terreno que es propicio para ser donado a la Municipalidad de Danlí, departamento de El Paraíso.
  5. 5.Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes. ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL

Articulos

Articulo 1

Autorizar a la Procuraduría General de la República (PGR), comparezca ante Notario Público hacer formal traspaso de un lote de terreno con una extensión de 30 manzanas (30 Mnz), con Asiento No.573, páginas 572 a la 574, del Tomo VIII, lote de terreno denominado “San Marcos”, a favor de la MUNICIPALIDAD DE DANLÍ, DEPARTAMENTO DE EL PARAÍSO. Dicho terreno está inscrito a favor del Estado de Honduras.

Articulo 2

Esta donación se utilizará única y exclusivamente para la construcción del Centro de Atención Integral que contará con un Parque para una Vida Mejor, el Centro Asistencial de Ciudad Mujer, el Centro Integrado del Ministerio Público, el Edificio de la Policía Nacional Preventiva, el Registro Nacional de las Personas (RNP) y Construcción de Vivienda Social para personas de bajos recursos económicos.

Articulo 3

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en el municipio de Gracias, departamento de Lempira, en el Salón del Instituto Técnico Ramón Rosa, a los diez días del mes de julio del año dos mil diecinueve. MAURICIO OLIVA HERRERA PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO ROSSEL RENÁN INESTROZA MARTÍNEZ SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese Tegucigalpa, M.D.C., de de JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA Secretaría de Finanzas

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